Si eres autónomo y manejas estas cantidades en efectivo, Hacienda podría ponerte una multa

Pagando en efectivo en un restaurante
  • La Agencia Tributaria presta especial atención a las operaciones con cantidades de dinero en efectivo, con el objetivo de evitar fraudes: la economía sumergida le cuesta miles de millones de euros a España cada año.
  • Estas transacciones con dinero en metálico pueden afectar especialmente a trabajadores autónomos y empresarios y, en algunos casos, suponer una multa o sanción.
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Hacienda vigila las actividades económicas con mayor uso de efectivo, con la mira puesta en negocios, autónomos y pymes en busca de posibles "actividades llamativas".

A veces, el uso de grandes cantidades de dinero en efectivo es un indicio de economía sumergida, un fenómeno en línea ascendente que el año pasado le costó a España 270.000 millones de euros.

De ahí que la Agencia Tributaria saque la lupa ante ciertas transacciones con dinero en metálico, que pueden afectar especialmente a trabajadores autónomos y empresarios.

En concreto, cualquier ingreso que se realice por más de 3.000 euros quedará automáticamente registrado y será notificado a la Agencia Tributaria. Si esta alberga sospechas respecto a dicho movimiento (imposiciones, disposiciones de fondos y cobros de cualquier documento en efectivo), puede ponerse en contacto para pedir explicaciones y deberás justificar el origen de esa cantidad.

En caso de no poder hacerlo, Hacienda podría incluirlo en el cobro del impuesto del IRPF o aplicar sanciones de hasta un 150% de la cuota íntegra resultante en el IRPF correspondiente a dicha ganancia patrimonial, informa Ideal.

Otros movimientos que se vigilan son las transacciones de más de 10.000 euros y los préstamos y créditos de más de 6.000 euros, si bien no hay que justificarlos mientras no sean sospechosos. 

Además, la nueva ley de fraude fiscal también vigila de cerca las operaciones de dinero en efectivo que superan los 1.000 euros, tanto si pagas como si recibes esta cantidad. 

Aunque hay algunas excepciones, como aceptar pagos de turistas, en el resto de casos puede suponer una multa, establecida en el 25% de la base de la sanción; es decir, si el pago fuese por ejemplo de 1.100 euros, la multa ascendería a 275 euros (el 25% de la cantidad).

Al recibir una de estas sanciones es posible acogerse a una reducción derivada de las actas con acuerdo del 50% al 65%. En el caso del pronto pago la reducción es del 40%.

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