El Defensor del Pueblo cree que el 'decretazo digital' debe tener más garantías pero no presentará recurso al Tribunal Constitucional

Una protesta con teléfonos tras la sentencia del procés en octubre de 2019 en Barcelona.
Una protesta con teléfonos tras la sentencia del procés en octubre de 2019 en Barcelona.
  • El Consejo de Ministros aprobó de forma urgente un decreto en octubre de 2019 que permitiría al Ejecutivo intervenir en telecomunicaciones y servicios digitales.
  • La medida llegó en uno de los puntos álgidos de conflictividad social en Cataluña, y pasó a ser conocida como el decretazo digital 155 digital.
  • La Plataforma en Defensa de la Libertad de la Información (PDLI) pidió al Defensor del Pueblo que interpusiera un recurso de inconstitucionalidad, ya que solo pueden hacerlo él, gobiernos de las autonomías o un grupo de diputados.
  • Ahora el defensor, Francisco Fernández Marugán, dice que no lo hará para preservar su "neutralidad" y porque otros "sujetos legítimos" como el Govern catalán ya han anunciado la intención de presentar uno de estos recursos.
  • Igualmente, el Defensor del Pueblo considera necesario que el Real Decreto contemple el control judicial y parlamentario cuando el Gobierno estime oportuno intervenir telecomunicaciones.
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El Defensor del Pueblo no interpondrá un recurso de inconstitucionalidad contra el conocido como decretazo digital que el Gobierno en funciones de Pedro Sánchez aprobó en octubre de 2019. Francisco Fernández Marugán se ampara en su resolución en que ya hay "otros sujetos legitimados" como el Govern catalán o el Gobierno vasco que lo van a hacer.

Sin embargo, Marugán también entiende en su resolución —la puedes consultar aquí— que "los derechos fundamentales en juego exigirían reforzar las garantías para que la norma sea plenamente satisfactoria". En otras palabras: plantea que se contemple el control judicial y la intervención del Congreso cada vez que el Gobierno estime necesario intervenir telecomunicaciones y servicios digitales.

El decretazo digital es en realidad el Real Decreto 14/2019, "por el que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones". El propio Pedro Sánchez anunció la norma en una entrevista radiofónica cuando todavía era presidente en funciones.

El Gobierno evitó concretar sus motivaciones a la hora de anunciar este decreto, pero coincidió en uno de los momentos álgidos de la conflictividad social en Cataluña. La Generalitat había puesto en marcha un sistema llamado IdentiCAT que proveería de documentos de identidad digital a los ciudadanos catalanes, como el sistema Cl@ve que depende de la Seguridad Social, pero con tecnología blockchain.

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De hecho, uno de los articulados de este polémico decretazo digital erige al DNI español como el único documento que posibilita la plena identificación de un ciudadano.

A pesar de ser un real decreto y poder obviar así la tramitación parlamentaria, la Diputación Permanente del Congreso sí que tuvo que votar su convalidación para que entrase en vigor. Lo hizo con los votos favorables de PSOE, PP y Ciudadanos, con la negativa de ERC y la sorprendente abstención de Unidas Podemos.

En aquel momento, el ahora portavoz parlamentario de la formación morada advirtió en redes sociales que se abstuvieron con el fin de conseguir modificaciones que harían el decreto "mucho menos lesivo".

Reacciones a la resolución del Defensor del Pueblo

La Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) fue la encargada de presentar un escrito instando al Defensor del Pueblo a presentar este recurso de inconstitucionalidad. Al documento se adscribieron también la Asociación de Internautas, la Asociación de Usuarios de Internet, FACUA, el Grupo 17 de marzo y el colectivo Críptica.

También se sumaron, detalla PDLI en un comunicado remitido este lunes, varios juristas y abogados "con una larga trayectoria en el ámbito de la privacidad y seguridad digitales".

Ahora que se conoce la resolución del Defensor del Pueblo, la propia PDLI se ha considerado satisfecha. En palabras de Carlos Sánchez Almeida, abogado y director legal de la entidad, "la sociedad ha hecho su trabajo y de forma muy seria con un escrito muy solvente y elaborado".

"De cualquier modo, el Constitucional va a valorar si esta norma se adecúa en nuestro ordenamiento, y al mismo tiempo va a poder aclarar sus límites. Podremos tener garantías de que nuestros derechos y libertades ciudadanas no se verán alterados a causa de esta legislación de urgencia", incide.

Enric Luján, uno de los portavoces del colectivo Críptica, ha sido más severo.En un hilo en Twitter, ha lamentado que la decisión del Defensor del Pueblo haya sido negativa. Algunos argumentos de Marugán inciden en que el Gobierno está predispuesto al diálogo y que su institución ha de preservar la "neutralidad institucional".

Para Luján, esos planteamientos se desmoronan en el momento en el que no interponer un recurso de inconstitucionalidad contra el decretazo es "favorable a los intereses del Gobierno". También considera que cuando los derechos fundamentales están en juego, la supuesta 'voluntad de diálogo del Gobierno' no debería bastar".

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