La empresa no puede exigirte que te cojas los días de vacaciones en lugar de pagártelos cuando se termina el contrato

La empresa no puede exigirte que te cojas los días de vacaciones en lugar de pagártelos cuando se termina el contrato

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  • En muchos casos de finalización de contrato, la empresa dice al trabajador que disfrute los días de vacaciones que le quedan para no tener que pagárselos.
  • Sin embargo, esto solo puede darse en caso de común acuerdo entre ambas partes: no puede haber imposición unilateral.
  • El cobro de las vacaciones también influye en la cotización a la Seguridad Social.
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La empresa en la que trabajas decide terminar su relación contractual contigo, y te da el pertinente aviso con 15 días de antelación. Si tenías días de vacaciones que aún no habías disfrutado, te dice que los cojas y así no tienes que seguir trabajando. 

Es una situación que se da con bastante frecuencia en el mundo laboral, con la supuesta idea de que ambas partes ganan: la persona empleada —a la que le termina su contrato de trabajo temporal, o a la que han despedido— aprovecha los días de vacaciones que le quedan y se libra de trabajar hasta el último día; la empresa, por su parte, se ahorra tener que pagar esos días de periodo vacacional.

Sin embargo, conviene puntualizar que esto solo puede suceder en caso de acuerdo entre ambos, de forma voluntaria y no impuesta: la empresa no puede exigirle a la persona trabajadora que acepte esta situación. 

"La empresa no te puede decir que te cojas los días de vacaciones que te quedan para ahorrárselos", asegura en un tuit Daniel Toscani, profesor de la Facultad de Derecho en la Universidad de Valencia desde hace 25 años, y en la UOC desde hace 3.

"Debes seguir trabajando hasta el último día del contrato, te deben pagar todos los días de ese mes y luego aparte los de vacaciones", añade Toscani, que se define como apasionado del Derecho del Trabajo.

La empresa puede pedirlo, pero no imponerlo, ya que "el período o períodos de su disfrute [de las vacaciones anuales] se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador", recoge el Estatuto de Trabajadores en su artículo 38.2.

Si el trabajador no está de acuerdo, tiene derecho a continuar trabajando hasta el final del contrato y cobrar aparte las vacaciones no disfrutadas. Para ello, debería comunicar por escrito a la empresa la no aceptación de la imposición de las vacaciones, bien para que la empresa la deje sin efecto o para que conste su oposición de cara a una posible reclamación de esos días en el futuro.

"Las vacaciones deben disfrutarse de común acuerdo entre empresa y trabajador, por lo que no cabe la imposición unilateral. Si el trabajador no quiere disfrutarlas en los últimos días que quedan de contrato, la empresa no puede imponerlas. Por tanto, las tendrá que pagar", confirman fuentes laboralistas a Business Insider España.

Esto ocurre tanto en el caso de los contratos temporales como en los contratos indefinidos, e implica una diferencia importante de cara a la persona empleada. 

Si esta decide cobrar las vacaciones en lugar de disfrutarlas, no solo recibirá esa parte 'extra' de finiquito, sino que además sumará esos días de cotización a la Seguridad Social, lo que influye en prestaciones como el desempleo, la pensión o la jubilación.

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