Un hombre se gana el derecho legal a no ser "divertido" en el trabajo tras negarse a aceptar el "exceso de alcoholismo" y la "promiscuidad" que reinaban en la empresa

Stephanie Stacey,
El hombre trabajaba para la consultora parisina Cubik Partners (no aparece en la foto).
El hombre trabajaba para la consultora parisina Cubik Partners (no aparece en la foto).Britt Erlanson/Getty Images
  • El hombre fue despedido de una consultora en 2015 por no adherirse a los valores de "diversión" de la empresa, incluyendo "exceso de alcoholismo" y "promiscuidad", según el expediente judicial.
  • El tribunal dictaminó que el empleado estaba ejerciendo su "libertad de expresión" al negarse a participar.

Un tribunal francés ha dictaminado que las empresas no pueden despedir a sus trabajadores por no ser suficientemente "divertidos".

La sentencia se produce después de que un hombre, al que se denomina Sr. T, fuera despedido de la consultora parisina Cubik Partners en 2015 por negarse a participar en los after work.

Según los documentos judiciales, el Sr. T se incorporó a la empresa en febrero de 2011 y fue ascendido en 2014, pero fue despedido un año después, en marzo de 2015, por "incompetencia profesional", concretamente por negarse a adherirse a los valores de "diversión" de la empresa. Cubik Partners también especificó que era difícil trabajar con el Sr. T y que no sabía escuchar. 

Según el Tribunal de Casación, los valores de "diversión" de la empresa incluían eventos sociales obligatorios regulares que culminaban en un "alcoholismo excesivo fomentado por compañeros de trabajo que ponían a disposición cantidades muy grandes de alcohol", así como "prácticas impulsadas por colegas que implicaban promiscuidad, intimidación e incitación a diversos excesos".

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El tribunal —equivalente al Tribunal Supremo español— también señaló varias prácticas "humillantes e intrusivas" promovidas por Cubik Partners, entre ellas simulaciones de actos sexuales y la obligación de compartir la cama con un compañero de trabajo.

En una sentencia emitida el 9 de noviembre, el tribunal considera que la falta de participación del Sr. T en los valores de "diversión" de la empresa y su "comportamiento crítico" fueron las razones citadas para su despido. 

El tribunal dictaminó que el Sr. T estaba ejerciendo su "libertad de expresión" al negarse a participar en las actividades sociales de la empresa, y que el ejercicio de esta "libertad fundamental" no podía ser una razón para su despido.

Cubik Partners no ha respondido a las preguntas de Business Insider.

La demanda del Sr. T de 461.406 euros por daños y perjuicios fue rechazada previamente por el Tribunal de Apelación de París en 2021, pero la reciente sentencia del Tribunal de Casación anuló parcialmente este fallo.

El tribunal condenó a Cubik Partners a pagar al Sr. T 3.000 euros y examinará la demanda del Sr. T por daños y perjuicios en una fase posterior.

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