Amazon pierde el macrojuicio en Madrid: 2.166 'riders' eran sus empleados y tiene que pagar 3 millones de euros en cuotas a la Seguridad Social

Repartidor de Amazon
  • La sentencia confirma la laboralidad de más de 2.000 repartidores autónomos que trabajaron en Amazon entre 2018 y 2021.
  • Inspección de Trabajo exigió el alta de oficio en 2020 a estas 2.166 personas, debiendo la multinacional 3 millones de euros a la Seguridad Social.
  • Amazon respeta la decisión judicial, pero confirman que recurrirán la misma al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

Amazon ha perdido un macrojuicio en Madrid sobre las 2.166 personas que, como autónomas, repartieron alguna vez para el gigante del comercio electrónico en la capital. Inspección de Trabajo determinó en 2020 que estos 2.000 repartidores eran falsos autónomos, y los dio de alta automáticamente: Amazon debe desde entonces 3 millones de euros a la Seguridad Social.

Estos repartidores autónomos accedían al reparto de paquetes del gigante del comercio electrónico a través de un programa llamado Amazon Flex. Dicho programa estuvo activo en España entre los años 2018 y 2021. La compañía defendió durante la vista y ante los medios que el reparto de esos autónomos representó "un pequeño porcentaje" de los paquetes entregados en España.

La vista judicial se celebró a mediados de noviembre del año pasado, casi 2 años después de que se fijara fecha —en marzo de 2021—, y prácticamente un año después de que entrase en vigor la ley rider que impulsó el Ministerio de Trabajo que dirige Yolanda Díaz. Con todo, la causa es previa a la aplicación de dicha ley, con lo que se dirime con la legislación anterior.

La sentencia declara de forma tajante que "concurren en definitiva, los elementos de dependencia y ajenidad, que determinan calificar las relaciones jurídicas analizadas (...) como relaciones laborales comunes".

Un 'rider' de Glovo y otro de Uber Eats caminan por una calle principal de Kiev.

Así, estima la demanda y declara que los riders mantuvieron una relación laboral con Amazon Spain Fulfillment SL en los periodos concretos en los que cada uno de ellos prestó servicios dentro del periodo que abarca el acta de liquidación" que entonces resolvió Inspección de Trabajo.

UGT ha celebrado la sentencia y remarca que este mismo jueves el Parlamento Europeo ha aprobado una Directiva que sigue la estela de la ley rider, que contempla una noción de contrato de trabajo "más amplia". "Esa concepción tiene en cuenta la aparición de empresas que prestan servicios a través de nuevas tecnologías y plataformas digitales", subraya la central sindical.

Un portavoz de Amazon, por su parte, ha confirmado que la compañía respeta la resolución judicial, pero está disconform con ella: "Vamos a presentar un recurso".

"En Amazon estamos comprometidos con la creación de oportunidades en las comunidades en las que operamos. Llevamos años colaborando con una extensa red de empresas de reparto, incluyendo grandes empresas de mensajería y pequeñas y medianas empresas de reparto", inciden desde el gigante del comercio electrónico. 

"Entre 2018 y 2021, también colaboramos con algunos autónomos a través del programa Amazon Flex, que suponía un pequeño porcentaje de los paquetes entregados en España. Este programa no opera en el país desde abril de 2021".

Qué pedía la demanda

En la vista, Amazon esgrimió diversos argumentos: desde el "pequeño porcentaje" de repartos que realizaron estos autónomos así como otros aspectos formales del procedimiento seguido por Inspección de Trabajo. Lo más sorprendente es que en la vista la multinacional dijo no considerarse una "plataforma digital", sino "una operadora de transportes".

Aquel fue "un elemento nuevo y diferenciador" respecto a otras causas similares. "En ese caso deberían haber aplicado claramente el convenio colectivo de la logística", remacharon en su momento fuentes sindicales que también advirtieron que los indicios de laboralidad de estos 2.000 riders eran abundantes.

"Se trabajaba por horas de trabajo, no por pedidos. Y no solo eso: se repartían los paquetes de la propia Amazon. No hacían de intermediarios", explicitaron entonces.

En los últimos años, las resoluciones de Inspección de Trabajo ordenando el alta de varios de esos "transportistas autónomos" han seguido sucediéndose. Una, el año pasado, en Vigo. Con todo, la sentencia de Madrid es crucial dado que representa a una masa crítica de repartidores que en aquel momento repartían como autónomos.

La demanda pedía, además de que se reconozca la relación laboral previa al alta de oficio que ordenó Inspección de Trabajo en octubre de 2020 —con el consecuente pago retroactivo de las cuotas a la Seguridad Social—, que las cotizaciones tenidas en cuenta fuesen la de una jornada completa. 

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