La AEPD archiva la denuncia contra Google y la RAE por las supuestas transferencias de datos de usuarios europeos a Estados Unidos

Google.
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Reuters

  • En 2020, más de un centenar de empresas y organizaciones fueron acusadas por noyb, una iniciativa que promueve la privacidad, de haber transferido datos de usuarios europeos a Estados Unidos.
  • Una nueva sentencia de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) archiva la denuncia contra Google y la RAE, aunque aún da la posibilidad de interponer recurso de reposición o contencioso-administrativo.

Estados Unidos sigue interesado en que se puedan transferir datos personales de usuarios europeos. Joe Biden, presidente de EEUU firmó en octubre de este mismo año una orden ejecutiva para garantizar las transferencias trasatlánticas de datos.

No obstante, las empresas tecnológicas del gigante norteamericano se han visto envueltas en numerosas polémicas sobre el tratamiento de los datos de usuarios europeos. Uno de estos ejemplos fue el de Google con su herramienta Analytics.

En 2020, el TJUE –Tribunal de Justicia de la Unión Europea– invalidó el conocido como Privacy Shield, el acuerdo entre Bruselas y EEUU para transferir datos personales, alegando que el país norteamericano no contaba con las garantías que sí tiene el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la UE.

Noyb, una inicitiva creada por Max Schrems, abogado austríaco defensor de la privacidad, fue la encargada de llevar ante los tribunales europeos a un centenar de empresas y organismos, entre las cuales estaba la Real Academia Española (RAE).

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El 21 de agosto de 2020, noyb interpuso una reclamación contra la RAE y Google, ya que aparentemente el responsable del tratamiento de los datos personales –la RAE en este caso– transfirió estos a Google LLC, en Estados Unidos.

En una nueva sentencia de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), la RAE asegura que "el uso de Google Analytics se ha limitado única y exclusivamente al acceso a información estadística y agregada que no permitirá identificar a los citados usuarios".

 

Aun así, añade que desde el 3 de diciembre de 2020, ningún dominio de la RAE hace uso de la herramienta Google Analytics. Sin embargo, la AEPD asegura que la RAE y Google han vulnerado los artículos 44 a 49 del RGPD, que versan sobre las transferencias masivas de datos a terceros.

Mar España Martí, directora de la AEPD, concluye en la resolución que se procede al archivo de las presentes actuaciones. Además, la misma resolución pone fin a la vía administrativa. Esto significa que la siguiente vía es un recurso de reposición o, directamente, la contenciosa-administrativa.

En resumen, la AEPD desestima la denuncia de noyb y procede al archivo inmediato de la demanda. Por su parte, noyb podrá interponer aún los recursos mencionados contra la resolución de la AEPD, en un plazo de uno o 2 meses, dependiendo de la opción elegida.

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