Hacienda determina que los autónomos que teletrabajen por el coronavirus no podrán deducirse los gastos que ocasione en su hogar

Teletrabajo

Reuters

  • Hacienda rechaza que los autónomos que hayan comenzado a teletrabajar por el impacto del coronavirus no tienen derecho a las ventajas fiscales que existen para quienes trabajan habitualmente desde su casa.
  • De este modo, los trabajadores por cuenta propia que trasladaron su actividad a su domicilio por motivos derivados de la pandemia no podrán acceder a la deducción del 30% de sus gastos domésticos.
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El teletrabajo ha permitido que muchas empresas, especialmente las que se dedican a actividades que no se realizan de cara al público, sorteen las restricciones de movilidad y de actividad implantadas para frenar los contagios de coronavirus. Así, desde marzo, muchos han convertido su domicilio en una oficina improvisada, acelerando la implantación del trabajo en remoto en España.

Así, el porcentaje de teletrabajadores se disparó en los primeros meses de la pandemia, pasando de un 5% de profesionales que desempeñaban sus tareas en remoto en 2019 a un 34% a mediados de 2020. Sin embargo, esta mudanza de la oficina a casa ha supuesto también una carga extra de trabajo para la mayoría de españoles que ha puesto a prueba la conciliación entre el ámbito laboral y el personal, hasta el punto de que el Gobierno legisló al respecto en octubre.

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Además del aumento de las horas extra, recurrir al trabajo a distancia también genera gastos extra para los trabajadores, que ven aumentar su consumo energético o de internet. En el caso de los trabajadores autónomos, pueden deducirse un 30% de esas facturas por la parte de su hogar que corresponda a su área de trabajo, aunque Hacienda acaba de precisar que esas deducciones no se aplican a todos los trabajadores por cuenta propia.

Deducciones solo para quien teletrabajase antes de la pandemia

Concretamente, esa deducción se implantó en la ley de autónomos aprobada en 2017, en la que se determinaba que un trabajador con una vivienda de 100 metros cuadrados que destine al ámbito laboral 20 metros de su superficie, podrá beneficiarse de una deducción del 30% de esa proporción, lo que se convertiría en una rebaja impositiva final del 6% en el pago del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Sin embargo, la Dirección General de Tributos del Ministerio de Hacienda ha determinado que los autónomos que  hayan comenzado a teletrabajar por causas derivadas de la pandemia de coronavirus no tienen derecho a disfrutar de las ventajas fiscales que se le aplican a los que realizan habitualmente su oficio desde su domicilio, dado que considera que se se trata de una situación “ocasional y excepcional”, segúnCinco Días.

Ese dictamen ha partido de una consulta vinculante de una autónoma que ha comenzado a teletrabajar por el coronavirus y reclamaba deducirse la parte de sus gastos en suministros del hogar de los que hace uso profesional. La Dirección General de Tributos ha rechazado esa petición alegando que para considerar esos gastos deducibles "es necesario que la vivienda habitual se encuentre parcialmente afecta a la actividad”, según el diario económico.

El organismo dependiente de Hacienda considera que, en este caso, la vivienda no está vinculada a la actividad sino que su uso está provocado por una circunstancia ocasional y excepcional relacionada con la pandemia. Este dictamen podría sentar precedente para otros trabajadores autónomos en la misma situación, limitando las ventajas fiscales a quienes ya teletrabajaban antes de la pandemia.

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