Normas de circulación para autocaravanas: límites de velocidad, cuándo pernoctar, diferencias entre acampar y estacionar...

Conducir autocaravana familia
  • ¿Qué es la pernoctación? ¿Qué diferencia hay entre estacionar y acampar? ¿Cuáles son los límites de velocidad? Debes tener todo esto claro antes de tu primer viaje en autocaravana.
  • Aunque no forme parte de las normas de circulación, realiza un buen repaso antes de arrancar para evitar accidentes: asegúrate de que claraboyas y ventanas están cerradas, que no hay ningún armario abierto...
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Seguro que tus ganas de viajar y ver mundo se han incrementado exponencialmente tras tantos meses de confinamiento. Una forma de canalizar esta ansía de aventura durante este verano es el caravaning: alquilar una autocaravana y recorrer los rincones más hermosos de España o de Europa.

Parte del encanto de viajar en autocaravana es la sensación de libertad que ofrece. Como te encuentras en plena carretera, el plan puede literalmente virar de rumbo en cualquier momento para explorar otras alternativas o ideas que se os ocurran, a ti y a las personas que van contigo.

No obstante, debes tener en cuenta que si es tu primera aventura caravaning, vas a conducir un tipo de vehículo desconocido para ti. Esto cambia las reglas del juego en las normas de circulación: ¿cuáles son los límites de velocidad?, ¿es lo mismo que conducir un vehículo normal?, ¿puedes estacionar en cualquier parte?, ¿y qué es eso de la "pernoctación"?

Esta guía te aclarará todas estas dudas para que puedas ponerte al volante de tu inminente autocaravana de alquiler con las ideas bien claras.

Límites de velocidad para autocaravana, caravana o camper

Autocaravanas integrales

El Reglamento General de Circulación determina que las autocaravanas con una masa máxima autorizada o MMA igual o inferior a 3500 kg pueden circular a un máximo de 120 km/h en autopistas y autovías y a 90 km/h en carreteras convencionales. Es igual que los turismos y motocicletas.

Por otra parte, las autocaravanas de más de 3500 kg a día de hoy tienen los mismos requisitos y límites de velocidad que los camiones. Esto es un máximo de 90 km/h en autopistas y autovías y 80 km/h en carreteras convencionales.

En cuanto a las camper, también tienen la velocidad máxima de los turismos. Ahora bien, si son considerados vehículos mixtos adaptables, el límite de circulación es de 100 km/h y si son clasificadas como furgonetas no pueden pasar de los 90 km/h.

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Todos los pasajeros deben estar sentados

Asientos autocaravana

La idea de vivir dentro de la autocaravana mientras esta se encuentra en circulación es muy tentadora. No obstante, todos los pasajeros deben comportarse dentro como si estuvieran en un vehículo normal: todos sentados en su asiento y con el cinturón de seguridad puesto.

No está permitido viajar ni de pie, ni tumbado (en el suelo, en el sofá o en las camas disponibles) ni utilizar el baño mientras se está en circulación. Si la "llamada de la naturaleza" apremia, no habrá más remedio que estacionar el vehículo.

Qué puedes y qué no puedes hacer cuando acampes o estaciones con caravana, autocaravana o camper

Esta furgoneta camper no está estacionada porque ha extendido sus actividades más allá del perímetro del vehículo. Está, por tanto, acampada.
Esta furgoneta camper no está estacionada porque ha extendido sus actividades más allá del perímetro del vehículo. Está, por tanto, acampada.

Antes de nada, es importante saber diferenciar entre estacionar y acampar cuando viajes en autocaravana.

Estacionar significa haber aparcado correctamente tu vehículo. Mientras realices actividades dentro del vehículo como dormir, cocinar… no se te va a multar. El problema ocurre cuando extiendes la autocaravana (en caso de que se pueda hacer) de forma que sobrepases su perímetro o sacas afuera accesorios y componentes del vehículo (por ejemplo, sacar las sillas y las mesas para tomar algo).

Tampoco puedes realizar vertidos de fluidos salvo los del motor por el tubo de escape. Por ejemplo si quieres retirar las aguas desechables del baño, debes hacerlo en las zonas condicionadas para ello (suele ser en las áreas de acampada). Tampoco puedes realizar ruidos molestos durante horas de descanso o durante períodos excesivamente largos.

Transgredir las normas de estacionamiento de una autocaravana provoca que esta pase automáticamente en estado acampado. Si no te encuentras en una zona de acampada regulada, te enfrentarás a multas que variarán según la normativa de la comunidad autónoma en la que te encuentres.

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A partir de lo que no puedes hacer estacionado, seguramente ya habrás deducido qué significa acampar: es extender la actividad inicialmente interior de una autocaravana hacia afuera.

Es, por ejemplo, extender cualquier elemento que sobresalga del perímetro del propio vehículo (hay autocaravanas que pueden extender hacia arriba para crear un segundo piso, por ejemplo). O sacar las mesas, las sillas, los platos con comida y hacer un pícnic afuera. Es vaciar los depósitos, dormir fuera en sacos…

Toda actividad de acampada debe realizarse en los lugares destinados expresamente para ello. Normalmente son áreas de servicio y campings. 

Cada comunidad autónoma tiene su propia normativa sobre permisos de acampada, así que si planeas acampar en una zona que no se considera expresamente de servicio o de acampada, infórmate antes para evitar una multa.

Qué es la pernoctación y cuándo se puede y no se puede hacer

Autocaravana descanso

La pernoctación o pernocta es una combinación de "persona" y "noche". Por lo tanto, es lo que ocurre cuando una o más personas duermen en el interior de un vehículo. No tiene que ser necesariamente una caravana, autocaravana o camper.

Mientras el acto de dormir se produzca en el interior de un vehículo privado (por lo tanto, en un espacio privado), y el vehículo esté correctamente estacionado (ya has visto más arriba todo lo que ello significa), no vas a tener problema alguno. No serás multado.

El Reglamento General de Circulación no discrimina tipos de vehículos a la hora de aparcar y estacionar, y en el marco europeo la directiva 91/439/CEE equipara los vehículos-vivienda a cualquier otro tipo de vehículo. Así que, teóricamente, no deberías tener problemas si pernoctas en una autocaravana como lo harías con un turismo, por ejemplo.

Pese a la teoría, debes saber que a día de hoy, la pernoctación en autocaravana se encuentra en una laguna legal en ciertas comunidades; no es que esté prohibido hacerlo, pero tampoco está permitido.

En ciertos municipios, es posible que las ordenanzas del ayuntamiento sí hayan prohibido expresamente dormir en autocaravana fuera de las zonas pertinentes. Para evitar problemas, infórmate cuando sepas dónde vas a viajar.

Si el municipio no prohíbe explícitamente la pernoctación en autocaravana mediante una ordenanza o reglamento, el portal especializado Mundovanrecomienda que tengas a mano la instrucción 08/V-74 de la DGT por si se te piden explicaciones. Dicha instrucción determina claramente qué es acampada y qué es estacionamiento.

En concreto, esta es la parte de la instrucción que deberías subrayar para cuando tengas que "debatir" en caso de polémica:

"... esta Dirección General de Tráfico considera que mientras un vehículo cualquiera está correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo, si la hubiere, no es relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior del mismo y la autocaravana, caravana y camper no es una excepción, bastando con que la actividad que pueda desarrollarse en su interior no trascienda al exterior mediante el despliegue de elementos que desborden el perímetro del vehículo tales como tenderetes, toldos, dispositivos de nivelación, soportes de estabilización, etc.".

Si llega la inevitable contrarréplica "es que seguro que sacaréis las sillas o improvisaréis un picnic", invita amablemente a dicha persona a quejarse cuando eso ocurra, ya que en el mundo de las hipótesis es igual de posible que mantengáis las normativas como que no, así que discutir en condicional es absurdo.

Todo lo que debes repasar antes de arrancar la autocaravana

Interior de una autocaravana

Una autocaravana, sobre todo si es de las grandes, tiene muchas ventanas, armarios, escaleras, camas, claraboyas… Antes de arrancar, debes repasarlo todo para comprobar que los elementos estén en posición de viaje. No está prohibido circular con un armario abierto, por ejemplo, pero mira algunos de los testimonios de caravaneros en los foros de AC Pasión.

"Yo ya he perdido dos veces la claraboya por olvidarla abierta".

"La ventana cerrada y bien cerrada. Una vez un golpe de aire me la arrancó".

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Así que antes de ponerse en marcha, y para evitar sustos, repasa:

  • Claraboyas y ventanas cerradas: como has leído más arriba, el aire puede romperlas o directamente arrancarlas.
  • Armarios y compartimentos cerrados: un giro brusco podría desplazar todos sus objetos de dentro hacia afuera, poniendo en peligro tanto estos como las personas cercanas.
  • Gas cerrado: sobre todo si antes de ponerte en marcha has cocinado o calentado el agua de la ducha.
  • Objetos guardados: Una curva, un bache… un movimiento inesperado puede desplazar los objetos. Imagina, por ejemplo, un cuchillo de cocina que te has dejado encima de la mesa. Pueden ocurrir accidentes si sale disparado.
  • Nevera en modo automático: las neveras de las autocaravanas suelen ser trivalentes, es decir, que funcionan a gas, a 12 voltios y a 220 voltios. Es mejor que esté en modo automático para que no sobrecargue la red de electricidad mientras conduces.

Apunte final: atención a la ley de costas

Autocaravana en la playa

Límites de velocidad, cada pasajero en su asiento, estacionar, acampar, pernoctar, vigilar ventanas y armarios… muchas cosas, ¿verdad?

El último apunte es cortito y sirve de guinda final. Puede que hayas pensado en aprovechar que la autocaravana para acampar en la playa. Cuidado con ello.

La ley de Costas (artículo 33.5), recogida en el Reglamento General de Circulación, prohíbe estacionar, circular, acampar… a 20 metros de la playa en zona urbana o a 100 metros en zona rústica, contando desde la ribera del mar (esto es, el punto máximo al que llega el agua en temporales o marea).

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