Multas para las empresas que no garanticen a sus trabajadores medidas de protección frente al coronavirus: estas son las cantidades a las que pueden ascender las infracciones

Economía Digital,
Multas de 40.000 euros a empresas por falta de medidas anticoronavirus
Reuters
  • Las empresas deben tomar medidas básicas de prevención para proteger a sus trabajadores frente al COVID-19, tal y como recoge un reciente decreto ley publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
  • Las compañías que no garanticen equipos de protección, como mascarillas, guantes o gel hidroalcohólico, serán multadas. 
  • El montante de las infracciones parte de los 2.046 euros, en el caso de las más leves, y la cifra se multiplica para las situaciones más graves. 
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No proteger la salud de los trabajadores durante la crisis del coronavirus puede salir muy caro a las empresas. Se deben llevar a cabo medidas básicas de prevención —según la ley— como "la ventilación, limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los centros de trabajo" o poner a disposición de los trabajadores agua, jabón y geles hidroalcohólicos.

También se deben adaptar los puestos de trabajo para garantizar la distancia interpersonal mínima de 1,5 metros. Si no es posible, es obligado proporcionar "equipos de protección adecuados al nivel de riesgo", como las mascarillas o los guantes.

Las empresas que no cumplan con las medidas básicas para contener los contagios del virus estarán cometiendo una infracción grave en cuanto a prevención de riesgos laborales. Las multas, en estos casos, ascienden a entre 2.046 euros y 40.985 euros, según la disposición del nuevo decreto ley sobre medidas en transportes y vivienda por la pandemia, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Entre las medidas obligadas a implementar se encuentra también "la coincidencia masiva de trabajadores" conforme la situación actual y las actuaciones preventivas. La disposición recogida el pasado miércoles en el BOE habilita, además, a la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social "a vigilar y requerir, y en su caso, extender actas de infracción" sobre el cumplimiento de las empresas de las medidas de salud pública.

Se trata de un cambio legislativo que suma tareas a los funcionarios de Inspección de Trabajo. Unos colectivos que se han manifestado contra la falta de efectivos y de medios técnicos durante la crisis sanitaria —y en especial a raíz del alud de expedientes de regulación temporal del empleo (ERTE)—.

"Más competencias y con 1.050 funcionarios, entre inspectores de Trabajo y subinspectores laborales, para toda España y sin medios suficientes", denunció ayer Ana Ercoreca, presidenta del Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social (SITSS). "La habilitación no sirve si no se refuerza la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Se quedará en papel mojado", remarcó.

 

 Artículo original de Economía Digital.

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