Las multas e infracciones más habituales si conduces en autocaravana, caravana o camper

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  • Circular en autocaravana, caravana o camper no es lo mismo que circular con tu coche habitual; tienes nuevas normativas y prohibiciones a tener en cuenta. Tenlas en cuenta y evitarás multas indeseables.
  • Una de las grandes dudas es sobre si pernoctar está prohibido o no. La pernoctación es dormir dentro de una autocaravana, como si durmieras dentro de tu coche habitual. No está prohibido. Lo que sí debes tener en cuenta es la acampada indebida.
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¿Quieres apostar por el "caravaning" este 2021? Viajar en autocaravana, caravana o camper es una buena opción en tiempos inestables debido a los confinamientos; este tipo de vehículos garantizan seguridad y permiten flexibilidad a la hora de viajar. Pero conducir una autocaravana no es lo mismo que conducir un turismo, por ejemplo; hay normativas y prohibiciones que debes tener en cuenta para evitar multas indeseables. Aquí tienes un repaso.

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Multas por estacionamiento indebido

Multas a un coche.

Tu autocaravana, caravana o camper puede efectuar maniobras de parada y estacionamiento en las mismas condiciones y limitaciones que cualquier otro vehículo (salvo ordenanza municipal expresa). Ahora bien, cuando estaciones no entorpezcas la circulación del resto de vehículos y elementos: carriles, bici, taxi, bus, túneles, pasos de peatones, plazas reservadas para minusválidos…

Estacionar indebidamente en estos casos puede conllevar multa de entre 100 y 200 euros.

Multas por acampada o estacionamiento indebido en la costa

Vista aérea de la costa de Barbados en el Caribe

Getty/SpVVK

La Ley de Costas prohíbe la circulación, acampada y estacionamiento en playas y en sus zonas de influencia (a través de MundoVan). No hay problema alguno en estacionar tu autocaravana o caravana en las zonas autorizadas.

Una acampada indebida puede conllevar una multa de 40 euros por metro cuadrado. Si estás circulando indebidamente o has realizado un estacionamiento indebido, la multa oscila entre los 50 y 150 euros. 

Multas por acampada, que no pernoctación

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Getty Images

La pernoctación es la actividad de dormir dentro de una autocaravana o camper. No hay problema con la localización de pernoctación. El problema llega cuando decides acampar. Se considera que estás de acampada si sacas algún elemento del vehículo al exterior (una tumbona, por ejemplo) o si despliegas partes del mismo para ampliar sus cotas exteriores.

A nivel nacional, puede parecer que la acampanada, según la Orden del 28 de julio de 1966, es una actividad muy laxa y libre. La cosa cambia cuando se tienen en cuenta las normativas autonómicas, provinciales y locales. El cúmulo de estos matices ha creado la presente situación: acampar está prácticamente prohibido en todo el territorio (salvo zonas autorizadas).

Según la Ley de Costas (a través de Motor Pasión), la multa por acampar en zona no autorizada es de 40 euros por metro cuadrado de superficie ocupada.

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Multas por circular, acampar o estacionar en espacios protegidos

Acampada Parque Natural

Una de las ventajas de tener una autocaravana es poder adentrarse en rincones poco transitados y disfrutar de naturaleza no auténticamente salvaje, pero sí al menos libre. Este deseo de exploración puede provocar que cometas el error de circular, acampar o estacionar en espacios y entornos protegidos o zonas de especial protección medioambiental (Parques Naturales, por ejemplo).

Cuando visites un Parque Natural, ten en cuenta las normas que se apliquen en dicho lugar. Por ejemplo, el estacionamiento está limitado a zonas habilitadas, y lo mismo ocurre con la pernoctación.

La circulación, acampada, estacionamiento en lugares o espacios protegidos puede conllevar multas de entre 500 y 5.0001 euros según la Ley de Evaluación Ambiental de 2013.

Multas por exceso de límites de velocidad

excepciones y multas a adelantar por la derecha

Las autocaravanas y las campers se consideran vehículos viviendas. Así que en lo que respecta a límites de velocidad, se aplica el Real Decreto 1514/2018 del 28 de diciembre.

Las autocaravanas con una masa máxima autorizada inferior a 3.500 kg tienen una velocidad máxima en autopista y autovía de 120 km/h. En carreteras convencionales, el límite es de 90 km/h. Aunque el Real Decreto no lo menciona concretamente, es de esperar que una camper tenga las mismas limitaciones.

En cuanto a las campers, hay una excepción concreta. Una camper sin homologar tiene una limitación de velocidad de 90 km/h en autopistas y autovías y de 80 km/h en carreteras convencionales.

Mientras tanto, los vehículos mixtos adaptables tienen un límite de 100 km/h en autopistas y autovías. En carreteras convencionales, el límite es de 90 km/h.

Las multas por exceso de velocidad empiezan en los 100 euros y va subiendo según el caso.

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Multas por exceso de masa máxima autorizada

Autocaravana descanso

No existe una sanción específica para autocaravanas, caravanas o furgonetas camper, pero no está de más recordarlo; cuando se viaja en caravana se puede cometer el error de llenar tanto el vehículo que acabe superando la masa máxima autorizada en su ficha técnica. 

Cierto, es difícil calcular a simple ojo, pero es mejor no pasarse con el equipaje. Tú no puedes pesar fácilmente un vehículo, pero la Guardia Civil puede llegar consigo básculas de pesaje. Y sobrepasar la masa máxima autorizada en vehículos de menos de 12 toneladas puede conllevar multas de entre 301 y 4.000 euros según la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre.

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