¿El banco tiene que devolverte el dinero si sufres una estafa? Esta sentencia obliga a una entidad a devolver 4.000 euros a un cliente

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La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a Abanca a devolver 4.000 euros a un cliente que fue víctima de una estafa.

La sentencia señala que la entidad bancaria no disponía de los mecanismos de control adecuados para evitar este tipo de engaños.

Los hechos se remontan al mes de mayo de 2020, cuando el afectado esperaba que llegase a casa el pedido de un paquete de mascarillas.

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En esas fechas, el cliente de Abanca recibió un correo fraudulento en el que los ciberdelincuentes pedían sus datos personales para poder recibir un pedido.

Este tipo de estafa es verdaderamente común. Se trata de una técnica de phishing para robar los datos de un usuario y así acceder a su cuenta bancaria.

El afectado cayó en el trampa, lo que se tradujo en la pérdida de 4.000 euros en su cuenta bancaria.

La sentencia explica que estas cantidades fueron sustraídas mediante órdenes de pago llevadas a cabo por un tercero.

El cliente reclamó el dinero a Abanca, pero la entidad se negó al considerar que este "actuó con grave negligencia al recibir el correo fraudulento de phishing, lo que propició que el defraudador pudiera realizar pagos con la tarjeta".

El usuario denunció, y en primera instancia la justicia le dio la razón  al banco, estimando que el cliente era responsable de sus acciones y debía soportar todas las pérdidas.

Descontento con el fallo, este cliente reclamó a la Audiencia Provincial de Pontevedra, que finalmente ha condenado a Abanca a devolver el dinero al usuario.

Tanto el cliente como el banco cometen una negligencia

La sentencia estima que ambas partes caen en una negligencia.

En primer lugar,el cliente no realizó una lectura detenida del correo electrónico, que contenía faltas de ortografía y cuyos datos de identificación no coincidían con el del pedido efectuado por el usuario.

Esto, según el fallo, hubiera permitido al afectado "percatarse de su contenido impreciso".

Sin embargo, los magistrados hacen hincapié en que la víctima sufrió un engaño premeditado, por lo que no se puede considerar que exista negligencia grave por su parte.

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Además, la sentencia considera que el banco cometió una falta de diligencia al no disponer de los mecanismos adecuados para detener la estafa.

Esto se debe a que el ciberdelincuente utilizó un teléfono para la activación de los pagos, y dicho terminal no pertenecía a la persona afectada.

Por lo tanto, el banco tendría que haber comprado que el móvil no era propiedad del cliente y de este modo activar las barreras de seguridad pertinentes.

Debido a ello, la Audiencia Provincial de Pontevedra condena a Abanca a devolver los 4.000 euros al usuario.


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