Normativa para instalar una casa prefabricada móvil: a qué sanciones te enfrentas

Una casa prefabricada móvil.

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  • Las casas prefabricadas móviles, a diferencia de las modulares, son consideradas bienes muebles, ya que no necesitan cimentación ni engancharse a los suministros públicos. 
  • No obstante, sí precisan de licencia urbanística, por lo que su ausencia (como en el caso de cualquier casa prefabricada) puede suponer multas de hasta 3 millones de euros en Madrid.
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La creciente popularidad de las casas prefabricadas, ya sean modulares o móviles, ha pillado ligeramente a contrapié a los legisladores, puesto que no hay ninguna normativa concreta al respecto. Por tanto, para conocer los requisitos necesarios para instalar una vivienda móvil, así como las sanciones a las que te enfrentas en caso de no cumplirlos, hay que consultar varios textos legislativos. 

A diferencia de las casas prefabricadas modulares -que se consideran bienes inmuebles, y han de cumplir los mismos requisitos que las construcciones convencionales-, las casas móviles se consideran bienes muebles. La principal diferencia es que las primeras necesitan cimentación y engancharse a los suministros de agua y energía y las segundas no. 

En el artículo 335 del Código Civil, los bienes muebles son definidos como “los susceptibles de apropiación no comprendidos en el capítulo anterior (el de los bienes inmuebles) y en general todos los que se pueden transportar de un punto a otro sin menoscabo de la cosa inmueble a que estuvieren unidos”. Además, las casas móviles también están reguladas por la norma UNE-EN 1647 sobre ‘Vehículos habitables de recreo. Residencias móviles. Requisitos de habitabilidad relativos a la salud y a la seguridad’. Los define así: “Un vehículo habitable de recreo transportable, que no cumple los requisitos de construcción y utilización de los vehículos de carretera, que conserva sus medios de movilidad y que está destinado a una ocupación ocasional o de temporada”.

Las casas móviles necesitan licencia urbanística

Aunque los requisitos para instalar una casa prefabricada móvil son menos que los que afectan a las modulares (estudios del terreno, impuestos, seguros...), estas sí necesitan una licencia urbanística, ya que, a efectos urbanísticos, apuntan en Vélez Dorado Abogados y Urbanistas, son consideradas “como edificaciones”. 

En la web de Vélez Dorado ponen el ejemplo de la Ley 9/2001, del 17 de junio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, que se refiere a este tipo de casas en su artículo 151.1.m: “Están sujetos a licencia urbanística la ubicación de casas prefabricadas e instalaciones similares, provisionales o permanentes”. El mismo texto se refleja en el artículo 187.1.m del Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de urbanismo de Cataluña.

Sanciones por instalar una casa prefabricada móvil sin licencia urbanística

Como corolario: las casas móviles no están sujetas a las mismas obligaciones que las casas prefabricadas modulares, pero, al precisar de licencia urbanística, ambos modelos se someten al mismo proceso sancionador: el que emane de la correspondiente legislación autonómica. 

En el caso de Madrid, por ejemplo, la ley antedicha califica como infracción grave (con sanción de 30.001 a 600.000 euros) “la realización de actos y actividades de transformación del suelo mediante la realización de obras, construcciones, edificaciones o instalaciones sin la cobertura formal de las aprobaciones, calificaciones, autorizaciones, licencias u órdenes de ejecución preceptivas”. Podría ser muy grave (que lleva aparejada una multa de 600.001 a 3.000.000 de euros) cuando lo anterior afecte a “terrenos clasificados como suelo no urbanizable de protección o calificados como elementos de las redes supramunicipales o municipales de infraestructuras, equipamientos y servicios públicos y a los que tengan la consideración de dominio público por estar comprendidos en zonas de protección o servidumbre, por declaración urbanística o sectorial”.

Exactamente lo mismo sucede en la normativa catalana, pero con una diferencia en los importes. En este caso, instalar una casa prefabricada móvil sin licencia (o una casa prefabricada normal o cualquier construcción convencional), llevaría aparejada una multa grave (hasta 150.000 euros) o muy grave (hasta 1.500.000 euros), también dependiendo del tipo de suelo.

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