El Gobierno aprueba un decreto para que los trabajadores fichen en el trabajo y así obligar a pagar horas extra

Redacción Europa Press,
Una mujer trabajando de noche.
Una mujer trabajando de noche.
  • El Gobierno ha aprobado este viernes en Consejo de Ministros el decreto ley que obliga a las empresas a pagar las horas extra y a que los trabajadores fichen en el trabajo.
  • Este real decreto modifica el Estatuto de los Trabajadores y obliga a las empresas hagan un registro diario del horario de sus trabajadores.
  • También se ha aprobado la recuperación del subsidio para mayores de 52 años, frente a los 55 actuales.

El Gobierno ha aprobado este viernes en Consejo de Ministros el decreto ley que obliga a las empresas a pagar las horas extra y a que los trabajadores fichen en el trabajo.

El real decreto modifica el Estatuto de los Trabajadores en lo que respecta al registro de jornada para que empresas hagan un registro diario del horario de sus trabajadores, que deberá incluir el inicio y finalización de la jornada, "sin perjuicio de la flexibilidad horaria".

Las compañías deberán conservar los registros durante cuatro años, que permanecerán a disposición de los trabajadores, sindicatos y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Las empresas dispondrán de dos meses desde la publicación del real decreto en el BOE para poner en marcha esta medida.

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Por otra parte, en el Consejo de Ministros también se ha aprobado la recuperación del subsidio para mayores de 52 años, frente a los 55 actuales.

La recuperación del subsidio para mayores de 52 años era una de las cuestiones que habían quedado en el aire tras la no aprobación de los Presupuestos de 2019 y la convocatoria de elecciones generales. Hasta el año 2012, la edad para pedir este subsidio era de 52 años. Con la reforma laboral del Gobierno del PP, la edad de acceso se subió a los 55 años.

El subsidio para mayores de 55 años es una ayuda mensual de 430 euros que el trabajador en paro cobra hasta que alcanza la edad de jubilación que le permite acceder a una pensión contributiva, con independencia de su modalidad, lo que en la práctica se traduce en jubilaciones anticipadas forzosas y, por tanto, en pensiones de menor cuantía. Esta medida entrará en vigor al día siguiente de la publicación del real decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE). 

Igualmente, a través de este decreto ley se incrementa la duración máxima del subsidio, de forma que los beneficiarios podrán seguir percibiéndolo si no encuentran empleo hasta que les llegue la edad de jubilación.

Medidas sociales

En concreto, también se recupera la cotización a la Seguridad Social de los cuidadores familiares de personas dependientes, se duplican las cuantías no contributivas de las prestaciones familiares por hijo para luchar contra la pobreza infantil y se recoge una mejora de las cuantías mínimas de las pensiones por incapacidad permanente total.

En materia de autónomos, el texto apunta que se pagarán las cuotas por todas las contingencias a los trabajadores por cuenta propia que se encontrasen en situación de incapacidad temporal antes de la entrada en vigor del Real Decreto de revalorización de pensiones y otras medidas urgentes en materia social, que se aprobó el pasado mes de diciembre, una vez transcurridos 60 días de incapacidad temporal.

Además, se recogen medidas relativas al Plan de Garantía Juvenil, destinado a mayores de 16 años y menores de 30 años. Así, entre otros, se establece que los servicios públicos de empleo podrán solicitar la inscripción en el sistema de personas inscritas como demandantes de empleo, siempre que cumplan con los requisitos y que informarán de esta circunstancia a la persona interesada a efectos de que la misma pueda ejercer sus derechos.

Bonificaciones a la contratación

También se establecerán bonificaciones a la contratación de parados de larga duración. Así, los empresarios que contraten indefinidamente a personas desempleadas inscritas en el SEPE, al menos 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación, tendrán derecho a una bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social por trabajador de 1.300 euros al año durante 3 años, cifra que ascenderá a 1.500 euros anuales si la contratada es una mujer.

En el ámbito agrario se darán bonificaciones a la conversión de contratos eventuales de trabajadores agrarios en contratos indefinidos o contratos fijos discontinuos. Asimismo, habrá una reducción a la mitad de las cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores fijos discontinuos de las empresas de sectores de turismo, hostelería y comercio durante los meses de febrero, marzo y noviembre.

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