Por qué las falsificaciones encuentran en la moda una ciudad sin ley: de la propia naturaleza del 'fast fashion' a la esperanza de que el Gobierno les ponga coto

Moda en Instagram.

El auge del comercio online y el escaparate que encarnan las redes sociales han abierto la puerta de par en par a la proliferación de las falsificaciones de productos de moda con, a priori, la indulgencia de las plataformas digitales.

Un informe de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) ponía cifras a esta problemática: el 56% de los artículos incautados en 2020 procedían del comercio online. El grueso —el 51%— eran productos de moda. El calzado copaba un 33,7% de las incautaciones y las prendas de vestir, un 17,3%. 

"El principal problema es que se trata de un mercado más porque hay una oferta y una demanda", sostiene José Antonio Gil Celedonio, director de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). 

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El responsable en terreno nacional sobre propiedad industrial pone en el centro el componente social del problema: "Es evidente que el usuario que demanda falsificaciones siente menos peligro comprando una camiseta o un zapato que, por ejemplo, consumiendo un medicamento".

Que el producto falsificado —y consumido— sea a los ojos del usuario menos lesivo, sumado al hecho de que el mercado evoluciona más rápido que la propia legislación aplicable, trae consigo una estandarización de la falsificación en la moda.

Una problemática propiciada, en parte, por la naturaleza del propio sector y que, aunque no es nueva, sí vive su momento más álgido con la guerra creativa que enfrenta a Zara con el gigante Shein por la similitud de sus modelos y su visibilidad en plataformas como TikTok e Instagram.

Por qué la diferencia entre plagio y copia es clave

"La moda es protegible como propiedad intelectual en tanto en cuanto solo debe cumplir el requisito de originalidad que, en suma, exige que la prenda refleje la libertad de elección y personalidad del autor", explica Jorge Oria, abogado en ClarkeModet.

El director de servicios legales de uno de los mayores grupos especializados en propiedad industrial precisa que la industria textil podría gozar de la misma protección que una obra musical. 

Sin embargo, la propia naturaleza del sector —por su temporalidad y su producción en masa— hace que la modalidad usada sea la propiedad industrial. 

Gil Celedonio precisa la normativa: "La vulneración de los derechos de marca y de diseño son derechos de la propiedad industrial". Por ello, es "importante entender que se plagia un libro porque se remite a obras artísticas, y se copia una prenda de ropa".

La cabeza visible de la OEPM explica, de esta forma, cuándo y en qué términos se produce la infracción: "Cuando existe la reproducción masiva de un producto sea de la firma que sea se vulneran ambos derechos: tanto el de marca como el de diseño correspondiente a esta". 

"El mal está en el propio concepto de moda que estemos manejando"

Zapatillas

Reuters

El modelo propiedad industrial, precisa Oria, se creó, expresamente, para proteger la moda pues se entendió que, tal vez, la opción del registro —por sus costes y trámites— no fuera efectiva para diseños que apenas duran una temporada. 

Una visión que también apoya Cristina Gilabert, abogada en Pons IP: "Estuvo muy pensada para sectores efímeros como es la moda rápida". 

La problemática radica en la propia esencia del sector: "La moda es volátil por naturaleza y parece no ganar fuerza invertir un dinero, pasar por un proceso de registro y obtener un derecho para defenderse de algo que, probablemente, ya tienes amortizado". 

Cuando una gran enseña se percata de la proliferación de una copia, es posible que ya esté directamente ideando la siguiente colección. "El mal está en el propio concepto de moda que estamos manejando y consumiendo", sentencia.

En esta línea opina Nacho Carrillo, director de Servicios Legales de Smart Protection: "Desde que se diseña la colección hasta que se pone a la venta en tienda, lo ideal es que pase el menor tiempo posible y hay un problema generalizado de tiempos y plazos que no van en línea con lo que demanda el mercado".

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No tan de acuerdo está el propio sector. Desde la Confederación Moda España apuntan a la propia normativa: "Si copias el tejido, el patrón y el diseño de un vestido, pero le añades un bordado nuevo, ya no se considera la misma prenda". 

La única solución, añade Carrillo, sería proteger cada colección, algo que se hace en algunas empresas, pero que no es viable, en términos generales, en el fast fashion. Sin ir más lejos, solo en 2021, Inditexpuso en el mercado más de565 toneladas de artículos, de acuerdo a su memoria anual.

Pero tampoco es viable en negocios más pequeños: "Hay que tener en cuenta que una pyme debería registrar una media de 150 artículos cada 6 meses". Es el ejemplo que pone la asociación que, acto seguido, señala la falta de ayudas económicas para poder blindar estas prendas. 

Una normativa desfasada y a "rebufo" de la realidad digital

A poner freno a este atropello sistemático de los derechos tampoco ayuda que todo confluya en el terreno digital. 

El principal escollo, en opinión del director de la OEPM, es que la normativa de diseño industrial, que data de 2003, está "desfasada". "Hasta ahora no se ha propuesto una modificación en la normativa que incorpore toda la cuestión relativa a las nuevas tecnologías", explica. 

El sistema no incentiva el poner coto y, en un momento en que todo fluctúa digitalmente, es muy difícil marcar límites: "Está por ver cómo se regula la existencia entre este tipo de tecnologías con la existencia de derechos del diseñador".

Una permisividad en la que también coinciden desde Red Points, compañía centrada en la protección de marcas: "Los intermediarios de servicios digitales —plataformas de comercio electrónico o redes sociales, entre otros— tienen muy pocos incentivos legales para ser parte activa de la solución". 

Con la actual normativa europea de Propiedad Intelectual y Comercio Electrónico, recae en las propias marcas "toda la responsabilidad" de perseguir las falsificaciones en internet e intentar atajar el cuantioso perjuicio económico que suponen: "Las marcas necesitan tecnología para combatir el volumen con volumen y la rapidez con rapidez". 

La Confederación Moda España reconoce el problema: "La tecnología ha propiciado que sea muy fácil copiar tanto patrones como tejidos y hacerlo, además, en tiempo real". 

Asimismo, la asociación no esquiva la problemática que encara Zara con Shein en redes sociales como Instagram o TikTok, donde decenas de jóvenes comparan prendas prácticamente idénticas de ambas firmas como reclamo comercial.

Usuarias en TikTok mostrando la similitud entre los diseños de Zara y Shein.
Usuarias en TikTok mostrando la similitud entre los diseños de Zara y Shein.

TikTok

"Sería muy conveniente que se penalizaran las publicidades comparativas de productos falsificados", denuncian. Gil Celedonio recuerda la complejidad que supone diferenciar si un producto es o no falsificado solo con verlo anunciado en una plataforma, en comparación, matiza, con un contenido exclusivamente digital como una canción o una película. 

¿Puede la trascendental Ley de Servicios Digitales restringir las falsificaciones? 

A una regulación efectiva podría ayudar la trascendental Ley de Servicios Digitales (DSA) que última la Unión Europea y que llegará previsiblemente este mes para cambiar el concepto de internet tal y como lo conocemos. 

Sobre la mesa aparece la responsabilidad de las plataformas con el contenido que se publica en ellas y la figura de gatekeeper para diferenciar aquellas que cuentan con demasiada influencia en el mercado.

Esto, explicado de otra forma, busca plantear las normas que deben aplicarse al contenido normal y a cuáles deben ceñirse los patrocinados y otras publicaciones de carácter publicitario

"Medidas como la obligación de verificar correctamente la identidad de sus usuarios o bloquear de forma permanente a infractores reincidentes podrían ayudar a equilibrar la balanza y ofrecer más seguridad tanto a marcas como consumidores", opinan desde Red Points. 

Sin embargo, las reticencias sobre cómo será la actuación de los gigantes tecnológicos persisten.

"Supone un paso adelante, sin duda, pero en entornos tan cambiantes tendremos que ver cómo se ejecutan en la práctica estas nuevas obligaciones a grandes proveedores de servicios como Amazon, Alibaba o Meta", sentencia Gil Celedonio. 

Y señala que la ley solo será positiva en la medida en que se introduzcan nuevas obligaciones para este tipo de plataformas y para otros intermediarios de servicios digitales. El fin es claro: "Forzarlas a ser más proactivas en la lucha contra las falsificaciones". 

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