Más de 6.000 euros de multa a quienes no paguen el salario mínimo a las personas trabajadoras del hogar

Multas de más de 6.200 euros a quienes no paguen el salario mínimo a las personas trabajadoras del hogar

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  • Los empleadores deberán regularizar los salarios y las cotizaciones de las empleadas del hogar antes del 31 de marzo de 2021, advierte el Ministerio de Trabajo.
  • Las multas a las que se enfrentan parten de los 6.250 euros y pueden acercarse a 190.000 euros. 
  • El colectivo del servicio del hogar familiar padece precariedad laboral y se encuentra en situación de especial vulnerabilidad.
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El Ministerio de Trabajo ha puesto en marcha este año una campaña de inspección para vigilar e intentar poner fin a la situación económica irregular en la que se encuentran las personas empleadas del hogar, según publica este miércoles Invertia

De esta manera, los empleadores que no hayan regularizado el estado contractual de su personal contratado antes del 31 de marzo se enfrentarán a multas que partirían de los 6.250 euros y que podrían acercarse a los 190.000 euros.

El servicio de hogar familiar es uno de los sectores "en situación de especial vulnerabilidad", explica el Ministerio de Trabajo y Economía Social. 

Se trata de un colectivo predominantemente femenino (integrado por 576.000 personas, de las cuales solo 71.000 son hombres, según la encuesta de población activa del primer trimestre de 2020, lo que supone casi un 88% de mujeres) y que padece "precariedad laboral", debido a la situación de economía irregular y a los bajos salarios que reciben, a veces "muy por debajo del SMI" (Salario Mínimo Interprofesional), advierte el ministerio.

De hecho, su tasa de pobreza supera en más del doble la media de los trabajadores asalariados, y el porcentaje de trabajadoras con contratos a tiempo parcial cuadruplica la del resto de personas con este tipo de empleo, según un estudio de Oxfam Intermón y el Laboratorio de Derecho Social del Instituto Universitario de Género de la Universidad Carlos III (Madrid).

Ante esta situación, el organismo ha anunciado su plan de investigar las denuncias presentadas ante Inspección de Trabajo, perseguir la regularización de salarios y cotizaciones e informar a empleadores y personas empleadas.

Los empleadores deben actualizar los salarios de las empleadas del hogar con respecto al salario mínimo antes del 31 de marzo de 2021. De lo contrario, a partir del 1 de abril podrían enfrentarse a importantes sanciones.

Según informan fuentes del ministerio a Invertia, ya se han mandado unas 45.000 comunicaciones para ello y seguirán con más en las próximas semanas.

¿Cuánto deben cobrar las empleadas del hogar como mínimo?

La remuneración —y la correspondiente base de cotización— debe ajustarse por lo menos al salario mínimo. Este está fijado actualmente en 950 euros al mes en 14 pagas para la jornada completa (1.108,33 euros al mes con prorrateo de pagas extras), y en 7,43 euros la hora para la jornada por horas.

En caso de que se produjese una nueva subida del SMI, el salario de la persona trabajadora deberá actualizarse con respecto a esta, y deberá comunicarse la variación a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

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¿A qué sanciones se exponen los empleadores?

En caso de que los empleadores no regularicen la situación laboral de sus empleadas, se aplica la normativa general en materia de infracciones y sanciones (Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto).

Entre las infracciones graves y muy graves, el texto menciona "establecer condiciones de trabajo inferiores a las establecidas legalmente o por convenio colectivo", así como "el impago y los retrasos reiterados en el pago del salario debido".

Además, figuran otras acciones punibles como no formalizar por escrito el contrato de trabajo; transgredir la normativa sobre modalidades contractuales, contratos de duración determinada y temporales; y no incluir en el recibo de salarios las cantidades realmente abonadas al trabajador.

Las sanciones muy graves conllevan una multa que puede ser entre 6.251 euros y 25.000 euros en su grado mínimo; de 25.001 euros a 100.005 euros en el medio; y entre 100.006 euros y 187.515 euros en el grado máximo.

Además, los empleadores también deberán regularizar la situación salarial de las personas trabajadoras en su hogar, lo que implica abonar las cantidades pendientes e ingresar todas las cotizaciones adeudadas, lo que podría suponer una sanción adicional por parte de la Seguridad Social, informa Invertia.

¿Cómo regularizar el salario y la cotización de las personas trabajadoras?

Para realizar la regularización del salario y las cotizaciones, el titular del hogar familiar debe comunicar a la TGSS el salario real actual desde el 1 de enero de 2021, que nunca podrá ser inferior al salario mínimo vigente, recuerda el Ministerio de Trabajo.

El titular debe tener en cuenta asimismo las futuras actualizaciones anuales del SMI, incluido si se produce alguna durante este año.

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De cara a la regularización, el salario real mensual debe expresarse en 12 pagas, incluyendo la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias. Y debe comunicar la información a la TGSS a través de alguna de las siguientes vías:

  • Servicio de Variaciones/Correcciones de datos de trabajadores en el Sistema Especial para Empleados de Hogar de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, si cuenta con certificado digital o Clave o si ha comunicado su teléfono a la Seguridad Social para recibir un mensaje de texto.
  • Autorizado al Sistema RED (Graduados Sociales, Gestorías y Profesionales Autorizados), si dispone de este.
  • Envío del formulario. Se debe adjuntar copia del DNI o documento identificativo, así como del modelo TA.2/S-0138.

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