1.000 millones de euros del Fondo de Contingencia para reforzar la sanidad española ante el coronavirus: qué es exactamente ese fondo, cómo se dota y cuándo se utiliza

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  • El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció el pasado jueves que se destinarán 1.000 millones de euros del Fondo de Contingencia de los Presupuestos Generales del Estado para atender los gastos que supongan las "intervenciones sanitarias prioritarias" vinculadas al coronavirus.
  • Este fondo se dedica a cubrir necesidades inaplazables, urgentes e imprevisibles, de carácter no discrecional para las que no hubiera fondos en el presupuesto.
  • Su cuantía se limita al 2% del límite de gasto no financiero de las cuentas públicas, lo que supone "aproximadamente 2.500 millones de euros", según ha asegurado a Business Insider España Cándido Pérez, socio responsable de Infraestructuras, Transporte, Gobierno y Sanidad de KPMG en España.
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Cintillo especial Coronavirus

El pasado jueves, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció una serie de medidas para hacer frente al coronavirus. Entre ellas, la transferencia de 2.800 millones de euros a las comunidades autónomas, ayudas fiscales para las pymes por valor de 14.000 millones y la movilización de 1.000 millones de euros del Fondo de Contingencia de los Presupuestos Generales del Estado para reforzar la dotación del Ministerio de Sanidad.

Respecto a esa última medida, Sánchez aseguró que esos 1.000 millones del Fondo de Contingencia se utilizarán para que se atiendan "intervenciones sanitarias prioritarias", según el criterio que marque el Ministerio de Sanidad. Se trata de una buena noticia que el Estado cuente con dinero extra para afrontar la pandemia pero, ¿qué es ese Fondo de Contingencia, cómo se dota de financiación y cuándo puede recurrirse a sus fondos?.

Qué es el Fondo de Contingencia

Cándido Pérez, socio responsable de Infraestructuras, Transporte, Gobierno y Sanidad de KPMG en España, asegura a Business Insider España que "es el crédito presupuestario que se consigna en el capítulo 5 del Presupuesto de Gastos para hacer frente, mediante modificaciones presupuestarias a las aplicaciones presupuestarias que procedan, a necesidades inaplazables, urgentes e imprevisibles, de carácter no discrecional para las que no hubiera crédito suficiente en el Presupuesto".

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Pérez señala además que el Fondo de Contingencia está regulado por 2 normativas: el artículo 50 de la Ley General Presupuestaria, que define su dotación, su encaje en los Presupuestos Generales del Estado y los casos en los que se puede recurrir a este dinero, y el artículo 31 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Estabilidad Financiera, que establece que el Estado, las autonomías y los ayuntamientos deben disponer de un fondo de este tipo en sus presupuestos.

Cuánto dinero hay en el Fondo de Contingencia

Cándido Pérez destaca que, según el artículo 50 de la Ley General Presupuestaria, la cuantía con la que está dotado el Fondo equivaldrá al 2% del límite de gasto no financiero del ejercicio correspondiente. Este techo de gasto sirve para elaborar los Presupuestos Generales del Estado y permite definir si los objetivos de gasto permiten el cumplimiento del objetivo de estabilidad al contrastarlos con los ingresos que se prevé alcanzar. 

Teniendo en cuenta que el Consejo de Ministros aprobó en febrero un límite de gasto no financiero de 127.609 millones de euros para el proyecto de presupuesto de 2020, el experto de KPMG calcula que el Fondo de Contingencia cuenta con "aproximadamente 2.500 millones de euros", de los que 1.000 millones irán a parar a los gastos sanitarios provocados por el coronavirus, mientras que quedarían otros 1.500 millones en la hucha.

Cómo se dota al Fondo de Contingencia

Cándido Pérez señala que "no se imputa gasto directamente a esta partida, sino que se utiliza para financiar modificaciones a otros capítulos de gasto, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la norma".

Además, en el artículo 50 de la Ley General Presupuestaria se explica que el cálculo para definir la dotación del fondo a través del 2% del techo de gasto de los presupuestos se excluyen los fondos "destinados a financiar a las comunidades autónomas y entidades locales en aplicación de sus respectivos sistemas de financiación y consignados en una sección presupuestaria independiente de dicho presupuesto".

Cuándo se puede recurrir a este fondo

Respecto a las condiciones para poder utilizar el Fondo de Contingencia, el artículo 50 de la Ley General Presupuestaria define que solo se puede hacer uso de este fondo para hacer frente "a necesidades inaplazables, de carácter no discrecional para las que no se hiciera en todo o en parte, la adecuada dotación de crédito". 

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Además, el artículo 50 estipula que el fondo podrá financiar ampliaciones de crédito, créditos extraordinarios y suplementos de crédito e incorporaciones de crédito, pero "en ningún caso podrá utilizarse el Fondo para financiar modificaciones destinadas a dar cobertura a gastos o actuaciones que deriven de decisiones discrecionales de la Administración, que carezcan de cobertura presupuestaria".

Para el socio responsable de Infraestructuras, Transporte, Gobierno y Sanidad de KPMG en España, "la cuestión más polémica suele consistir en la valoración de en qué medida se cumplen las condiciones de imprevisibilidad y no discrecionalidad", destacando que también está disponible para comunidades autónomas y entidades locales y que "existe numerosa literatura técnica sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos".

Cándido Pérez considera que "parece claro que en el caso actual, ambos criterios se cumplen". No se trata de ninguna novedad, ya que destaca que "todos los ejercicios se dispone de distintas cuantías de este Fondo para necesidades muy diversas", señalando que una de las ocasiones más recientes en las que recuerda que se haya recurrido al Fondo fue en 2019, "debido al incremento de retribuciones de los empleados públicos".

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