Da positivo en cannabis mientras conduce el coche de la empresa, lo despiden y la justicia declara que es improcedente

Un conductor en un test de drogas

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha ratificado la improcedencia de un despido de un trabajador que dio positivo en un test de drogas mientras conducía el coche de la empresa.

Los hechos se remontan a marzo de 2017, cuando dicho empleado fue despido tras 12 años en el mismo puesto; había dado positivo en una prueba de cannabis realizada por la Guardia Civil.

La gravedad del asunto radica en que el trabajador se encontraba en horario laboral, utilizando uno de los vehículos que facilitaba la empresa para llevar a cabo sus tareas.

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Una vez comunicado el despido disciplinario, el trabajador mostró su disconformidad, ya que había dado positivo en el primer test, pero negativo en el segundo, que se realizó en un laboratorio.

La empresa argumentó que, según la propia Guardia Civil, no era la primera vez que pillaban a este conductor consumiendo drogas, aunque en las anteriores ocasiones había sido con su coche particular.

Según asegura la sentencia del Tribunal Supremo, otro testigo afirmó que el empleado "tenía los ojos cargados", de ahí que se secundara la idea de que había consumido cannabis.

Los argumentos de estos testigos fueron utilizados por la empresa para justificar el despido, tratando de compensar así que el segundo test realizado diese un resultado negativo.

El caso llegó al Juzgado de lo Social nº 1 de Algeciras, que declaró improcedente el despido. La empresa, en desacuerdo con el fallo, recurrió al Tribunal Supremo, que también le ha dado la razón al trabajador.

Despido improcedente: la primera prueba queda sin efecto

El fallo del Tribunal Supremo aclara que la primera prueba de drogas deja de ser válida cuando se realiza el test en el laboratorio.

Debido a ello, no hay motivo suficiente como para argumentar un despido disciplinario.

"Para que concurra la causa de despido es necesario que consuma tóxicos de forma habitual, repercutiendo esta adicción de manera negativa en el desempeño de su trabajo", aclara la sentencia.

Además, la sala no otorga trascendencia a la declaración de los testigos, ya que no son lo suficientemente sólidos para probar el consumo de drogas.

No existen pruebas de que el conductor fuese sancionado por consumir drogas en otras ocasiones, por lo que ese primer testimonio no sería válido.

"La sala aprecia que el hecho de que solo haya un episodio de consumo de drogas es trascendente para no apreciar la toxicomanía que se le imputa en la carta de despido", argumentan los magistrados.

Contra esta sentencia del Tribunal Supremo no cabe recurso, por lo que la improcedencia del despido es definitiva.

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