Batería de medidas laborales en el Consejo de ministros de hoy: salario mínimo, prórroga de ERTE o ayudas extraordinarias para autónomos

La ministra de Trabajo Yolanda Díaz

El mercado laboral ha sido el gran protagonista del Consejo de Ministros de hoy. El Gobierno ha aprobado hoy una batería de medidas laborales, entre ellas la subida del salario mínimo a 1.000 euros y la última prórroga de los ERTE.

El Consejo de Ministros aprueba hoy la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a 1.000 euros brutos al mes en 14 pagas, desde los 965 euros en que se encontraba. Esta subida tendrá carácter retroactivo desde el día 1 de enero de este año.

Con este aumento, de 35 euros, España se convierte en el tercer país de Europa donde más ha subido el SMI desde 2012, en la última crisis. ¿Qué significa la subida?

  • Una retribución salarial de 33,33 euros al día con carácter general. 
  • Los trabajadores y trabajadoras eventuales y temporeras cuyos servicios no superen los 120 días en la misma empresa, percibirán un mínimo de 47,36 euros por jornada legal.
  • Las empleadas y empleados de hogar deberán percibir un mínimo de 7,82 euros brutos por cada hora efectivamente trabajada.

¿Cuántos salarios mínimos cobran los españoles? El 65% gana el equivalente a menos de dos SMI y sólo un 3% cobra más de cinco veces el SMI

El aumento del SMI beneficiará directamente a 1,8 millones de trabajadores, según cálculos de CCOO, especialmente a mujeres y jóvenes. De hecho, el perfil del trabajador que más se beneficiará con este repunte es el de mujeres de 16 a 34 años en el sector agrícola o en el de servicios.

Además del salario mínimo, el Consejo de Ministros también ha aprobado la prórroga de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por COVID hasta el 31 de marzo. 

Los ERTE por COVID-19 iban a caducar el 28 de febrero, pero todavía hay empresas y trabajadores acogidas a este mecanismo. 

Con la nueva prórroga (la última), las empresas tendrán hasta el 31 de marzo para prepararse para los nuevos ERTE de la reforma laboral.

"Los agentes sociales nos habían instado a un mes de tránsito para poder acomodar a modo de pasarela el despliegue de los artículos 47 y 47 bis de la reforma laboral", ha señalado la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.

A partir del 1 de abril, el COVID-19 dejará de considerarse causa de fuerza mayor para acogerse a ERTE. Las empresas que para entonces todavía no hayan recuperado sus niveles de actividad por la pandemia tendrán que formalizar la solicitud para acogerse a los nuevos ERTE aprobados en la reforma laboral. 

La reforma contempla tres modalidades de ERTE: por causas económicas, técnicas, operativas o productivas (conocidos como ETOP), los ERTE por fuerza mayor y los estructurales (el nuevo Mecanismo RED).

"Nos damos un mes, el mes de marzo, de transición para entre todos poder hacer las adaptaciones necesarias para poner en marcha todos los instrumentos de ERTE de la reforma laboral. Durante este mes se mantienen las prestaciones y un nivel importante de exoneraciones a las cuotas a la Seguridad Social", ha explicado el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá.

Este mecanismo, al que se acogieron miles de empresas golpeadas por la crisis, llegó a afectar a más de 3 millones de trabajadores en los peores momentos de la pandemia. 

Con la recuperación, las empresas han ido reincorporando su plantilla, y actualmente, en cambio, "el número de trabajadores en ERTE está en torno al 0,6% de todo el empleo", ha aclarado Escrivá.

Ayudas extraordinarias de paro para autónomos

El Consejo de Ministros también ha aprobado extender las ayudas extraordinarias de paro de los autónomos hasta junio.

Se trata de una prestación por suspensión de actividad para autónomos que hayan tenido que cerrar su negocio. La prestación llegará al 70% de la base mínima, incluye exoneración de cuotas a la Seguridad Social y será compatible con ingresos por cuenta ajena de hasta 1,25 veces el SMI.

Las exoneraciones en la cuota a la Seguridad Social se extenderán durante 4 meses para quienes reciben prestaciones. Según cálculos del Gobierno, se han dedicado casi 11.000 millones a las ayudas por COVID a este colectivo, entre exoneraciones y prestaciones.

A los más de 110.000 trabajadores autónomos que venían percibiendo hasta ahora las prestaciones extraordinarias asociadas a la pandemia se les aplicará una exoneración de su cotización a la Seguridad Social del 90% en marzo, del 75% en abril, del 50% en mayo y del 25% en junio.

Para recibir estas exoneraciones en la cotización, los trabajadores autónomos deberán permanecer en alta en el correspondiente régimen especial de la Seguridad Social hasta el 30 de junio de 2022.

Todavía hay más de 100.000 trabajadores en ERTE 

Ahora mismo hay algo más de 100.000 trabajadores en ERTE, de los cuales 53.834 están en situación de suspensión temporal total, y casi la mitad (50.252) con suspensión parcial de jornada, según datos del Ministerio de Seguridad Social.

El porcentaje de trabajadores que se mantienen en ERTE es menor del 10% en todos los sectores, excepto en el de agencias de viaje que alcanza el 29%. Esta es la razón por la que las Agencias de viaje se convertirán en las primeras en tener un ERTE sectorial con el Mecanismo RED previsto en la reforma laboral, que se activará también a partir de abril.

Proyecto de Ley para impulsar planes de pensiones de empleo

El Consejo de Ministros también ha aprobado el proyecto de ley de Regulación para el Impulso de los Planes de Pensiones de Empleo, para facilitar el acceso a estos mecanismos de ahorro a los trabajadores de rentas medias y bajas, a los autónomos y a las pequeñas y medianas empresas (pymes), y lo ha remitido a las Cortes Generales para su tramitación parlamentaria.

El trabajador podrá aportar, de forma voluntaria, cuotas superiores a las que ponga su empresa. No obstante, la aportación máxima se definirá por tramos. Además, el trabajador reducirá su base imponible a tipo marginal del IRPF, con un 30% para el empleado medio. Para los autónomos, el Ministerio calcula una deducción de hasta 5.750 euros al año.

En el caso de las empresas, se reintroduce la no cotización de las contribuciones a la Seguridad Social en aportaciones de estos planes, que estuvo vigente hasta 2013. No obstante, ahora se limita a 115 euros mensuales por empleado o 1.380 euros anuales, en línea con la "filosofía de poder posibilitar un instrumento de ahorro atractivo para rentas medias y bajas", como ha dicho Escrivá.

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