Los años de antigüedad de los sanitarios en el extranjero empezará a contar en España, según la última sentencia del TJUE

Una sanitaria coge la mano de un paciente

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado que la experiencia laboral de los sanitarios en el extranjero cuenta en términos de antigüedad en España.

Además, este reconocimiento no sólo tiene efectos en la antigüedad, sino que también va a contarse en la carrera administrativa, según han confirmado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León a EFE

La sentencia del TJUE responde a una cuestión perjudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en Valladolid, y hace referencia a médicos, enfermeros y el resto del personal sanitario.

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Gracias a este fallo, va a ser posible reconocer la experiencia de todos los sanitarios que han trabajado en países miembro de la Unión Europea, pues ha sentado jurisprudencia en este sentido.

La sentencia se refiere al caso de una enfermera española que ha estado trabajando durante los últimos años en el Hospital de Santa María de Lisboa.

Esta enfermera, natural de Valladolid, reclamó a la justicia que se reconociese su antigüedad para que computase a la hora de trabajar en el sistema de salud de Castilla y León.

De este modo, el TJUE ha anunciado que se deben reconocer los años trabajados en Portugal, entre otras cuestiones en el reconocimiento de los trienios y en la propia carrera profesional.

Prevalece el derecho a la libre circulación de personas

La sentencia destaca el derecho a la libre circulación de personas entre países de la Unión Europea.

El fallo argumenta que, en caso de no reconocer la antigüedad de estos trabajadores y su experiencia, se estaría perjudicando a los profesionales que libremente quieren ejercer su actividad en otro país de la UE.

Cualquier medida de un país que restrinja este derecho se considera que hace menos atractiva la libre circulación de los trabajadores, por lo que va en contra de la normativa comunitaria.

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El TJUE recuerda que pueden existir restricciones en este sentido, siempre y cuando vayan a favorecer al interés general de la Unión Europea.

Sin embargo, en este caso concreto, no reconocer la experiencia laboral se considera excesivo, por lo que no cabe justificación posible.

Además, el fallo recuerda que en la Unión Europea existe un sistema de títulos y diplomas que avala la calidad de los servicios profesionales de salud y al que deben adaptarse todos los profesionales sanitarios.

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