Endesa, Naturgy, Iberdrola y Holaluz, otra vez en el foco de competencia: se disparan las reclamaciones por cambios de compañía sin consentimiento

Una persona desesperada al ver su factura de la luz.

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  • Competencia impone una serie de obligaciones a Endesa, Naturgy, Iberdrola y Holaluz para reducir los casos de cambios de compañía eléctrica sin consentimiento. 
  • Aseguran que las reclamaciones por estos errores han aumentado un 360% en 2021.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto varias medidas a Endesa Energía S.A.U, Naturgy Iberia S.A, Iberdrola Clientes, S.A.U. y Holaluz Clidom, S.A., para evitar que los consumidores eléctricos se vean afectados por cambios de comercializador erróneos.

Las denuncias ante la CNMC por cambios de compañía eléctrica sin el consentimiento de los clientes, y motivados por códigos de suministro (CUPS) erróneos en los nuevos contratos, aumentaron un 360% en 2021, y continuaron creciendo en el primer semestre de 2022. 

El peso de este tipo de reclamaciones, explican, se duplicó y representaría el 31% del total por cambios sin consentimiento.

Consumidores y cruce de CUPS

Un “cruce de CUPS”, señalan desde Competencia, supone que al usuario que solicita un cambio de compañía eléctrica se le asigna erróneamente el CUPS de otro cliente; en consecuencia, se le facturará por el consumo de una vivienda o local ajeno.

Por su parte, el consumidor que “pierde” su CUPS habitual:

  • Dejará de ser suministrado por su comercializador habitual.
  • Desconocerá el nombre del comercializador que realizó el cambio erróneamente al no constar como titular en la distribuidora.
  • Si consigue saber qué comercializadora cometió el error, asta no le reconocerá como cliente y tendrá muy difícil reclamar.
  • En el peor de los casos, podría sufrir un corte de suministro si el consumidor al que se le asignó erróneamente su CUPS se da de baja del nuevo contrato o deja de abonar las facturas de este, al recibir una doble facturación.

Exigencias a Endesa, Naturgy, Iberdrola y Holaluz

La decisión jurídicamente vinculante de la Competencia afecta a Endesa, Naturgy, Iberdrola y Holaluz.

Estas compañías, durante los cambios de comercializador en el sector eléctrico:

  • Tendrán que mostrar de forma clara y separada al cliente el trinomio titular-dirección del punto de suministro-CUPS durante la contratación.
  • Solicitarán la confirmación de esos datos en soporte duradero si detectan discrepancias en la información.

En caso de asignación errónea, se establecen nuevas cautelas:

  • Ante una solicitud de corte de suministro se descartará un “cruce de CUPS”.
  • Se contactará con el consumidor solicitante, debiéndose acreditar ante el regulador estos contactos en caso de ser necesario.
  • Si ha habido un “cruce de CUPS”, el comercializador responsable solicitará a la mayor brevedad posible, reponer el punto de suministro del consumidor afectado al comercializador previo.

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