La DGT enviará una carta para informar de la nueva normativa, con la que limita el uso de los "coches zombies"

La DGT es víctima de una estafa.

Paul Hanna/Reuters

  • La nueva normativa de la DGT establece un límite temporal de un año desde la fecha de solicitud de baja temporal para los ."coches zombies".
  • Se conoce como "coches zombies" a aquellos vehículos que están dados de baja de manera temporal pero siguen circulando por las carreteras.
  • Para evitarlo, la DGT enviará una carta este año a los conductores para informarles del cambio de normativa.
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Junto a los vehículos normales, circulan por España los "coches zombies", de similar aspecto pero con una importante diferencia: en realidad están dados de baja.

Se conoce como "coches zombies"a aquellos vehículos que están dados de baja de manera temporal —porque van a estar tiempo sin ser usados, y así las personas dueñas se ahorran gastos como el pago del seguro o el impuesto de circulación— y, sin embargo, siguen circulando por las carreteras o aparcados en la vía pública.

Hasta ahora no había un límite para la baja temporal de los vehículos, pero eso va a cambiar con la nueva normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT).

Entre las principales novedades que presenta el documento, se encuentra el establecimiento de un límite temporal de 1 año desde la fecha de solicitud de dicha baja temporal

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Pasado ese plazo, si la persona interesada no ha solicitado la prórroga, el vehículo volverá a estar en situación activa de forma automática, por lo que generará las obligaciones administrativas y fiscales que corresponda, como el impuesto de vehículos de tracción mecánica, informa la DGT.

Las multas establecidas por conducir los "coches zombies" pueden superar los 3.000 euros: 2.500 euros por circular sin seguro, 500 euros por hacerlo con el coche dado de baja y 200 euros si no se tiene la ITV en regla.

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Para evitarlo, la DGT enviará una carta este año a los conductores para informarles del cambio de normativa.

Este Real Decreto 265/2021, sobre los vehículos al final de su vida útil, ha sido publicado el 13 de abril de 2021 y entra en vigor al día siguiente de su publicación. A pesar de ello, la DGT recuerda que la Disposición transitoria segunda establece que las Administraciones públicas competentes adoptarán sus procedimientos y autorizaciones, así como los documentos de traslados a lo previsto en este RD en el plazo de un año desde su entrada en vigor.

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