Cuánto tarda en ser aprobada la pensión de viudedad: este es el plazo de la Seguridad Social

Una mujer mayor con el ordenador

Si tu cónyuge ha fallecido te corresponde una pensión de viudedad, siempre y cuando estuvieseis unidos mediante la pareja de hecho o el matrimonio.

Esta prestación de la Seguridad Social es una ayuda indispensable para que las familias puedan seguir adelante después de un fallecimiento, especialmente si se trata de aquel que aportaba la mayor parte de los ingresos.

Muchas personas que se encuentran en este trance necesitan conseguir la pensión de viudedad cuanto antes, ya que su capacidad económica se ve muy mermada y dependen de la prestación.

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Si estás en dicha situación seguro que te haces la siguiente pregunta: ¿cuánto tarda en ser aprobada la pensión de viudedad?

Conocer la respuesta es importante para poder organizarte mejor y no tener problemas financieros.

Cuánto tarda en ser aprobada la pensión de viudedad

La Seguridad Social dispone de sus propios plazos para aprobar o denegar la solicitudes de las pensiones.

El tiempo máximo para aprobar la pensión de viudedad es de 90 días, aunque la Seguridad Social puede aprobarla mucho antes, dependiendo de factores como si tu solicitud se ha efectuado correctamente o si hay muchas más peticiones en ese momento.

De hecho, la propia Seguridad Social explica que el tiempo medio en conceder la pensión de viudedad es de 13 días.

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Esta pensión se puede solicitar en cualquier momento, una vez se haya producido el fallecimiento de la persona que genera el derecho a ella. Sin embargo, cuanto antes hagas el trámite mejor será para tu bolsillo y planificación.

Cuándo se empieza a cobrar la pensión de viudedad

Aunque no existe un plazo para solicitar la pensión de viudedad, lo mejor es hacerlo dentro de los 3 meses posteriores al fallecimiento del cónyuge, ya que así se cobra antes.

Esta es la fecha en la que empezarás a cobrar la pensión de viudedad dependiendo de cuando hagas la solicitud:

  • Si el fallecido no era pensionista y la solicitud se hace en los 3 meses posteriores: cobrarás desde el día después de la defunción.
  • Si el fallecido era pensionista y la solicitud se hace en los 3 meses posteriores: se empieza a cobrar el día 1 del mes siguiente al fallecimiento.
  • Si la pensión se solicita 3 meses después del fallecimiento: la Seguridad Social efectuará el pago con una retroactividad máxima de 3 meses desde la fecha en la que se hace la petición.

Por último, recuerda que el derecho a pensión se extingue por contraer nuevo matrimonio o pareja de hecho.

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