Los autónomos con programas informáticos para manipular la contabilidad serán sancionados con 50.000 euros

Un hombre con un ordenador en la piscina.

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  • Ha entrado en vigor el apartado de la Ley antifraude que sancionará a los autónomos con programas capaces de manipular las cuentas, los llamados softwares de doble uso. 
  • A los que fabriquen, produzcan o comercialicen estos sistemas se les interpondrán multas de hasta 150.000 euros.
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Este lunes 11 de octubre de 2021 han entrado en vigor algunos puntos de la Ley 11/2021 (conocida como Ley antifraude) que no lo hicieron en el momento de publicación de la normativa. Entre ellos, el que estipula sancionar con hasta 50.000 euros a los autónomos que dispongan de programas informáticos con capacidad para alterar la contabilidad

La ley entró en vigor el pasado 11 de julio de 2021, pero, tal y como se apuntaba en la Disposición Adicional Séptima de la misma, “los apartados 4 y 21 del artículo 13 y la disposición adicional segunda entrarán en vigor transcurrido el plazo de 3 meses desde la entrada en vigor de esta Ley”, es decir, el 11 de octubre. 

Estos son los autónomos que tendrán que devolver el dinero del cese de actividad a partir de septiembre

En concreto, ese apartado 4 dice lo siguiente: 

“La obligación, por parte de los productores, comercializadores y usuarios, de que los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión de quienes desarrollen actividades económicas, garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos. Reglamentariamente se podrán establecer especificaciones técnicas que deban reunir dichos sistemas y programas, así como la obligación de que los mismos estén debidamente certificados y utilicen formatos estándar para su legibilidad”.

Se refieren, explican en autónomos y emprendedores, a los llamados softwares de doble uso”, programas que se diseñan para ocultar datos de la contabilidad y pagar menos en concepto de impuestos

150.000 euros para los que fabriquen, produzcan o comercialicen softwares fraudulentos para autónomos

Aunque esta práctica ya estaba perseguida con anterioridad, es con la entrada en vigor de la ley cuando se oficializa su ilegalidad. Concretamente, el artículo 13.21.4 indica que: 

“La infracción señalada se sancionará con multa pecuniaria fija de 50.000 euros por cada ejercicio, cuando se trate de la infracción por la tenencia de sistemas o programas informáticos o electrónicos que no estén debidamente certificados, teniendo que estarlo por disposición reglamentaria, o se hayan alterado o modificado los dispositivos certificados”.

Los autónomos que tengan en su posesión estos softwares fraudulentos se enfrentan a esa sanción, pero a las personas que hayan fabricado, producido o comercializado dichos sistemas se les podrá interponer una multa de hasta 150.000 euros.

 Phantomware, los softwares de doble uso más habituales

En BV Asesorescomentan de manera sencilla qué son los softwares de doble uso. Los definen como programas informáticos “que permiten manipular la contabilidad”. De esa manera, se lleva una gestión paralela de facturas que no están en el visor de la Agencia Tributaria. En definitiva, una caja B.

Aseguran que se suelen usar en pequeñas empresas con venta al público y que los más habituales son los conocidos como Phantomware, un software oculto en el TPV, al que el empresario puede acceder pulsando una tecla o una combinación de ellas.  

Otro de los softwares ocultos que utilizan los autónomos para falsear las cuentas, señalan, es el Zipper, un programa externo almacenado en dispositivos extraíbles.

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