Mercadona no podrá usar su sistema de reconocimiento facial en sus tiendas por orden de la justicia

5 productos de Mercadona que no son tan saludables como se venden
5 productos de Mercadona que no son tan saludables como se venden

GETTY IMAGES

  • La Audiencia Provincial de Barceloan le ha negado la autorización a Mercadona para utilizar su sistema de reconocimiento facial.
  • Se ampara en una violación del derecho a la imagen, así como de que no se trata de una medida que protege el interés público.
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Mercadona es, posiblemente, la cadena de supermercados mas conocida y extendida en España, y la estrategia de la compañía a lo largo de los últimos años ha jugado un papel clave en la posición que ha alcanzado la empresa. 

A mediados del 2020 la compañía anunció había instalado más de 40 cámaras de reconocimiento facial en algunas de sus tiendas a lo largo y ancho de España, algo que motivó que la Agencia Española de Protección de Datos comenzara una investigación al respecto, pese a que Mercadona aseguraba que había tomado esta medida "siempre en constante contacto con las autoridades correspondientes para garantizar la total protección y todas sus garantías legales".

Pero ahora es la audiencia provincial de Barcelona la que ha negado a Mercadona la autorización para utilizar estos sistemas de reconocimiento facial.

Según recoge eldiario.es, en un auto dictado por esta, se ha determinado que estas medidas por parte de Mercadona no protegen el interés público sino los intereses privados de la empresa, ya que estos sistemas se han instalado para detectar clientes con orden de alejamiento de sus tiendas. 

En un juicio de la cadena de supermercados contra clientes que habían robado con violencia en el establecimiento, la defensa de uno de ellos consideró esta proposición como una violación del derecho de protección a la imagen de su cliente.

Por su parte los jueces defienden que se debe preguntar con qué consentimiento recaba Mercadona estas imágenes y "por qué mantienen una base de datos de fotografías de gente", a lo que Mercadona argumentó que el sistema detecta en 0,3 segundos a los individuos que han sido condenados, por lo que las imágenes del resto de clientes no se guardan en su base de datos.

Los magistrados han considerado que la rapidez no exime a la compañía de una violación de la privacidad, algo que les ha llevado, finalmente, a negar la instalación de estos sistemas de reconocimiento facial, al no tratarse de una medida proporcional ni necesaria.

A pesar de que se trata de un proceso judicial con base en Barcelona, fuentes han afirmado a eldiario.es que esta vigilancia nunca estuvo activa en ningún comercio de Cataluña, ya que se inició como un proyecto que finalmente y no está funcionando en ninguno de sus supermercados.

Por su parte las investigaciones por parte de la Agencia Española de Protección de Datos siguen en curso por lo que posiblemente dentro de no demasiado tiempo —deben conocerse sus resultados antes de este próximo mes de julio— haya más información acerca de este sistema de reconocimiento facial que Mercadona ha tratado de implantar.

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