El Gobierno actualiza el 'check-in' en los hoteles para aumentar la seguridad frente al COVID-19

Cuánto gana un recepcionista

Con el objetivo de reforzar la seguridad frente al COVID-19 de todo aquel que se aloje en establecimientos hoteleros en España, el Ejecutivo ha actualizado el procedimiento de check-in que realizan los turistas a su llegada, según una Orden firmada por el Ministerio del Interior y publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Como señala Europa Press, la norma entrará en vigor dentro de 20 días para sustituir a la actual que no recoge la posibilidad de que se firmen los partes de entrada de viajeros en soporte digital o que los libros-registro sean conservados en ese formato.

Este cambio agilizará todo el proceso del check-in que llevan a cabo los recepcionistasreforzando así las medidas de seguridad frente al coronavirus. 

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Con la finalidad de facilitar que los establecimientos implementen todas las medidas sanitarias, el Gobierno actualiza así el modelo de impreso de partes de entrada. 

Estas modificaciones se adaptan a las prescripciones legales relativas al derecho de las personas a relacionarse con la administración a través de medios electrónicos, así como a las novedades de la normativa de protección de datos de carácter personal, informa Europa Press.

Los partes de entrada de viajeros deberán ajustarse a este nuevo modelo y serán generados por los propios establecimientos, que podrán cumplimentarlos por procedimientos manuales o por procedimientos informáticos. Los huéspedes deberán siempre firmar dicho parte ya sea en papel o de manera digital. 

Según se publica en el BOE, los libros-registro en formato impreso se ordenarán de forma correlativa, constituyendo libros o cuadernos que integrarán un mínimo de 100 hojas y un máximo de 500. Los de formato digital, por su parte, deberán ser compatibles con los medios electrónicos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y estar siempre a su disposición.

Además, los establecimientos deberán conservar los libros-registro durante 3 años, a contar desde la fecha de la última de las hojas registro que los integran, o, en su caso, desde la fecha de grabación de la información cuando se conserve por medios digitales.

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