¿Eres mutualista y Hacienda te debe dinero? Esto es lo que debes hacer
- Hasta junio, Hacienda había devuelto 1.415 millones de euros a mutualistas que pagaron de más en el IRPF.
- El sindicato de técnico del Ministerio de Hacienda (Gestha) afirma que hay 4,8 millones de mutualistas que pueden beneficiarse y reducir los rendimientos del trabajo por la parte de sus pensiones de jubilación o invalidez.
Según el último Informe de Recaudación Tributaria, publicado por Hacienda (y correspondiente a junio de 2024), el Ministerio ha devuelto hasta junio 1.415 millones de euros a los mutualistas que pagaron de más en el IRPF.
En concreto, tal y como apuntan en Europa Press, Hacienda ha dejado de ingresar 708 millones de euros por las devoluciones extraordinarias que se derivan de distintas sentencias del Tribunal Supremo, referentes a aportaciones o cotizaciones a mutualidades, que se dedujeron en el IRPF.
Y, según el sindicato de técnico del Ministerio de Hacienda (Gestha), hay 4,8 millones de mutualistas que pueden beneficiarse de dichas sentencias y reducir los rendimientos del trabajo por la parte de sus pensiones de jubilación o invalidez.
Si tú eres uno de ellos, y aún no has recibido tu dinero, esto es lo que puedes hacer.
Cómo solicitar la devolución a Hacienda si eres mutualista
En la propia web de la Agencia Tributaria explican que la disposición transitoria segunda (DT 2ª) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF) "ofrece la posibilidad de reducir la cantidad a incluir como rendimiento del trabajo en la declaración de la renta de cada ejercicio, cuando se perciban pensiones de jubilación o invalidez por aquellos mutualistas cuyas aportaciones no pudieron ser en su momento objeto de reducción o minoración en la base imponible. De esta forma se evita una doble tributación por dichas aportaciones".
Dicha devolución se puede solicitar:
- A través del formulario electrónico que la Agencia Tributaria publica en la Sede electrónica. Para su presentación, sólo es necesario disponer de número de Referencia, Cl@ve o certificado electrónico (incluido DNI-e).
- En el caso de las solicitudes referidas a 2023, además de presentar el formulario es necesario presentar en todo caso la propia declaración de Renta 2023.
¿Qué pasa al presentar el formulario?
Una vez presentado dicho formulario, agregan en Hacienda, se generará un justificante de presentación en el que se incluirá información sobre la solicitud presentada, si hubiera alguna circunstancia que advertir en ese momento al solicitante.
Posteriormente, si de los cálculos efectuados por la Agencia Tributaria:
- Resulta una cantidad a devolver: se producirá el abono de dicho importe en la cuenta bancaria indicada.
- No resulta cantidad a devolver: el solicitante recibirá una comunicación indicando esta circunstancia y el motivo. Si al solicitante no se le han aplicado retenciones, o bien ya se le han devuelto cuando presentó la declaración, en términos generales no habrá ya tributación que reducir por aplicación de la DT 2ª.
- No es posible calcular la reducción a aplicar con la información disponible: la AEAT le solicitará información adicional para realizar dicho cálculo.
¿Cómo saber el estado del formulario?
Si eres de los mutualistas a los que Hacienda les debe dinero, puedes consultar el estado de tu formulario a través del apartado 'Consulta de formularios presentados' de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, previa identificación con número de referencia, Cl@ve, certificado o DNI-e.
En caso de que quieras modificar el formulario, explican, tendrás que presentar un escrito por Registro, indicando el número de justificante o de referencia del formulario y el dato que se quiere modificar (número de teléfono y/o IBAN de la cuenta bancaria de la que sea titular el solicitante).
Si no estás de acuerdo con el resultado de la tramitación, puedes reclamar:
- Si la tramitación del formulario hubiera dado como resultado la presentación de una declaración de IRPF, podrás presentar una solicitud de rectificación de dicha declaración.
- Si la tramitación del formulario hubiera dado como resultado la rectificación de una declaración de IRPF previamente presentada por ti, podrás interponer recurso de reposición o reclamación económico administrativa contra la resolución de la Administración:
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