Cuánto dinero te pueden embargar de la cuenta cada mes si tienes deudas

Hombre haciendo cuentas
  • Tener deudas es uno de los signos más importantes de una mala situación económica, y conviene hacer todo lo posible por solventarlas.
  • Si te encuentras en esta tesitura seguramente te gustará saber cuánto dinero te pueden embargar de la cuenta del banco cada mes.
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Tener deudas suele ser signo de una mala situación económica. A nadie le gusta enfrentarse a este trance, y lo más conveniente es resolverlo cuanto antes para sanear las finanzas personales y evitar males mayores.

Si te encuentras en esta situación es normal que te hagas ciertas preguntas. Además de pensar en un plan de pago para quitarte la deuda de encima, es lógico preguntarse cuánto dinero te pueden embargar de la cuenta del banco cada mes.

Lo primero que debes saber es que el procedimiento de embargo es totalmente legal, y suele ser muy habitual que lo efectúe la administración pública cuando un contribuyente tiene deudas con algún organismo, por ejemplo un ayuntamiento o la propia Agencia Tributaria. 

Dichos embargos se producirán de forma mensual cuando el deudor no tenga fondos suficientes como para abonar de una sola vez la cantidad que debe. Eso sí, el afectado siempre tiene que recibir una notificación de este procedimiento, en la que aparecerá las cantidades que se van a sustraer.

La ley estipula los límites respecto a las cantidades que se pueden embargar de una cuenta bancaria. Concretamente el artículo 607 del Enjuiciamiento Civil es el que se encarga de regularlo. 

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Según esta normativa, nunca se puede embargar la totalidad de la nómina de un deudor. De hecho el límite se sitúa en la parte que supere el salario mínimo interprofesional, que en estos momentos en España es de 950 euros al mes. 

En resumen: si cobras menos de 950 euros al mes no te podrán embargar la nómina, y si superas esta cantidad se establecen una serie de tramos sobre el total de lo que cobras:

  • Entre 950 y 1.900 euros: embargo del 30%
  • Entre 1.900 y 2.850 euros: embargo del 50%
  • Entre 2.850 y 3.800 euros: embargo del 60%
  • Entre 3.800 y 4.750 euros: embargo del 75%
  • Más de 4.750 euros: embargo del 90%

Otro aspecto que se debe tener en cuenta es que en ningún caso el embargo puede generar un descubierto, ya que esto supone la existencia de otra deuda, en esta ocasión con el banco. Es decir, no puedes quedarte en números rojos debido a una o varias deudas. 

Además, si tienes varias deudas acumuladas no se podrá sumar el coste de las mismas y quitar todo el dinero al mismo tiempo. Los reclamadores tienen que respetar el orden que haya decidido el juez. 

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