Multas de hasta 6.250 euros por enviar emails fuera del horario laboral a los empleados

Un trabajador de un fondo de inversión iraní sigue la cotizacion de las bolsas desde su ordenador
  • La Inspección de Trabajo advierte a las empresas que envíen emails a sus empleados fuera de su horario laboral de que afrontan multas de entre 625 y 6.250 euros.
  • Salvo que el correo electrónico especifique que debe responderse en horario laboral, las comunicaciones fuera de horaria se consideran una infracción grave del derecho a la desconexión digital de los trabajadores, según Cinco Días.
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¿Quién no ha recibido un email de su trabajo varias horas después de cerrar su jornada o en pleno fin de semana? Ese tipo de conductas, por frecuentes que sean, suponen una intromisión en la vida personal de los empleados, pueden afectar a la conciliación entre su carrera profesional y su vida personal y familiar y además, según las autoridades laborales, representan una vulneración de su derecho a la desconexión digital en la mayoría de los casos.

Así, la Inspección de Trabajo advierte a las empresas que envíen emails a sus empleados fuera de su horario laboral de que afrontan multas de entre 625 y 6.250 euros, dado que estarían vulnerando su derecho a la desconexiónla Ley Orgánica de Protección de Datos que se aprobó hace 2 años, que considera que esas comunicaciones fuera de horario se consideran una infracción grave, segúnCinco Días.

De hecho, tal y como asegura a este diario financiero Ana Ercoreca, presidenta del Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, el envío de emails a los empleados más allá de su horario laboral siempre se considerará una infracción del derecho a la desconexión digital salvo que la empresa anuncie claramente que la respuesta a esa comunicación debe producirse en horario laboral.

La normativa vigente establece que se considera infracción grave la vulneración de los límites de la jornada de trabajo que se hayan acordado en el contrato entre empresa y trabajador, lo que incluye las horas extraordinarias y complementarias, los turnos de trabajo nocturno, los descansos, vacaciones y permisos y el registro de las jornadas realizadas.

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A pesar de que el derecho a la desconexión tal y como figura en la ley orgánica todavía está pendiente de ser interpretado, ya existe un precedente de sanciones por vulnerarlo a través del envío de emails de trabajo a deshora en una denuncia de la Inspección Provincial de Trabajo en Tarragona contra Prosegur, en la que se acusaba a un responsable de enviar correos y realizar llamadas a sus empleados fuera de su horario de trabajo, según Cinco Días.

La denuncia detallaba que existían agravantes en la conducta del responsable de Prosegur, señalando los subordinados respondían por temor a represalias y para evitar perder parte de sus incentivos salariales, por lo que se elevó el acta de infracción a la categoría de muy grave, que supone una multa de entre 6.251 a 187.000 euros.

Por el momento, el derecho a la desconexión digital todavía no ha llegado a los tribunales tras su inclusión en la Ley Orgánica de Protección de Datos de 2018. No obstante, este derecho se ha visto reforzado al formar parte de la nueva Ley de Trabajo a Distancia, en la que se incluye como garantía de la conciliación de los teletrabajadores.

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