Un año desde el primer estado de alarma por coronavirus: España reaccionó rápido pero la inseguridad jurídica continúa, lamentan los expertos

Pedro Sanchez, en su conferencia con los presidentes autonómicos, confirma que pedira la sexta prorroga de la alarma
  • El 14 de marzo se ha cumplido el primer aniversario desde que el Gobierno decretó el primer estado de alarma por coronavirus en el país.
  • Los expertos coinciden en que se pudo reaccionar rápido, pero se han perdido oportunidades para legislar y regular mejor contra la pandemia.
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El 14 de marzo se ha cumplido el primer aniversario desde que el Gobierno de España decretó el primer estado de alarma por coronavirus. Ahora, la población sigue inmersa en otro, el que permite a las autonomías decretar toques de queda y que no terminará, como mínimo, hasta mayo.

La pandemia ha cambiado muchas cosas. Desde diversos sectores económicos hasta la misma forma en la que las personas se relacionan. También ha afectado a la política y al marco jurídico de todo un país.

En solo 12 meses la democracia española ha vivido multitud de dilemas jurídicos insólitos. Desde cómo puede comprobar un policía que un ciudadano no se ha alejado más de 100 metros de su vivienda, cuando comenzó la desescalada de la primera ola, hasta si un decreto que prohíbe fumar en la calle es proporcionado o eficaz.

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También ha generado desigualdades y problemas diversos. Cuando España se dotó de su Constitución y desarrolló legalmente cómo funcionarían los estados de alarma, de sitio o de excepción, nadie podía imaginar que una enfermedad respiratoria como el COVID-19 iba a poner en jaque a todo el sistema.

El marco jurídico permitió reaccionar rápido...

España tenía los mecanismos para reaccionar. "Pero los instrumentos jurídicos con los que contábamos no estaban pensados para una situación de excepcionalidad como esta", opina Josep Maria Aguirre, profesor del Departamento de Derecho Público de la Universitat de Girona. El experto recuerda que las competencias sanitarias del estado están delegadas en las comunidades.

Está de acuerdo con él Jaime Fernández-Paíno, jurista, politólogo y asesor parlamentario en una cámara autonómica. "Era muy difícil que el marco se adaptara a la pandemia, pero todo esto se ha acrecentado desde el momento en el que el último estado de alarma descentralizó y las comunidades autónomas comenzaron a tomar decisiones".

El primer estado de alarma que se decretó hace un año se fue prorrogando hasta mayo, cuando la desescalada de la primera ola permitió respirar a los centros hospitalarios. Pero de nuevo en octubre se volvió a plantear este instrumento legal. Primero para Madrid a cuenta de los cierres perimetrales, una polémica que ahora vuelve. Después, para todo el estado, mediante un decreto que dotaba a las regiones de la condición de autoridad delegada para decretar restricciones como el toque de queda.

"Las comunidades no tenían herramientas jurídicas propias para tomar ese tipo de decisiones, y todas se han acabado basando en un marco general muy parco [el actual estado de alarma] impreciso para permitirlo todo pero impreciso para que no sea un título habilitante válido", reconoce Fernández-Paíño.

El especialista plantea lo pertinente que habría resultado legislar o incluso reformar la propia ley que desarrolla los estados de alarma, excepción y sitio. "Nos hubiese permitido abordar las siguientes olas de la pandemia de otra manera. La inseguridad jurídica se ha desmadrado".

... pero se dejaron varias cosas en el tintero

Sergio Carrasco es abogado especialista en derecho tecnológico y consultor. "Medidas para dar esa respuesta inmediata sí hemos tenido, a merced de un decreto de alarma", coincide. "Es verdad que hay una serie de deficiencias y omisiones en las normativas para dar respuesta a los casos en los que no se pueden realizar reuniones", matiza.

Expone el caso de la Ley de Propiedad Horizontal para regular aquellas reuniones de comunidades de vecino, por ejemplo. O alude a las normas del teletrabajo o el derecho a la desconexión digital: desde que todo el mundo empezó a trabajar en remoto se han multiplicado los casos de jefes llamando a sus empleados hasta en la hora de comer. "Pero eso, más que falta de previsión, es falta de medios".

"En el ámbito laboral sí disponíamos de determinados instrumentos jurídicos que, con los ajustes necesarios, podían ayudar a dar respuesta a las necesidades que ha creado el COVID-19", considera Jordi Diosdado, asociado senior de Deloitte Legal y profesor de la OBS Business School. Se refiere a los ERTE. "La crisis sanitaria nos ha obligado a recuperar figuras jurídicas que hasta ahora no habían tenido un uso relevante".

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También reconoce que "se ha podido afectar a los derechos de algunos trabajadores" aunque no se pueda obviar "la gravedad de la situación y la celeridad con la que se han tenido que tomar determinadas decisiones".

"Prueba de ello la encontramos en la interpretación que, por ejemplo, se está realizando de la conocida popularmente como "prohibición de despedir". En este caso, pese a que la norma que introdujo esta limitación de despedir por causas vinculadas con el COVID-19 pronto cumplirá un año, todavía encontramos disparidad de criterios jurídicos en la aplicación de la norma por los tribunales".

"Un régimen sin control"

Los expertos sí comparten su preocupación porque el actual estado de alarma —el que se acabó decretando a finales del año pasado— mantiene una excepcionalidad que dura hasta nuestros días, un año después de que el Gobierno reaccionara a la pandemia con semejante magnitud.

Aguirre, de la Universitat de Girona, lo defiende así: "Tenemos un régimen jurídico basado en un estado de alarma que no está sometido a ningún tipo de control o de evaluación normativa". El profesor abunda en que cuando se levantó el primer estado de alarma en mayo, el que está vigente desde octubre nació con un plazo de 6 meses que culmina en mayo de este año. "Larguísimo".

Así, explica el docente, son muchos los tribunales superiores los que se están encargando de hacer ese preceptivo control. "En la legislación sanitaria autonómica había mecanismos oportunos para adoptar y limitar, si fuera necesario, derechos fundamentales. Desde el punto de vista del Ejecutivo ha habido jueces que de alguna manera eran razonables en unos lugares y no lo eran en otros", lamenta.

"No teníamos tantos precedentes en estados de alarma". Solo el de los controladores aéreos, rememora Sergio Carrasco, de Fase Consulting. "Con el actual estado de alarma nos encontramos con que se ha alargado durante un tiempo con el que se impide en la práctica el control continuo por parte del Congreso".

Al final, las autonomías son, como autoridades delegadas, las competentes de adoptar las medidas. Y no son medidas concretas que se recojan en un decreto de estado de alarma, "sino una lista de posibilidades" explica Carrasco.

Ello ha abierto la puerta a que sucedan cosas tan disparatadas como que el Tribunal Superior de Justicia de Baleares haya rechazado un recurso de los hosteleros después de que el Govern de las islas decretase su cierre por alta incidencia; cuando el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco anuló una orden similar de su Ejecutivo autonómico hace unas semanas.

Después de la pandemia

Carrasco ya avanza que la disparidad de criterios que se están dando en los tribunales superiores podrían resolverse en el Supremo, que sienta doctrina.

Pero más allá, cuando la pandemia sea cosa del pasado y el marco jurídico no esté tan tensionado como lo ha estado en los últimos meses, el jurista Jaime Fernández-Paíño se muestra bastante optimista. "Las cámaras parlamentarias son, más allá de políticas, legislativas. Su deber es legislar".

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"Los diputados y los parlamentarios tienen el mandato de legislar, aprobar leyes. Ante un problema de estas dimensiones es inaudito que en todo el país ningún parlamento autonómico haya votado nada sobre las restricciones. El marco normativo actual no los habilita a ello y los legisladores son conscientes", recuerda.

Diosdado reivindica cómo la mejora de la técnica legislativa, el desarrollo reglamentario y las interpretaciones judiciales podrían seguir contribuyendo a reducir las inseguridades jurídicas.

Entre tanto, ya ha pasado un año desde que las leyes empezaron a enfrentarse a algo tan desconocido como el coronavirus y sus crisis derivadas.

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