Así es la ayuda para reducir la brecha de género en las pensiones: 378 euros al año por hijo y pueden pedirla madres y padres

Una pareja baila en su casa.

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  • La ayuda para reducir la brecha de género en las pensiones se pide junto a la solicitud de la pensión en el INSS.
  • Es un complemento que se sumará a las pensiones de jubilación, ordinaria y anticipada, incapacidad permanente y viudedad.
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El Ministerio de Igualdad ha editado una guía para explicar todos los pormenores de la ayuda para reducir la brecha de género en las pensiones. Un complemento, explican, vinculado a la maternidad y a la paternidad, que sólo puede darse a uno de los dos progenitores. 

En principio, informan, va dirigido a las mujeres, “que sufren más en su vida laboral el impacto de tener un hijo, pero pueden solicitarlo también los padres, siempre y cuando se hayan visto más perjudicados en la carrera laboral. En caso de que ninguno de los dos progenitores se hubiese visto perjudicado por periodos sin cotizar o por reducciones de trabajo, el complemento se adjudicará a la madre. Y en el caso de ser dos mujeres, a la que tenga la pensión con un importe inferior”.

El alcance temporal del nuevo complemento económico, subrayan, “se vincula a la consecución del objetivo de reducir la brecha de género en las pensiones contributivas de jubilación por debajo del 5 %”.

El importe parte de una cuantía fija de 378 euros al año por hijo, hasta un máximo de 4 hijos. Es decir, una mujer con un hijo contará con 27 euros al mes más en su pensión; con dos hijos, tendrá 54 euros más al mes, etcétera. La cuantía se abonará en 14 pagas y se actualizará con la revalorización de las pensiones. Se pide junto a la solicitud de la pensión en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

No se reconocerá el derecho al complemento al padre o a la madre, apuntan, “que haya sido privado de la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial. Tampoco si ha sido condenado por violencia contra la mujer, ejercida sobre la madre. Ni al padre o a la madre que haya sido condenado o condenada por ejercer violencia contra los hijos o hijas”.

Requisitos que hay que cumplir para recibir el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones

Para que se les reconozca esta ayuda para reducir la brecha de género, tanto las mujeres como los hombres han de solicitar una pensión de cualquier modalidad, salvo la jubilación parcial. Es decir, el complemento se sumará a las pensiones de jubilación, ordinaria y anticipada, incapacidad permanente y viudedad. Los complementos que pudieran ser reconocidos en cualquiera de los regímenes de Seguridad Social serán incompatibles entre sí. Se abonará en el régimen en el que el causante de la pensión tenga más períodos de alta. Los hijos, nacidos con vida o adoptados, tendrán que estar inscritos en el Registro Civil.

Las mujeres, además, han de causar una pensión contributiva de Seguridad Social y, en caso de que el padre haya visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento de su hijo, que la cuantía de las pensiones reconocidas sea inferior a las que perciba el padre. 

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Para los padres, matizan, en el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994, tener más de 120 días sin cotización entre los 9 meses anteriores al nacimiento y los 3 años posteriores a dicha fecha o, en caso de adopción, entre la fecha de la resolución judicial por la que se constituya y los 3 años siguientes, siempre que la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer.

En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados desde el 1 de enero de 1995, para recibir la ayuda para reducir la brecha de género en las pensiones, la suma de las bases de cotización de los 24 meses siguientes al del nacimiento o al de la resolución judicial por la que se constituya la adopción sea inferior, en más de un 15 %, a la de los 24 meses inmediatamente anteriores, siempre que la cuantía de las sumas de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer.

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