Recurren una resolución de Protección de Datos que amparó a una operadora a no entregar a un cliente qué datos almacenaba sobre su ubicación

Una chica oculta tras un muro mirando el móvil

Pixabay

Noyb, una conocida plataforma europea de activistas en defensa de la privacidad, ha anunciado este martes un recurso ante la Audiencia Nacional contra una decisión de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). La resolución amparaba a la operadora Virgin Telco, que se negó a entregar a uno de sus clientes los datos que almacenaba sobre su ubicación.

La plataforma, que dirige el austríaco Max Schrems —conocido por las sentencias Schrems y Schrems-II del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que han acabado con los anteriores marcos legales para transferir datos personales a Estados Unidos— defiende que los usuarios "tienen derecho a saber qué datos recopila y procesa una empresa sobre ellos".

Así lo ha explicado Felix Mikolash, el abogado especialista en protección de datos de la plataforma Noyb, cuyas siglas en inglés responden a None Of Your Business (no son tus asuntos, en español).

La organización detalla en su comunicado que un cliente español decidió ejercer su derecho de acceso, un derecho que prevé el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y que ampara las solicitudes que los usuarios pueden trasladar a las empresas que recopilan y tratan sus datos personales.

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Este cliente español solicitó sus datos de localización a un operador móvil, Virgin Telco. Pero en este caso, la proveedora rechazó revelar esos datos, ya que según defendía, solo las autoridades "durante las investigaciones penales" pueden tener acceso a los mismos. Noyb es clara al respecto. "La ley no establece ninguna limitación".

"El derecho fundamental de acceso es amplio y claro: los usuarios tienen derecho a saber qué datos recopila y procesa una empresa sobre ellos, incluidos los datos de localización. Esto es independiente del derecho de las autoridades a acceder a dichos datos. En este caso, no hay ninguna excepción relevante al derecho de acceso", incide el abogado de la plataforma.

Noyb denuncia que, con esa resolución, la AEPD se ha puesto "del lado de la empresa". "A pesar de las múltiples sentencias del TJUE que prohíben la retención de datos, algunos estados miembros de la Unión, como España, siguen exigiendo a los operadores de redes móviles que registren los metadatos de todas las llamadas telefónicas, SMS e inicios de sesión en las torres de telefonía".

La plataforma europea de activistas en defensa de la privacidad incide en que la AEPD rechazó la denuncia del cliente limitándose a seguir el razonamiento de la operadora, a juicio del colectivo "inexistente". "Es muy problemático que una autoridad de protección de datos decida sin más explicaciones, y sin ningún razonamiento jurídico apoye esa conclusión", asevera el letrado.

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