Estos son los impuestos que tienes que pagar y que debes tener en cuenta si alquilas tu casa

Riesgos de comprar vivienda sobre plano
  • Alquilar una casa no solo genera rentabilidad al propietario, sino que hay que tener en cuenta el pago de impuestos.
  • Controlar la fiscalidad es esencial para tener unas finanzas personales ordenadas.
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Alquilar una casa es una práctica que siguen muchos españoles para tener una rentabilidad complementaria a sus ingresos habituales. 

La estrategia de arrendar un inmueble puede generar dinero extra y sanear parte de las finanzas personales. Cualquier entrada de capital complementario puede suponer una ayuda importante para gozar de una buena salud financiera. La clave es también conocer los gastos asociados que existen.

El alquiler de una vivienda no solo supone la entrada de esos ingresos mensuales. Si decides optar por esta vía debes tener en cuenta algunos costes como los pagos de impuestos. ¿Cuáles son estos? ¿Qué es lo que has de pagar? 

Sin duda, su tratamiento fiscal, es uno de los aspectos más importantes cuando quieres alquilar un inmueble. 

En principio, el único impuesto que ha de pagar el arrendador o propietario es el IRPF. No se aplica el IVA al alquilar un piso.

Sin embargo, puede resultar interesante saber que existe un impuesto que el arrendatario o inquilino debe pagar, llamado el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Aunque muchos lo desconocen, este impuesto existe desde la aprobación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en 1993.

El ITP debe pagarlo el inquilino, eso sí, no el propietario, al formalizar el alquiler. El importe está fijado por una escala de gravamen. En la actualidad, el inquilino está obligado a abonarlo, pero como es un impuesto poco conocido, muchos no lo hacen. 

De este modo, esto puede conllevar sanciones al inquilino, o bien multas gravadas con los intereses de demora si se tarda años en abonar el ITP.

¿Cómo se paga el IRPF del alquiler de una vivienda a la hora de hacer la declaración de la renta?

Primeramente, has de identificar la vivienda alquilada en el IRPF. Antes de ponerse a calcular la cantidad que habrá que pagar por los impuestos, habrá que indicar ciertos datos en la declaración del IRPF. Principalmente, hay que identificar el inmueble alquilado.

¿Cómo se hace eso? Señalando los datos de la vivienda arrendada en el Apartado C de Bienes inmuebles de la página 6 de la Renta. En especial, en las casillas que van de la 0061 a la 0075 son las que identifican el piso alquilado.

Un aspecto a considerar es que, si durante el año el piso estaba vacío o habitado por el arrendador, habrá que indicarlo en la casilla 0076. ¿A qué se debe esto? La Agencia Tributaria cobra un impuesto por los pisos vacíos a través de lo que denomina “imputaciones de renta inmobiliaria”. Por tanto, tiene la necesidad de conocer ese dato para calcular el gasto en impuestos definitivo.

Estas diferencias parten de una premisa fundamental: el contrato que siempre debe haber entre las partes se tiene que depositar siempre en el organismo público correspondiente (cámaras inmobiliarias, comunidades autónomas...) para que pueda registrarse, tanto para controlar los gastos como para tener beneficios fiscales. 

Hasta 2015, si se alquilaba un inmueble a menores de 30 años, se podía aplicar una reducción del 100% sobre los beneficios obtenidos. Actualmente, la reducción es siempre la misma y en muchos casos ha empeorado la fiscalidad

Esta cantidad se imputará como ingreso de rendimiento inmobiliario y estará grabado al tipo impositivo resultante de sumar el resto de ingresos del contribuyente. Este tipo oscila desde un mínimo del 19% hasta un máximo del 45%

En el caso de que el alquiler sea para un negocio

Pero puede darse la posibilidad de que tengas una propiedad que quieras alquilar para un negocio. ¿En qué se diferencia? Esencialmente, en que se debe incorporar el IVA en las facturas que se remitan al inquilino y después liquidarlo cada trimestre. 

De la misma manera, en el caso de que quién alquile sea una empresa para un empleado o un autónomo como local, habrá que incluir, asimismo, la correspondiente retención del IRPF. A ello hay que sumarle que si este alquiler para negocio es para una persona física que trabaje como autónomo, también tendrás que retener el 19% al IRPF y hacer la declaración correspondiente

En resumen, todas las personas que vayan a alquilar su vivienda han de saber que hay una tributación detrás. El tipo de impuesto que habrá que pagar será diferente en función del uso que se le vaya a dar a la propiedad.

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