Calendario fiscal para autónomos: 9 fechas que debes conocer para evitar problemas con Hacienda

Una trabajadora revisa el calendario de trabajo de su oficina
  • Como cada año, los trabajadores autónomos deben poner a punto su calendario para conocer en qué fechas presentar sus declaraciones de impuestos.
  • Las 5 autoliquidaciones del IVA, las retenciones del IRPF, la declaración de la Renta correspondiente al año pasado y el resumen anual son las principales citas.
  • Repasamos las 9 fechas que todo autónomo debe tener en cuenta en 2019, además de la ya pasada del 20 de enero, que era el día que vencía el plazo para presentar las retenciones del IRPF del pasado trimestre.

La vida de un trabajador por cuenta propia es de todo menos sencilla, especialmente por que no dispone de la seguridad de una nómina cada fin de mes. Por su fuera poco, los autónomos están obligados a presentar declaraciones de impuestos trimestrales, retenciones y distintos modelos de formulario que pueden llegar a convertirse en un trabajo en sí mismo.

De este modo, los autónomos deben presentar al menos 5 declaraciones de impuestos más que un trabajador por cuenta ajena, dado que tienen que hacer frente a las autoliquidaciones trimestrales del IVA, que se realizan a través del Modelo 303, y la autoliquidación anual de este impuesto indirecto, a través del Modelo 390.

Además, todos aquellos autónomos que estén dados de alta en las secciones segunda y tercera del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), en los que se incluyen las actividades profesionales y actividades artísticas, deben realizar retenciones del IRPF en sus facturas a otros profesionales. Sólo los inscritos en la sección primera, de actividades empresariales, están exentos de esta norma.

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A todas estas obligaciones fiscales y burocráticas, se suma otra que comparten con el resto de trabajadores y desempleados, como es la declaración de la Renta 2018. En este caso, al igual que los demás contribuyentes, los autónomos cuentan con plazo más que suficiente para presentar esta declaración, dado que la campaña abarca 3 meses.

Para facilitar la vida a los autónomos en 2019, repasamos los días que deben marcar en su calendario para no perder ninguna cita con el fisco. En total, son 10 fechas a seguir, aunque una de ellas ya ha pasado, el 20 de enero, día en el que correspondía presentar el Modelo 111 de retenciones del IRPF y el Modelo 115 de rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos.

Estas son las 9 fechas de 2019 que ningún autónomo puede perderse si quiere evitarse problemas con Hacienda.

30 de enero: declaración trimestral y resumen anual del IVA

Para cumplir con este trámite, es necesario recurrir al Modelo 303 al final de cada trimestre. Este trámite puede ser engorroso, ya que se trata de un formulario con 80 casillas a rellenar, pero con el que se facilita que el autónomo devuelva el IVA cobrado en sus facturas de manera fraccionada.

El mismo día se cumple también el plazo para presentar el resumen anual del IVA declarado durante el pasado ejercicio y que se ha ido liquidando cada 3 meses. En este caso, el Modelo 390 es el necesario para resolver este trámite.

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28 de febrero: fin del plazo para la declaración anual de operaciones con terceros

A finales de febrero vence el plazo para presentar el modelo 347, una declaración informativa que es obligatoria para aquellos autónomos que hayan realizado operaciones con un cliente o proveedor por un valor superior a 3.005,06 euros anuales, pagos en metálico de más de 6.000 euros o 300,51 euros en concepto de honorarios profesionales o de derechos de la propiedad intelectual, industrial o de autor u otros por cuenta de sus socios.

2 de abril: inicio de la Campaña telemática de la Declaración de la Renta 2018

Tras dos meses sin papeleos, los autónomos deben remangarse de nuevo a principios de abril en una fecha difícil de olvidar, ya que atañe a todos los contribuyentes: el inicio de la campaña de la declaración de la Renta 2018. Eso sí, el proceso se abre en esta fecha no de manera presencial, si no a través de la página web de la campaña y por vía telefónica.

22 de abril: retenciones del IRPF y declaración trimestral del IVA

Como cada trimestre, toca armarse con los Modelos 111, 115 y 303 para hacer frente a las retenciones de IRPF en las facturas a otros empresarios y profesionales, dado que respecto a particulares no corresponde hacerlo, y para autoliquidar el IVA recaudado también a través de las facturas.

14 de mayo: inicio de la Campaña presencial de la Renta 2018

Para aquellos contribuyentes que prefieran presentar su declaración de la Renta de manera presencial y con la asistencia de un funcionario especializado, Hacienda comienza a repartir citas para acercarse a sus oficinas a partir de esta fecha.

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26 de junio: fin del plazo para presentar la declaración domiciliada de la Renta 2018

Aquellos que han domiciliado el resultante de su declaración, sea a pagar o a devolver, deben estar pendientes del calendario, dado que la campaña de la Renta 2018 termina para ellos 5 días antes que para el resto de los contribuyentes.

1 de julio: fin del plazo para presentar la declaración no domiciliada de la Renta 2018

5 días después del fin del plazo para aquellos que han domiciliado los cobros o pagos que deben recibir de la Agencia Tributaria, vence el de los que abonarán esas cantidades mediante ingreso. Todo retraso más allá de esta fecha puede conllevar sanciones administrativas.

22 de julio: retenciones del IRPF y declaración trimestral del IVA

Como en los trimestres anteriores, en esta fecha vence el plazo para entregar a Hacienda debidamente cumplimentados los Modelos 111, 115 y 303.

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21 de octubre: retenciones del IRPF y declaración trimestral del IVA

Fin del plazo para presentar la autoliquidación del IVA del tercer trimestre y de las retenciones del IRPF en factura y por alquileres de oficinas en las que se realiza la actividad empresarial.

5 de noviembre: fin del segundo plazo para abonar la renta fraccionada

La última fecha del calendario fiscal es común a autónomos y asalariados, siempre y cuando hayan elegido el pago fraccionado de una declaración de la Renta 2018 que haya resultado a pagar. En esta fecha, como muy tarde, toca hacer frente al segundo plazo de ese pago a Hacienda.

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