Así fue el juicio del procés en el Tribunal Supremo y esto es lo que cabe esperar de la sentencia: qué se ha investigado, quiénes son los acusados y qué pasará ahora

Líderes independentistas catalanes en la Sala del Supremo
Líderes independentistas catalanes en la Sala del Supremo

Cincuenta sesiones, seiscientas testificales y cuatro meses: estos son los números que ha dejado la vista de la causa soberanista que se ha dirimido este año en el Tribunal Supremo. Tras las pesquisas de la Sala de lo Penal, se espera que esta semana, probablemente el mismo lunes, se conozca la sentencia.

De hecho, este mismo fin de semana se ha filtrado una presunta sentencia que apunta a que habrá condenas por sedición. Es la tesis que defendía la Abogacía del Estado frente a la Fiscalía, que exigía penas por un delito de rebelión.

Varios medios filtraron esta información, que también recogió Business Insider este sábado. Sin embargo, La Vanguardia recogía unas declaraciones del magistrado del caso que apuntaba cómo podría haber cambios de última hora, ya que podrían generarse discrepancias hasta el último minuto.

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De hecho, el mismo periódico incidía este fin de semana en que los magistrados que tendrán que firmar la sentencia lo harán este mismo lunes por la mañana.

La sentencia, sea cierta o no esta filtración, dejará claro si los doce acusados cometieron un delito de rebelión consumado o un delito de sedición tras los hechos que transcurrieron entre mediados y finales de 2017 y que se ha venido a conocer como el 'procés' soberanista catalán.

En otras palabras: un conjunto de hechos por el cual se promovió una declaración unilateral de independencia por parte de Cataluña.

Repasamos las claves de cómo ha sido este mediático juicio y las posibles consecuencias que provocará su esperada sentencia.

Qué se investigaba

Protesta en Barcelona por el juicio del 'procés'
Protesta en Barcelona por el juicio del 'procés'

Lo que se ha investigado en estos cuatro meses de vista oral ha sido si efectivamente los líderes independentistas acusados participaron e instigaron lo que se ha venido a definir como el ‘procés’: un conjunto de hechos por el cual se ha promovido una declaración unilateral de independencia por parte de Cataluña.

Para los doce acusados; Fiscalía, Abogacía del Estado, o la acusación popular que ha ejercido el partido Vox han solicitado diversos delitos: desde el delito de rebelión, sedición o malversación de caudales públicos hasta los delitos de organización criminal y malversación.

Quiénes son los acusados

Una estampa del juicio del 'procés' en el Supremo

Están formalmente acusados el exvicepresidente de Cataluña, ocho de sus exconsejeros, la expresidenta del Parlament de Cataluña y Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, presidentes de dos asociaciones independentistas; Assemblea Nacional de Catalunya  (ANC) y Òmnium Cultural (Òmnium).

La lista completa de acusados:

  • Oriol Junqueras, exvicepresidente del Govern y exconseller de Economía y Hacienda.
  • Joaquim Forn, exconseller de Interior.
  • Jordi Turull, exconseller de la Presidencia y exportavoz del Govern.
  • Raül Romeva, exconseller de Asuntos Exteriores y Relaciones Institucionales.
  • Josep Rull, exconseller de Territorio y Sostenibilidad.
  • Dolors Bassa, exconsellera de Trabajo y Asuntos Sociales.
  • Meritxell Borràs, exconsellera de Gobernación.
  • Carles Mundó, exconseller de Justicia.
  • Santi Vila, exconseller de Empresa y Conocimiento.
  • Jordi Sànchez, expresidente de la ANC.
  • Jordi Cuixart, expresidente de Òmnium.
  • Carme Forcadell, expresidenta del Parlament.

Solo Santi Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó están en libertad bajo fianza.

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Hay hasta siete líderes independentistas huidos de la justicia y, por tanto, declarados en rebeldía: el expresidente Carles Puigdemont; el exconseller de Salud, Toni Comín; la exconsellera de Enseñanza, Clara Ponsatí; la secretaria general de ERC, Marta Rovira; los exconsellers de Agricultura y Cultura, Serret y Puig; o la exdiputada de la CUP, Anna Gabriel.

Qué diferencia hay entre delito de rebelión y sedición

Una mujer protesta contra el Supremo
Una mujer protesta contra el Supremo

El Código Penal español tipifica el delito de rebelión como un delito contra la Constitución. Cometen delito de rebelión quienes se alzan “violenta y públicamente” con el objetivo de “derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución”, y en uno de sus puntos, más concretamente: “declarar la independencia de una parte del territorio nacional”.

Sin embargo, el delito de sedición se considera sencillamente un delito contra el orden público, y lo cometen aquellos que “sin estar comprendidos en el delito de rebelión”, se alzan “pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes”. El Código Penal lo detalla en su artículo 544 (y siguientes).

Es fundamental comprender la diferencia entre ambos delitos, ya que las conclusiones de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado ya han chocado en este punto, como se demostró en la lectura de sus partes la semana pasada.

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Las filtraciones de este fin de semana apuntan a que la sentencia, a falta de ser firmada por los magistrados, se acercaría a la tesis de la Abogacía del Estado, en contra del criterio de la Fiscalía, entendiendo que los hechos no acarrearon la violencia suficiente para encajar en el tipo de rebelión, castigado con penas más altas. 

Qué decía la acusación

Ortega Smith, de Vox, como parte de la acusación popular en el Supremo
Ortega Smith, de Vox, como parte de la acusación popular en el Supremo

La Fiscalía, por su parte, expuso su informe final en la Sala del Supremo. El fiscal Javier Zaragoza asumió la tesis de un delito de rebelión al existir una violencia “física, compulsiva e intimidatoria” e “insurreccional”, al menos en octubre de 2017 —momento en el que se da el referéndum ilegal del 1-O y varios incidentes, como el que tuvo lugar el 20 de septiembre en un registro en la Conselleria de Exteriores—.

Zaragoza incide en que los acusados han protagonizado un “golpe de estado” y acusa al exvicepresidente Oriol Junqueras, hoy en prisión preventiva, de haber sido el “motor principal de la rebelión”.

Rosa María Seoane es la jefa de lo Penal en Abogacía del Estado y fue la encargada de leer las conclusiones finales de la misma la semana pasada. “El uso de la violencia no ha sido uno de los elementos estructurales del plan llevado a término por los acusados como un medio de conseguir los fines ni se organizó de manera proporcionada”, zanjó.

En la acusación también estuvo Vox, defendido por Javier Ortega-Smith. No es el único pleito en el que la organización de extrema derecha ha intentado estar presente: este verano también se querellaron con el expresidente del Gobierno español, José Luis Rodríguez Zapatero.

Qué dijo la defensa

Junqueras, en el juicio del procés en el Supremo
Junqueras, en el juicio del procés en el Supremo

Desde dudar de la independencia del tribunal hasta apuntalar la tesis de que la causa dirimida es “política”. La estrategia de las defensas ha variado en los últimos meses desde que arrancara la vista. En la presentación de sus argumentos, en el inicio de la misma, la defensa de Junqueras llegó a tildar el juicio de una “causa general contra los independentistas”.

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Los momentos de fricción entre los abogados de los acusados y el presidente de la Sala, Manuel Marchena, han sido muy seguidos y comentados en los medios de comunicación, hasta el punto de que advirtieron el pasado mes de marzo de que interpondrían una queja formal contra el magistrado por suplantar a la acusación durante un interrogatorio.

Visto para sentencia: qué esperar

Una imagen de la Sala del Supremo que dirime el juicio de procés
Una imagen de la Sala del Supremo que dirime el juicio de procés

Se espera que los magistrados de la Sala de lo Penal del Supremo publiquen la sentencia esta semana. El principal objetivo de la Sala será lograr unanimidad en la misma, tanto en el relato de los hechos probados como en los fundamentos jurídicos que determinen la dirección del documento, según ha publicado La Vanguardia.

Todavía puede ocurrir que la sentencia no se publique este mismo lunes porque uno de los magistrados decida emitir su voto particular. Este pasado fin de semana les ha servido como particular jornada de reflexión para ello, al margen de la filtración.

Medios como El País, sin concretar el origen de su información —solo "fuentes jurídicas"—, ya avanzaron el pasado viernes que el Supremo ya habría descartado que hubiese tenido lugar la comisión de un delito de rebelión: habría implicado entre 15 y 25 años de cárcel.

A pesar de ello, y según la misma información de El País, los magistrados si han considerado que hubo violencia el 1-O, jornada del referéndum ilegal, y en el rodeo a la Conselleria de Economía que tuvo lugar entre los días 20 y 21 de septiembre de 2017.

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Sobre qué podría pasar ahora, el diputado de ERC en el Congreso, Gabriel Rufián, vaticinó hace meses en eldiario.es que probablemente habrá elecciones autonómicas en Cataluña en febrero y que en caso de darse una sentencia en términos duros, sería “inevitable paralizar el país —por Cataluña— de una forma continuada”.

De hecho este es el principal medio del Gobierno de Sánchez en funciones, que ha trasladado centenares de efectivos de la Policía Nacional y de la Guardia Civil este fin de semana a Cataluña como explicaba en este artículo El Confidencial.

¿Hubo violencia? ¿De dónde viene todo esto?

Un hombre vota con una estelada en un acto por el aniversario del 1-O
Un hombre vota con una estelada en un acto por el aniversario del 1-O

El uso de la violencia o no es un elemento nuclear de esta causa judicial. Si la hubo o no lo tendrán que dictaminar precisamente los magistrados del Supremo.

Pero en lo que ha durado la vista oral, se ha pivotado en todo momento varias fechas, como fueron las movilizaciones ciudadanas cuando llegaron las primeras requisitorias judiciales para inspeccionar las distintas sedes del Govern en búsqueda de las urnas del 1-O.

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En este sentido, cabe recordar lo que sucedió en aquellas fechas: el gobierno de Carles Puigdemont anunció la celebración de un referéndum de independencia para el 1 de octubre de 2017. A menos de un mes de esa fecha, el Constitucional suspendió la convocatoria del comicio, que se había organizado mediante una Ley de referéndum aprobada en el Parlament autonómico.

A pesar de su suspensión, el 1-O finalmente tuvo lugar. Lo hizo rodeado de una fuerte polémica. El Gobierno envió una dotación especial de agentes de la Policía Nacional y de la Guardia Civil. La prensa internacional se hizo eco de escenas en las que vecinos, de forma coordinada y organizada, recuperaban las urnas que habían sido ocultadas previamente para evitar las requisitorias judiciales.

Finalmente, y a pesar de las cargas, más de 2,2 millones de ciudadanos catalanes (según datos no verificados del gobierno catalán) lograron participar en este referéndum.

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Las cargas policiales y las manifestaciones se sucedieron a lo largo de los días, antes, durante y tras la celebración del referéndum del 1-O. A finales de octubre, el Parlament aprobó y leyó una declaración unilateral de independencia el mismo día en el que el Senado se aprobaba la aplicación del artículo 155 de la Constitución, que implicaba la suspensión de la autonomía y la convocatoria de elecciones para diciembre de ese año.

Después arrancaría la causa por el procés en el Supremo…

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