El Gobierno ajusta "por la situación económica" el dinero que ganarás si te toca estar en una mesa electoral este año

Miembros de una mesa electoral en las elecciones de Andalucía del 19 de junio de 2022.

Reuters

  • La dieta por estar en una mesa electoral en los próximos comicios será de 70 euros, 5 más que lo establecido anteriormente. 
  • Además de por adaptación a la "situación económica", también se ha decidido redondear la cifra porque en muchos casos se sigue pagando en efectivo.

No se hace por dinero, sino por obligación. Pero ya que no existe alternativa, al menos meter algo en el bolsillo. En los próximos comicios, las personas a las que les toque estar en una mesa electoral cobrarán una dieta de 70 euros. Supone un aumento de 5 euros respecto a los 65 que se cobraban anteriormente. 

En una Orden Ministerial publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) este lunes, 6 de marzo, el Ministerio del Interior decreta este aumento por la "conveniencia de adaptar a la situación económica actual la compensación a percibir por los ciudadanos elegidos para participar como miembros de mesa en los procesos electorales que se celebren".

Aclaran que quienes recibirán esta cantidad serán los titulares de la mesa electoral —presidente y 2 vocales—, y por jornada electoral, aun cuando en la misma se celebren varios procesos (el domingo 28 de mayo de 2023 hay elecciones municipales y autonómicas). Los suplentes solo tendrán derecho a la dieta si finalmente adquieren la condición de titulares.

Redondear porque se sigue pagan mucho en efectivo

Indican que la regulación de lo que ganaban los miembros de una mesa electoral estaba regulada anteriormente por otra Orden del 7 de marzo de 2019, que la establecía en 65 euros. 

Hasta esa fecha, recuerdan, "las dietas de los miembros de mesas electorales se actualizaban en la misma medida que las retribuciones de los empleados públicos, si bien este sistema dificultaba considerablemente la gestión de los pagos, fundamentalmente en los casos, aun mayoritarios, en que se llevan a cabo en efectivo". 

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Por lo tanto, agregan, "se hacía aconsejable redondear el importe de la dieta para facilitar estos pagos. La orden se adecúa a los principios de buena regulación, de conformidad con el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas".

Se cumple también, señalan, "el principio de proporcionalidad, pues se llevan a cabo los cambios normativos imprescindibles para alcanzar estrictamente los objetivos perseguidos".

¿Cómo se designan los miembros de una mesa electoral?

En la web Info Electoral, del Ministerio del Interior, se explica que la formación de las mesas electorales corresponde a los ayuntamientos, bajo la supervisión de las Juntas Electorales de Zona. 

El nombramiento de los integrantes de la mesa electoral es competencia, por tanto, de cada Ayuntamiento y se eligen por el Pleno Municipal, mediante sorteo público, utilizando cualquier procedimiento aleatorio o mecanismo al azar, entre los días 25º y 29º posteriores a la convocatoria.

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Se designarán 2 suplentes por cada miembro de la mesa electoral (2 por cada uno de los vocales, y otros 2 suplentes para el presidente o presidenta de la mesa).

Una vez realizado el sorteo, los consistorios no publican los resultados, únicamente se lo notifican a los designados.

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