Estos son tus derechos como trabajador si te toca mesa electoral: permiso retribuido, reducción de jornada y dieta

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Mesa electoral en Madrid
  • Si te toca ser vocal o presidente de una mesa electoral debes saber que tienes derechos reconocidos como trabajador, por ejemplo, un permiso retribuido o reducción de jornada al día siguiente.
  • No acudir a la mesa se considera delito electoral y puede suponer pena de cárcel. Por lo tanto, aunque tengas que trabajar, hay pocas excusas válidas para librarte.

Tras las pasadas elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo, toca volver a las urnas el próximo 23 de julio para votar en las elecciones generales.

Esto no sólo significa que vas a volver a vivir la campaña electoral y que debes decidir a quien votar, si es que piensas ejercer tu derecho, también debes tener en cuenta las obligaciones que acarrean los comicios.

Ya sabes que te puede tocar participar en una mesa electoral. Las mesas las constituyen los propios ciudadanos, que deben actuar como presidentes o vocales.

La selección del presidente y los vocales se realiza por sorteo público entre todas las personas incluidas en la lista de electores de la mesa correspondiente.

Estas personas deben cumplir los siguientes requisitos: ser menores de 70 años (aunque a partir de los 65 años podrán manifestar su renuncia en un plazo de 7 días), saber leer y escribir y, en el caso del presidente o presidenta, tener el título de Bachiller o el de Formación Profesional de segundo grado.

 

Sabrás si te ha tocado mesa electoral unas 3 semanas antes de los comicios, recibiendo una notificación en tu domicilio por agentes de la Policía o por personal de Correos.

Una vez recibes la confirmación siempre surgen las mismas preguntas, una de las más frecuentes es esta: ¿puedes librarte de la mesa electoral si estás trabajando?

Lo cierto es que en muy pocos casos tienes derecho a ausentarte por motivos laborales. Eso sí, ser parte de una mesa electoral te concede una serie de derechos en el trabajo.

Derechos como trabajador si te ha tocado mesa electoral: ¿tienes que trabajar al día siguiente?

En el caso de que trabajes el día de las elecciones, tienes derecho a un permiso retribuido de la jornada completa. No perderás parte de tu sueldo ese día por estar en una mesa. 

Si te toca trabajar al día siguiente, que suele ser lo más común al caer casi todas las elecciones en domingo, tendrás derecho a una reducción de jornada de 5 horas. Esto también implica que no pierdes parte de tu sueldo.

"El turno de noche que comienza el día que se celebren las elecciones ha de computarse como jornada laboral del día electoral, y el derecho de reducción de 5 horas de la jornada de trabajo puede ejercerse en el turno de noche siguiente del trabajador", advierte la Junta Electoral sobre estos empleos con horario nocturno.

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Además, los miembros de la mesa electoral reciben una dieta de 70 euros. Antes era de 65 euros, pero este año se ha actualizado el importe.

Los suplentes que tengan que ejercer esta función por ausencia del titular también disfrutarán de estos derechos.

Te ha tocado mesa electoral y eres autónomo, ¿puedes librarte?

Los autónomos no tienen derecho a librarse de la mesa electoral sólo por el hecho de ser trabajadores por cuenta propia.

Existen algunas excusas legales para no acudir a una mesa electoral, por ejemplo, estar en situación de discapacidad, estar en período de gestación de más de 5 meses o prestar servicios esenciales.

Este último punto es el que está relacionado con los motivos laborales, aunque se dirige a profesiones como policías, bomberos, médicos o periodistas que cubren la jornada electoral.

Un autónomo lo tiene más difícil para justificar su ausencia por motivos de trabajo. Puede intentar justificar un grave perjuicio económico para su negocio, según explica El Confidencial, pero no será fácil acreditarlo.

Además, los autónomos no tienen derecho a reducción de jornada o permiso retribuido si están en una mesa electoral, aunque sí tendrán la dieta de 70 euros.

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