Las empresas tendrán moratoria del pago de la Seguridad Social en abril, pero los autónomos tendrán que esperarse hasta mayo

La vicepresidenta y ministra de Economía, Nadia Calviño, durante una comparecencia de prensa.
La vicepresidenta y ministra de Economía, Nadia Calviño, durante una comparecencia de prensa.
  • Los autónomos no podrán aplazar su cuota hasta mayo por el coronavirus, pero las empresas podrán hacerlo desde ya.
  • Además, según decreta el último BOE, los trabajadores no podrán recibir de vuelta sus cuotas de marzo ni de abril.
  • Aunque todavía no se conoce quién podrá acceder a las moratorias y quién no, la petición deberá emitirse en los primeros 10 días de los plazos normales de ingreso.
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Los autónomos no podrán aplazar su cuota de abril aun a pesar del coronavirus. Es lo que desvela la última disposición general del Boletín Oficial del Estado (BOE), donde se detalla que la moratoria de cuotas que pagan los trabajadores a por cuenta propia a la Seguridad Social (SS) no se podrá postergar hasta mayo. No será así con las empresas, que comenzarán su devengo este mes.

La prórroga de tasas, ampliable hasta medio año sin intereses, tendrá no obstante dos matices importantes. El primero es que se aplicará a las cuotas atrasadas de abril a junio para empresas y de mayo a julio para autónomos; esto es, que a los autónomos no se les devolverán las cuotas pagadas en marzo ni abril. Las empresas, por el contrario, sí podrán pedir esa moratoria para las cuotas devengadas este mismo mes.

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El segundo punto reseñable del BOE es que todavía no se sabe a quién se permitirá acceder a la moratoria y a quién no. Así, los requisitos para reclamar el aplazamiento se establecerán mediante una orden del Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, que aún no se ha publicado.

Los autónomos que, a causa del estado de alarma, tengan que cesar su actividad o vean reducida su facturación al menos un 75% podrán pedir una ayuda extra. Se trata de una prestación “excepcional”, que durará solo un mes o, en caso de que el confinamiento dure más de ese tiempo, hasta el último día, y que contará como periodo cotizado. La extra no se aplicará a estos casos, tampoco a los de ERTE a causa del coronavirus.

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Cómo pedir las moratorias

Para poder acceder a estos aplazamientos deberá comunicarse durante los 10 primeros días de los plazos normales de ingreso. Una vez emitida la petición, la prórroga se conocerá —o no— en un plazo máximo de tres meses, que es el tiempo que se da a la Seguridad Social para responder a la solicitud.

El único caso en el que se incluirán las cuotas de marzo será para aquellos a los que se les conceda el cese de actividad por el coronavirus; quienes no hayan abonado la cuota en dicho mes podrán reembolsarla sin recargos.

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Por otro lado, también se podrá aplazar el pago de deudas previas a ingresar entre abril y junio con un interés del 0,5%. Si se desea acceder a esta ayuda, igualmente, deberá comunicarse en los 10 primeros días naturales en los que correspondiera hacer el ingreso.

Flexibilidad en los suministros básicos

Los autónomos y empresas podrán también suspender temporalmente los contratos de electricidad o modificarlos a las circunstancias actuales. Se abre la veda a que cambien los peajes del acceso al suministro y ajusten la potencia contratada sin coste, lo mismo con el gas natural, adaptándose a esta situación singular.

Además, y de efecto inmediato, los autónomos serán susceptibles de entrar en el bono social. Para ello, necesitarán haber cesado la actividad o haber visto reducido sus ingresos en un 75%. Es decir, las mismas condiciones que pueden llevarle al cese de actividad por coronavirus.

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