Cómo tributan los fondos de inversión y las sicavs en la declaración de la Renta

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  • Los ingresos que generan los productos de inversión colectiva, como los fondos de inversión y sicavs, deben incluirse en la declaración de la Renta como ganancia patrimonial, igual que el resto de inversiones.
  • Con los fondos de inversión, al igual que sucede con las acciones, solo se tributa en el IRPF como ganancias patrimoniales los beneficios que se hayan conseguido con la venta de participaciones, salvo que se traspasen a otro fondo.
  • En el caso de las sicavs, se pagan impuestos en el momento de la venta de las acciones si se consigue un beneficio, aunque sin posibilidad de exención por traspaso.

Los productos de inversión colectiva, que engloban tanto a las sociedades como a los fondos de inversión, están experimentando un repunte a inicios de este año, con un patrimonio conjunto de 463.000 millones de euros, según los datos de la Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones (Inverco) correspondientes a febrero.

De ese total, cerca de 264.500 millones de euros corresponden a fondos de inversión, un 2,7% más que en diciembre de 2018, y 29.818 millones a sociedades de inversión de capital variable, más conocidas como sicav, un 5,1% más. Inverco también señala que su rentabilidad repunta en 2019 un 3,26% aunque, comparado con los datos de hace 12 meses, sufre un retroceso del 1,44%.

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Estos datos nos revelan que 2018 no ha sido un año excesivamente positivo para los inversores en fondos y sicav, aunque eso no implica que no hayan cosechado rendimientos. Y, como sucede con todos los productos de inversión, si has conseguido beneficios a lo largo del año pasado, estás obligado a incluirlos en tu declaración de la Renta.

Cómo incluir en tu declaración los rendimientos de fondos y sicavs

En principio, los ingresos que generan los fondos de inversión y sicavs deben incluirse en la declaración como ganancia patrimonial y, en caso de que hayas acumulado pérdidas, puedes compensarlas con los rendimientos de otras inversiones. Si has conseguido ganancias, tributarán como otros productos de inversión, es decir, un 19% de IRPF por los primeros 6.000 euros recibidos, un 21% hasta 50.000 euros y un 23% a partir de esa cantidad.

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Sin embargo, existe una ligera diferencia entre ambos productos a la hora de rendir cuentas con el IRPF.

  • Fondos de inversión: al igual que sucede con las acciones, solo se tributa en el IRPF como ganancias patrimoniales los beneficios que se hayan conseguido con la venta de participaciones. Sin embargo, existe la posibilidad de ahorrarse ese impuesto traspasando los beneficios de esa venta a otro fondo de inversión.
  • Sicav: tributan en las mismas condiciones que los fondos, pero carecen de la exención de impuestos por traspaso de beneficios a otro fondo.

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