7 gastos que te puedes desgravar como casero en la Renta 2018

Gastos que puedes deducir por alquilar tu casa

Buena parte de las personas que alquilan su vivienda en España no paga impuestos por ella al hacer la declaración de la renta. Tributar por ese dinero en el IRPF es obligatorio y una de las razones por las que muchos no lo hacen es porque no saben realmente cómo funciona la fiscalidad del alquiler.

Y es que a lo que ingresas por tu casa puedes restar también una serie de gastos desgravables por alquilar que harán que pagues muchos menos de los impuestos de los que piensas. De hecho, sólo vas a tributar por el beneficio real que obtengas.

De forma muy resumida, como arrendador tienes que hacer frente a una serie de dispendios que Hacienda entiende que merman tu beneficio. La Agencia Tributaria estima que estos gastos deben restarse a los ingresos hasta para dar con el beneficio neto real, que es el que imputarás al hacer la renta.

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Las deducciones por el alquiler como casero son de lo más variado. La norma general es que puedes desgravar cualquier gasto que hayas tenido como consecuencia o relacionado con alquilar la vivienda. El coste de los anuncios en portales inmobiliario, los gastos de comunidad, reparaciones y hasta los intereses de la hipoteca. El listado es de lo más variado y por eso nada como resumirlo con los gastos clave. Son los siguientes.

1. Intereses y gastos de financiación

Si la casa alquilada tiene hipoteca, podrás desgravar la parte destinada al pago de intereses, aunque no el relacionado con el capital amortizado.

Lo que sí se puede restar son las comisiones en caso de que decidas amortizar anticipadamente parte de la hipoteca o si optas por cambiar la hipoteca de tipo variable a tipo fijo.

2. Reparaciones y gastos de conservación

El dinero que destines a mantener la casa en condiciones también podrás desgravarlo en la renta. El único problema en este punto es que Hacienda es muy estricta en loo que considera una reparación y lo que considera una mejora. De hecho, quedan fuera de este gasto deducible del alquiler el dinero destinado “a la ampliación o mejora de los bienes”.

Para que lo entiendas mejor, en este apartado entran la pintura de la casa, los arreglos en la caldera e incluso unas nuevas ventanas. La clave para poder restar esa inversión al alquiler que cobras es que el cambio sea por un bien similar. A modo de ejemplo, si cambias las ventanas, deberás hacerlo por unas similares.

Si son mejores, no podrás deducir ese gasto ya que estás mejorando la vivienda. Eso sí, podrás sumarlo al coste de la vivienda cuando tengas que pagar impuestos por vender la casa.

3. El IBI y otros tributos

Hacienda permite reducir de tus beneficios los tributos, recargos y tasas. En este partida se incluyen los impuestos que pagas por la casa como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) o la tasa de basura.

En realidad, se puede sumar cualquier impuesto siempre o recargo siempre que no sea de una sanción.

4. Portería, comunidad y derramas

Hacienda también restará las cantidades devengadas por terceros como consecuencia de servicios personales. Aquí es donde entran los gastos de administración, de portería e incluso el pago de la comunidad de vecinos o los gastos extraordinarios de la comunidad de propietarios como las derramas.

El único requisito para poder desgravar estos gastos es que afecten a tu beneficio. En otras palabras, que los pagues tú y no el inquilino.

5. Amortización de la vivienda y del mobiliario

En la casilla 76 y 77 de la renta podrás deducir por las cantidades destinadas a la amortización de bienes inmuebles y de bienes muebles respectivamente. La primera te permite imputar un 3% del valor de adquisición o del valor catastral de la casa, excluido el suelo, como cantidad amortizada cada año.

La segunda es la que afecta a las instalaciones, mobiliario y enseres de la casa, que se amortizan a razón del 10% anual.

6. Impagos y saldos de dudoso cobro

En caso de que no te paguen el alquiler, también podrás imputarlo como gasto, aunque para ello el deudor debe de estar en concurso o haber pasado más de seis meses desde que te tenía que pagar. Además, en caso de que finalmente te paguen, deberás incluirlo como ingreso en ese ejercicio fiscal.

7. El seguro de hogar y otros gastos

Por último, también puedes deducir el seguro de la casa y los suministros y servicios, siempre que seas tú quien lo pague. En este apartado de otros gastos deducibles también entran los gastos de defensa jurídica o del abogado si tienes que reclamar o los gastos de formalización del contrato, los anuncios que hayas puesto o lo que te haya cobrado la inmobiliaria por alquilar tu casa.

Finalmente, sobre el resultado final Hacienda permite aplicar una reducción del 60% del beneficio si el piso está alquilado como vivienda y no como oficina. Todas estas deducciones y reducciones hacen que al final sólo sumes una pequeña porción de lo que ganas del alquiler a tus ingresos en la renta. Precisamente por eso, incluir el alquiler en el IRPF siempre renta.

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