Esta es la única excepción en la que podrás circular a 150 km/h sin que te multe la DGT

Coches circulando por la M30.

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La velocidad máxima a la que puedes circular por una autovía o autopista es una de las cosas que más quebraderos de cabeza da tanto a conductores como a la propia DGT, que se encarga de fijarla. La última decisión que ha tomado este organismo es el prohibir superar en casi cualquier situación los 120 km/h, incluso para adelantar. 

Según publicaLa Vanguardia, el exceso de velocidad es el responsable de casi una cuarta parte de los accidentes mortales que ocurren en las carreteras españolas. En 2019, último año sin restricciones de movilidad, la velocidad inadecuada estuvo presente en el 23% de los accidentes de tráfico con víctimas mortales. Este factor está por delante de las distracciones y el alcohol.

Es por eso que en la última remodelación que ha hecho la DGT de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, que entró en vigor el pasado 21 de marzo, han querido tener presente la velocidad. Además de eliminar la norma que dejaba rebasar en 20 km/h la velocidad máxima en los adelantamientos, también ha bajado a 30 km/h el límite máximo para circular por ciudad.

Las multas por saltarse los límites de velocidad van de 100 a 600 euros y pueden suponer la pérdida de hasta 6 puntos del carnet. Para controlar que estas señales se respeten, los organismos que controlan el tráfico de cada comunidad han desplegado una amplia red de radares de diferentes tipos.

De hecho, en la semana que duró la campaña de vigilancia y control de la velocidad realizada por la DGT, que fue del 4 al 10 de julio, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil establecieron 2.274 puntos de control de velocidad y controlaron a 747.303 vehículos, lo que supone 351 puntos de control más y un 25% más de vehículos controlados que en la misma campaña del año pasado.

 

Además, la DGT indica que debido al repunte de los accidentes mortales en autopistas y autovías, durante la campaña se aumentó en diez puntos el número de controles realizados en estas vías rápidas, llegando a realizarse el 54,4% del total de los controles. Los datos señalan que de los más de 42.000 conductores controlados, casi un 6% de ellos iba a una velocidad superior de la permitida.

Sin embargo, en medio de esta polémica, la DGT permite a un grupo de conductores que puedan llegar a circular a 150 km/h por autopistas o autovías. Solo podrán hacerlo aquellas personas que conducen un vehículo en fase de ensayo o experimentación. Para poder hacerlo, necesitan obtener un permiso especial que otorga Tráfico.

Esta excepción está recogida en el Reglamento General de Circulación. “Los vehículos a los que, por razones de ensayo o experimentación, les haya sido concedido un permiso especial para ensayos podrán rebasar las velocidades establecidas como máximas en 30 kilómetros por hora, pero solo dentro del itinerario fijado y en ningún caso cuando circulen por vías urbanas, travesías o por tramos en los que exista señalización específica que limite la velocidad”, señala la norma. 

Esto significa que estos coches deben pedir permiso primero a la DGT. Además, estos vehículos deben ir señalizados con la V-12 de color rojo, con las iniciales FV (Fabricante de Vehículos) en color blanco, que se concede por un periodo máximo de un año a los fabricantes que lo solicitan.

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