Pensión por incapacidad permanente: así puedes saber si te corresponde esta prestación

Una mujer en silla de ruedas con el ordenador
  • Los trabajadores que padecen una enfermedad o sufren un accidente que les limita o impide realizar su trabajo pueden tener derecho a una pensión.
  • Así puedes saber si te corresponde el cobro de una pensión por incapacidad permanente.

Las personas que padecen una enfermedad o sufren un accidente que les limita o impide llevar a cabo su trabajo pueden tener derecho a cobrar una pensión.

La Seguridad Social es el organismo responsable de gestionar las pensiones por incapacidad permanente, que son las que se conceden por estos hechos.

En estas situaciones siempre surgen dudas, pues existen diferentes grados de incapacidad, y que se apruebe o no esta pensión depende también del criterio de los médicos.

 

Debido a ello, muchos trabajadores no saben con certeza si tienen derecho a cobrar una pensión por incapacidad permanente.

A continuación, se detalla todo lo que debes saber sobre esta prestación: los requisitos para cobrarla, las enfermedades que dan derecho a ella o las preguntas que te harán en el tribunal médico.

Requisitos para cobrar una pensión por incapacidad permanente

Lo más importante para saber si puedes cobrar esta pensión es conocer sus exigencias.

Estos son los requisitos para cobrar una pensión por incapacidad permanente:

  • No haber alcanzado la edad de jubilación.
  • Estar dado de alta en la Seguridad Social o situación asimilada de alta.
  • Tiempo mínimo de cotización de 15 años.

En el caso de que la contingencia de invalidez sea por enfermedad o accidente laboral no será necesario este último requisito.

Esto es habitual en los trabajos que suponen cierta peligrosidad o riesgo para el empleados.

Enfermedades que dan derecho a una pensión por incapacidad permanente

No todas las enfermedades dan derecho a cobrar una pensión por incapacidad permanente. 

Estas son las 52 enfermedades que podrían garantizar la prestación:

  • Agorafobia
  • Albinismo
  • Alzhéimer
  • Aniridia
  • Artritis Reumatoide
  • Artrosis cervical
  • Ataxia
  • Cáncer
  • Cardiopatía Isquémica
  • Condromalacia Rotuliana
  • Depresión
  • Diabetes
  • Distimia
  • Distrofia de conos y bastones
  • Enfermedad de Behçet
  • Enfermedad de Crohn y Colitis ulcerosa
  • Enfermedades hepáticas
  • Enfermedades renales
  • Epilepsia
  • EPOC
  • Esclerosis Múltiple
  • Espondilitis anquilosante
  • Espondilosis degenerativa
  • Esquizofrenia
  • Estenosis foraminal
  • Fibromialgia
  • Fibrosis quística
  • Hernia discal
  • Ictus
  • Lesión medular
  • Lumbalgia crónica
  • Lupus
  • Maculopatía
  • Miopía Magna
  • Narcolepsia
  • Neuropatía cubital
  • Postpolio
  • Radiculopatía Lumbar
  • Retinopatía diabética
  • Retinosis pigmentaria
  • Rizartrosis
  • Síndrome de Ménière
  • Síndrome de Sjögren
  • Síndrome de Südeck
  • Síndrome de Tourette
  • Síndrome del túnel carpiano
  • Síndrome subacromial
  • Siringomielia y Arnold Chiari
  • Stargardt
  • Trastorno Adaptativo Mixto
  • Trastorno bipolar
  • Trastorno de ansiedad 

Ojo: que tu enfermedad no aparezca en esta lista no quiere decir que vayan a denegarte la pensión. 

Corresponde a los médicos valorar tu estado y a la Seguridad Social reconocer o no la prestación.

Preguntas del tribunal médico

Antes de que te concedan la incapacidad permanente debes acudir al tribunal médico. Este paso es necesario para que los facultativos valoren tu estado de salud y elaboren un informe que será emitido a la Seguridad Social.

El tribunal médico puede hacerte preguntas trampa para saber que no vas a cometer fraude. Estas son las más comunes:

  • ¿Qué actividades realizas en tu vida diaria?
  • ¿Has venido solo a esta valoración?
  • ¿Cómo te encuentras a día de hoy?
  • ¿Has sentido alguna mejoría en las últimas semanas?
  • ¿Por qué etapas ha pasado tu enfermedad o lesión?
  • ¿En qué puesto trabajas?
  • ¿Has hecho un viaje estando de baja médica?
  • ¿Qué tipo de tareas solías realizar diariamente?
  • Explica las dificultades que tienes en el desempeño de tu trabajo habitual
  • ¿Estás de acuerdo con lo que la mutua o tu especialista afirma sobre tus dolencias?
  • ¿Cómo te afectan tus síntomas o secuelas?
  • ¿Por qué crees que necesitas una incapacidad permanente?

Esto es lo que vas a cobrar por la pensión no contributiva de jubilación en 2023

El mejor consejo es que respondas con sinceridad, sin caer en exageraciones. De lo contrario, los médicos pueden denegarte la pensión por incapacidad permanente.

Cuánto se cobra con la pensión por incapacidad permanente

Teniendo esta información a mano ya puedes saber si vas a cobrar o no la prestación de la Seguridad Social..

Llega el momento de saber cuánto vas a cobrar por la pensión de incapacidad permanente. Estas son las cuantías para 2023:

  • Gran Invalidez: la pensión con cónyuge a cargo es de 1.432 euros al mes, mientras que sin cónyuge es de 1.158 euros al mes; con cónyuge no a cargo de 1.099 euros al mes.
  • Invalidez Absoluta con 65 años: con cónyuge a cargo es de 951 euros, sin cónyuge es de 772 euros; con cónyuge no a cargo se queda en 732 euros.
  • Invalidez total para mayores de 60 años: con cónyuge a cargo es de 893 euros, sin cónyuge es de 675 euros, con cónyuge no a cargo es de 722 euros.
  • Invalidez total menor de 60 años: con cónyuge a cargo y sin cónyuge es de 569 euros, mientras que con cónyuge no a cargo se queda en 564 euros.

Estos importes son mayores que los de 2022, pues las pensiones suben en 2023 debido a la actualización con el IPC.

Recuerda que una vez iniciada la solicitud de la pensión, la Seguridad Social puede tardar hasta 135 días en responderte, así que debes armarte de paciencia.

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