"Es un mal momento para tener un bebé, perdemos dinero": una empresa deberá indemnizar con 135.000 euros a una trabajadora por acosarla tras ser madre

Mujer embarazada en una oficina
  • Una empresa tendrá que indemnizar con 135.000 euros a una trabajadora tras acosarla por ser madre.
  • La actitud de la jefa hacia la madre cambió en cuanto tuvo a su primer hijo. Esto provocó que la empleada se acogiese a una baja por incapacidad temporal y que acudiese a la justicia para denunciar a la empresa.

Una empresa tendrá que indemnizar con 135.000 euros a una trabajadora tras haberla acosado por haber sido madre, según una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) la que ha tenido acceso Confilegal.

La indemnización se reparte entre la empresa y la jefa de esta empleada, que es la que ejercía gran parte del acoso sobre ella. En concreto, tendrán que abonarle 80.000 euros por motivos de discriminación de género y 55.164 euros por la indemnización tras el fin de contrato.

La afectada llevaba trabajando para esta empresa desde el año 2007. Ejercía sus labores desde casa, teletrabajando, y tenía categoría de jefe de segunda.

Los problemas con la empresa comenzaron en 2016, cuando la empleada tuvo a su primer hijo. Tras volver de la baja por maternidad, su jefa cambió por completo su actitud, sobrecargándola con más tareas de lo habitual.

Durante los siguientes 5 años, la afectada trató de compaginar su vida personal con el trabajo, siendo cada vez más complicado al recibir correos a deshoras o reproches de su jefa.

"Para esta empresa tú eres la única que se hace cargo de sus hijos, el resto de las familias se organizan, unos los llevan al colegio, otros los recogen, tú estás sola", llegó a decirle su superior en una ocasión.

 

La trabajadora se acogió a una baja por incapacidad temporal

La situación empeoró en 2021, cuando la trabajadora anunció que iba a tener a su segundo hijo. 

Esto ocurrió durante la pandemia, con la empresa en un ERTE. Tras enterarse de la noticia, la jefa entró en cólera: "Es un mal momento para tener un bebé, estás fuera de los proyectos, la idea no es despedirte, además después de un ERTE no pueden despedir, perdemos dinero". Estas declaraciones aparecen en una conversación grabada por la trabajadora.

Estas escenas de acoso se hicieron habituales. La trabajadora tuvo problemas de ansiedad y depresión, así que se acogió a una baja por incapacidad temporal mientras estaba en tratamiento psicológico.

Además, acudió al Juzgado de lo Social N.º 1 de Madrid para denunciar a la empresa y a su jefa por mobbing.

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La sentencia señala que hubo discriminación por razón de género

El juzgado declaró la extinción del contrato y condenó tanto a la empresa como a la jefa a indemnizar a la trabajadora. El total de la indemnización fue de 135.000 euros. 

Ambas partes quedaron descontentas con la sentencia y optaron por recurrir. La empresa por considerar excesiva la sanción, y la trabajadora por verla escasa.

El caso llegó a manos del TSJM. Tras estudiar las alegaciones, los magistrados han mantenido la sanción, considerándola proporcionada.

La justicia condena a la empresa por la vulneración de derechos fundamentales, daño a la integridad física y moral y discriminación por razón de género.

Se considera discriminación de género cuando una trabajadora ha sido tratada de manera menos favorable por el hecho de ser mujer. La mayoría de las condenas por este delito ocurren en embarazos o bajas por maternidad, como es el caso.

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