Qué comunidades han ampliado el plazo del impuesto de sucesiones por el coronavirus y cómo debes presentarlo

Impuesto de Sucesiones durante el coronavirus
  • El coronavirus no exime del pago del impuesto de sucesiones.
  • El plazo normal para pagar los impuestos por la herencia es de seis meses.
  • Algunas comunidades han ampliado entre un mes y seis meses el plazo para hacer frente al impuesto.
  • El impuesto sobre sucesiones debe pagarse en la comunidad donde residía el fallecido.
  • La cuantía a pagar dependerá de la cantidad heredada, el tipo de bien y el grado de parentesco, entre otras cosas. 
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Las personas fallecidas marcan la verdadera tragedia del coronavirus, una tragedia que tiene una vertiente económica inexorable: el pago del impuesto de sucesiones y Donaciones.

Entre los trámites que hay que llevar a cabo tras el fallecimiento de un ser querido, está el reparto de la herencia y el posterior pago del impuesto de sucesiones. Este tributo depende de cada comunidad autónoma y existen grandes diferencias entre ellas.

Y es que no todas las regiones ofrecen las mismas bonificaciones ni reducciones en el impuesto, por lo que la cuantía a pagar cambia mucho en función de donde heredes. Lo que no cambian son los plazos para hacer frente al tributo.

Como normal general, el impuesto marca un máximo de 6 meses para abonar el impuesto, que es la última parte del proceso de la herencia. Este plazo empieza a contar desde el fallecimiento y puede ampliarse 6 meses adicionales, siempre que exista una causa justificada como no disponer de dinero para afrontarlo. Como contrapartida, esta prórroga suma intereses de demora a la factura fiscal normal.

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La Dirección General de Justicia ha fijado una serie de servicios mínimos para los notarios durante el coronavirus, pero aún así el estado de alarma demorará los trámites y es fácil que pasen los meses sin que se pueda avanzar en la liquidación de la herencia, algo necesario para poder afrontar después el impuesto de sucesiones.

Algunas comunidades autónomas son conscientes de esta situación y han tomado cartas en el asunto. David García Vázquez, abogado tributario y consultor independiente en DGV fiscal, lista las comunidades que han decidido retrasar o aplazar el pago del impuesto de sucesiones.

Andalucía

La Junta de Andalucía decidió aumentar de 6 a 9 meses el plazo para abonar el impuesto, tal y como se recoge en el decreto-ley publicado el 17 de marzo en el Boletín Oficial de la región.

Aragón

En Aragón el plazo para liquidar el impuesto de sucesiones se ha prorrogado un mes según figura en la orden del 13 de marzo. Ahora los aragoneses dispondrán de 7 meses en lugar de 6 para hacer frente a sus obligaciones fiscales.

Cataluña

La Generalitat de Cataluña publicó el 19 de marzo en su diario oficial un decreto-ley con medidas por el coronavirus que incluye la suspensión de los plazos de presentación del impuesto de Sucesiones y Donaciones. En este caso no se trata de una prórroga y, por lo tanto, no harbá que presentar este tributo hasta que no se termine el estado de alarma.

Castilla y León

Como el ejecutivo aragonés, la Junta de Castilla y León publicaba el 19 de marzo una orden que amplia un mes el plazo para pagar el impuesto. De esta forma, los castellanoleoneses cuentan con hasta 7 meses para hacer frente a los impuestos por la herencia.

Cantabria

El mismo camino han seguido en Cantabria, donde el plazo para pagar por la herencia pasa de 6 a 7 meses, de nuevo sin tener que hacer frente a intereses adicionales.

Extremadura

La Junta de Extremadura ha ido un paso más allá. Como en Andalucía, la prórroga es de tres meses y los extremeños dispondrán de 9 meses para abonar el tributo.

Islas baleares

El gobierno balear ha sido uno de los últimos en atender a esta problemática ofreciendo un mes adicional para el pago del impuesto hasta un total de 7 meses a contar desde el fallecimiento.

Navarra

El Gobierno Foral de Navarra no ha ampliado el plazo para presentar el impuesto de forma general, pero sí que establecido una prórroga hasta el 30 de abril para los plazos que concluían con posterioridad a 14 de marzo y hasta el 30 de abril.

A modo de ejemplo, si había que liquidar el impuesto pode una herencia el 15 de marzo, el plazo para hacerlo se amplía hasta el 30 de abril.

Sin embargo, si el plazo normal para hacerlo finaliza el 1 de mayo, no habrá ampliación alguna y esa será la fecha límite para pagar.

Cómo funciona el impuesto sobre sucesiones y donaciones

Abonar el impuesto de sucesiones y Donaciones es el último paso en el proceso de una herencia. Aunque el tributo depende de cada comunidad y hay diferencias en las bonificaciones a aplicar, el funcionamiento básico del mismo no cambia.

Este impuesto grava el caudal hereditario, es decir, los bienes que se heredan y hay que abonarlo en la comunidad donde residía el fallecido, recuerda David García Vázquez.

A la hora de calcular el impuesto, hay que diferenciar entre el tipo de bien que se hereda, ya que algunos como la vivienda cuentan con importantes bonificaciones. Todos estos bienes se suman y sobre esa cantidad se pueden deducir las deudas que tuviese el fallecido y algunos gastos deducibles como los de entierro y funeral, por ejemplo.

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Sobre esa cantidad se aplicarán después las bonificaciones y reducciones, que sirven para primar a los familiares directos del fallecido. Por eso mismo pagarán menos al heredar los hijos, el cónyuge o los padres frente a los hermanos, tíos o primos.

Además, hay bienes como la vivienda habitual que cuentan con una reducción estatal que muchas comunidades autónomas amplían. Lo mismo ocurre con las pólizas por seguros de vida o las participaciones de empresas familiares.

A partir de ahí, cada región cuenta con sus propias bonificaciones y reducciones que harán que pagues más o menos dependiendo del grado de parentesco con el fallecido, el patrimonio que ya tengas o los bienes que heredes.

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