5 casos en los que no estás obligado a presentar la declaración de la renta

Mujer trabajando con el ordenador
  • La campaña de la declaración de la renta empieza el próximo 7 de abril, una cita ineludible para millones de contribuyentes.
  • Sin embargo, hay personas que no están obligadas a presentar este trámite. A continuación, se muestran 5 casos en los que no hay que hacer la declaración de la renta.
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La campaña de la declaración de la renta arranca el próximo 7 de abril para las presentaciones telemáticas, una fecha que ya tienen apuntada millones de contribuyentes.

Además, las presentaciones telefónicas comienzan el 6 de mayo, mientras que las citas presenciales empezarán el 2 de junio. La fecha límite para presentar la declaración es el 30 de junio. Resulta importante conocer este calendario para no caer en retrasos ni problemas de última hora.

Buena parte de los contribuyentes están obligados a presentar la declaración de la renta, ya que cumplen con los requisitos mínimos exigidos. Además, la Agencia Tributaria impone multas y sanciones a aquellos que no presentan la declaración estando obligados o lo hacen tarde, por lo que conviene estar al tanto de cada novedad que se pueda producir en este sentido.

Sin embargo, existen algunos casos en los que no es necesario entregar la declaración de la renta. Si no se alcanza un umbral mínimo de ingresos no hay por qué hacerlo, aunque siempre es recomendable para acceder a ciertas deducciones y ayudas.

Trucos para ahorrar dinero en la declaración de la renta y sacarle el máximo provecho

A continuación, se muestran 5 casos en los que no estás obligado a presentar la declaración de la renta.

Umbral mínimo con un solo pagador

Hombre haciendo la declaración de la renta

Lo primero que se debe tener en cuenta es el umbral mínimo de ingresos que obliga a presentar la renta si se tiene un solo pagador, ya que es el caso más habitual entre los contribuyentes.

El límite se sitúa en 22.000 euros anuales por rendimientos del trabajo. Es decir, si tus ingresos totales provienen de un único pagador y ganas menos de 22.000 euros brutos al año no tienes que hacer la declaración de la renta.

Si igualas o superas los 22.000 euros al año vas a estar obligado a presentar la declaración en cualquier caso.

Umbral mínimo con 2 o más pagadores

Hombre haciendo la declaración de la renta

La cosa se complica si tienes 2 o más pagadores, ya que en estos casos el mínimo de ingresos que obliga a presentar la renta se reduce a 14.000 euros al año. 

Eso sí, siguen existiendo excepciones en estos casos: si el segundo pagador y los sucesivos aportan cada uno menos de 1.500 euros al año no tendrás que presentar la declaración, siempre y cuando sigas por debajo de los 22.000 euros anuales.

Si obtienes menos de 14.000 euros al año no estás obligado a ajustar cuentas con Hacienda, aunque tengas numerosos pagadores.

Excepciones si eres autónomo

Autónoma trabajando

En principio, todos los autónomos tienen que presentar la declaración de la renta, ya que la Agencia Tributaria no tiene tan controlados sus datos e ingresos como los de los trabajadores por cuenta ajena, por lo que es necesario que aporten información.

Pero al igual que en el resto de casos, existe una excepción por las que los autónomos no tienen que presentar la renta: obtener menos de 1.000 euros al año en concepto de rendimientos del trabajo.

Si eres autónomo y has ganado menos de 1.000 euros en el ejercicio de 2020 no tendrás que presentar la declaración de la renta en 2021

Excepciones por capital mobiliario y ganancias patrimoniales

Mujer hace la declaración de la renta

Aunque no llegues a los umbrales mínimos en rendimientos del trabajo, es posible que tengas que hacer la declaración si tienes ingresos por capital mobiliario y ganancias patrimoniales.

En el caso de que estas inversiones te aporten menos de 1.600 euros al año no tendrás que presentar la renta, siempre y cuando cumplas el resto de requisitos de rendimientos del trabajo.

Pero si los ingresos por capital mobiliario y ganancias patrimoniales son superiores a 1.600 euros anuales tendrás que presentar la renta en cualquier caso. 

¿Y si eres pensionista?

Pensionistas jugando a la petanca

En los pensionistas se aplican las mismas normas que en los contribuyentes que están trabajando. Si sus ingresos son menores a 22.000 euros por un solo pagador no tienen que presentarla.

En el caso de que el pensionista tenga rendimientos por capital mobiliario y ganancias patrimoniales se aplica también el umbral de 1.600 euros al año. 

Un problema que pueden encontrar los pensionistas es que si tienen un plan privado cuenta como segundo pagador, así que si aporta más de 1.500 euros y el total de ingresos es superior a 14.000 euros al año habrá que presentar la renta obligatoriamente.

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