Cuándo entra en vigor Madrid 360, cuáles serán las limitaciones a la movilidad y qué coches podrán circular

Madrid Central
  • Este viernes se va a aprobar la nueva ordenanza de movilidad en Madrid, conocida como Madrid 360, y es posible que entre en vigor a partir del mes de septiembre.
  • Estas son las limitaciones que se van a imponer y los coches que podrán circular a partir de entonces en el municipio de Madrid.
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Este viernes se aprobará la nueva ordenanza de movilidad en Madrid, que viene a sustituir a Madrid Central y que se conoce con el nombre de Madrid 360.

El objetivo del Gobierno municipal es mejorar la calidad del aire de la capital y cumplir con los límites de emisiones exigidos por la Unión Europea.

Con esta nueva normativa, el ayuntamiento pretende modificar la ordenanza aprobada en 2018 por el equipo de gobierno de Manuela Carmena, que finalmente fue tumbada por el Tribunal Supremo.

La Justicia estimó que Madrid Central contaba con ciertos defectos de forma por los que debía dejar de tener vigencia, dejando así las multas y sanciones sin cobrar en el aire.

El actual alcalde, José Luis Martínez Almeida, pone en marcha su propia estrategia medioambiental, cuyo objetivo es que el 11% de los vehículos actuales no puedan circular en Madrid en el año 2025.

Madrid 360 se llevará al Pleno a principios de septiembre y podría entrar en vigor pocos días después, a mitad o finales de mes, según adelanta El País.

Debido a la cercanía de la implantación de esta norma merece la pena repasar cuáles serán las limitaciones y qué coches podrán circular en Madrid.

Qué coches podrán circular en Madrid 360

Se va a mantener el distintivo ambiental que ya estaba vigente con Madrid Central. 

Los coches con distintivo ECO y Cero van a poder entrar en Madrid, circular libremente y estacionar donde sea necesario.

Sin embargo, los vehículos con distintivo C o B, gasolinas matriculados a partir del año 2000 y diésel a partir de 2006 sólo podrán entrar si van a estacionar en un aparcamiento público o privado.

Además, con el transcurso de los años las limitaciones van a aumentar, restringiendo de forma más dura el acceso de ciertos vehículos.

  • A partir del 1 de enero de 2022: no podrán entrar a la M-30 los coches sin etiqueta que no sean residentes.
  • A partir del 1 de enero de 2023: los coches sin etiqueta no podrán entrar en la M-30 aunque sean residentes.
  • A partir del 1 de enero de 2024: los coches no residentes sin etiqueta no podrán circular en ningún lugar de la ciudad. Los residentes sin etiqueta no podrán entrar en la M30.
  • A partir del 1 de enero de 2025: los coches sin etiqueta no podrán circular en Madrid.

Hay que destacar también que la zona de Plaza Elíptica se declara zona de especial protección medioambiental con la entrada de Madrid 360.

Ningún vehículo sin etiqueta o que no sea residente podrá entrar y circular en dicha zona desde que entre en vigor la normativa, ya que es uno de los lugares con más contaminación de Madrid.

Hay una excepción en todos estos casos: los comerciantes tendrán los mismos derechos que los residentes para que así puedan acceder a la ciudad y trabajar con sus vehículos particulares.

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