Estas son todas las ayudas para trabajadores que podrás pedir en 2023

Hombre joven teletrabajando
  • Los trabajadores tienen derecho a algunas ayudas sociales de carácter estatal que pueden pedir en 2023.
  • Estas son las 4 ayudas para trabajadores a las que puedes tener derecho.

Los trabajadores tienen derecho a algunas ayudas sociales de carácter estatal que pueden pedir en 2023.

Estas medidas, como el ingreso mínimo vital (IMV), el bono de alquiler o el subsidio por desempleo son esenciales en el nuevo año, ya que la inflación continúa en niveles elevados y el poder adquisitivo de los trabajadores sigue menguando.

Para tener derecho a dichas ayudas es necesario cumplir algunos requisitos, pero lo bueno es que algunas de ellas son complementarias con un empleo, por lo que no tienes que estar necesariamente en paro para pedirlas.

 

Quizás tengas de derecho a algunas de ellas y no lo sabes. El desconocimiento es una de las principales barreras  ala hora de disfrutar de una prestación de carácter social. Por eso merece la pena repasarlas.

A continuación, se muestran las 4 ayudas estatales que puedes pedir como trabajador en 2023:

Ingreso mínimo vital

El IMV es una de las prestaciones más importantes de la Seguridad Social. Esta renta básica es compatible con un trabajo y aporta unos ingresos extra al mes a las familias vulnerables.

Al igual que ocurre con otras ayudas, el ingreso mínimo sube de cuantía en 2023. El aumento será dle 8,5%, que es la media de inflación en 2022.

El importe del IMV quedara de la siguiente forma:

  • Para un beneficiario individual: 533 euros al mes, esto supone un aumento de 42 euros.
  • Para un adulto y un menor o 2 adultos: 693 euros al mes, esto supone 54 euros más.
  • Para un adulto y 2 menores, 2 adultos y un menor o 3adultos: 853 euros al mes, esto supone un aumento de 66 euros.
  • Para un adulto y 3 menores, 2 adultos y 2 menores o 3 adultos y un menor o por 4 adultos: 1.013 euros, esto supone 80 euros más al mes.
  • Para un adulto y 4 o más menores, 2 adultos y 3 o más menores, o 3 adultos y 2 o más menores: 1.181,93, esto supone 100 euros más al mes.

El incremento se aplica de manera automática. Si eres beneficiario del IMV no tendrás que hacer nada para acceder a él.

También se van a simplificar los trámites para solicitar el ingreso mínimo. Se podrá hacer con un correo electrónico y una foto del DNI, sin certificado digital.

Ayuda familiar

El cheque familiar de 100 euros es una prestación que pueden pedir todas las familias a cargo de un hijo menor de 3 años. Se trata de un complemento del IMV.

A los menores de cero a 3 años les corresponde la ayuda de 100 euros al mes, a aquellos entre 2 y 6 años se les concede 70 euros, mientras que de los 6 a los 18 hay derecho a una ayuda de 40 euros.

Estos son los requisitos para solicitarla:

  • Tener al menos 18 años  y no ser beneficiario de pensión contributiva por jubilación o incapacidad permanente.
  • Haber cumplido un año de residencia legal en España.
  • Haber vivido independientemente al menos 1 año en el caso de familias y 3 años las personas solas.
  • En el caso de unidades de convivencia, haberse formado al menos 1 año antes de pedir el IMV.
  • Haber solicitado previamente las prestaciones a las que se pudiera tener derecho.
  • Podrán ser beneficiarias las personas que temporalmente sean usuarias de una prestación de servicio residencial, de carácter social, sanitario o socio-sanitario.

Estas son las exigencias para cobrar el IMV, que es lo que da derecho al cheque bebé.

Además, para acceder a la ayuda de 100 euros por hijos será necesario que tus descendientes no hayan cumplido la mayoría de edad.

Bono de alquiler

El bono de alquiler está dirigido a jóvenes de entre 18 y 35 años. El objetivo es que puedan alquilar una vivienda o habitación en piso compartido.

Se trata de una ayuda estatal que gestionan las comunidades autónomas. Estos son los requisitos y las condiciones generales para poder solicitar el bono joven de alquiler en España:

  • Es una ayuda de 250 euros al mes.
  • Se puede extender durante 24 meses (supondría un máximo de 6.000 euros en total) y tiene carácter retroactivo desde enero de 2022.
  • Debes tener entre 18 y 35 años.
  • Necesitas acreditar rentas de trabajo, y que tus ingresos anuales sean, con carácter general, inferiores a 3 veces el IPREM (23.725,8 euros anuales).
  • La cuantía máxima del alquiler es de hasta 600 euros/mes (ampliable a 900 euros mensuales por las comunidades autónomas, incluso podría ser superior en algunos supuestos). No se incluyen importes que puedan corresponder a anejos como plazas de garaje o trastero.
  • El precio máximo para el alquiler de habitaciones es de 300 euros al mes (ampliable a 450 euros).
  • La vivienda debe ser tu residencia habitual y permanente (durante todo el periodo de la ayuda), acreditado con certificado de empadronamiento.

Hay algunas diferencias en función de la comunidad autónoma de la que se trate. 

De hecho, no se aplica en toda España: País Vasco y Navarra desarrollan sus propios programas de ayuda.

Así sube el paro en 2023

El subsidio por desempleo también aumenta su cuantía en 2023. El motivo es el mismo: proteger a los más vulnerables de los estragos de la inflación.

El aumento de la prestación por desempleo es de 100 euros de media por parado. Esto beneficiará a 300.000 personas.

Los importes mínimos y máximos también han aumentado, quedando así:

  • Importe mínimo sin hijos: 560 euros mensuales.
  • Importe mínimo con un hijo o más: 749 euros mensuales.
  • Importe máximo sin hijos: 1.225 euros mensuales.
  • Importe máximo con un hijo: 1.400 euros mensuales.
  • Importe máximo con 2 hijos o más: 1.575 euros mensuales.

El tiempo mínimo que concede el SEPE para cobrar el paro es de 4 meses. Esto es lo que tendrás si has cotizado entre 360 y 539 días.

Existe también un máximo: nadie puede superar los 2 años seguidos cobrando el paro.

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