El Gobierno aprueba el decreto de nueva normalidad: estas son las normas que seguirán vigentes una vez finalice el estado de alarma

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  • El Gobierno ha aprobado el decreto de nueva normalidad en el Consejo de Ministros de este martes.
  • Esta norma será la encargada de regular los aspectos del día a día una vez haya finalizado el estado de alarma.
  • La mascarilla seguirá siendo obligatoria en espacios cerrados y en lugares al aire libre donde no se pueda mantener la distancia de seguridad, se evitarán aglomeraciones y centros de trabajo y de estudio tendrán que seguir llevando a cabo medidas que ayuden a evitar contagios.
  • A continuación, se detallan los aspectos más importantes de este decreto.
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Este martes el Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros el decreto de nueva normalidad. Será la norma que regule la actividad diaria una vez haya finalizado el estado de alarma.

Esto implica que algunas medidas a las que ya se ha ido acostumbrando la población, como el uso de mascarilla obligatorio, tendrán gran importancia en esta nueva fase, con el fin de evitar nuevos repuntes. 

La ministra de Hacienda y Portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha hecho hincapié en rueda de prensa en la necesidad de mantener ciertas normas de seguridad hasta que aparezca una vacuna o un tratamiento eficaz contra el COVID-19: "No podemos bajar la guardia, no podemos actuar de manera ligera pensando que todo ha pasado y estamos a salvo", ha matizado.

En este mismo sentido, otra de las normas que van a seguir en marcha es la de evitar aglomeraciones en espacios públicos. Sin embargo, el decreto ya no contempla la recomendación del teletrabajo siempre que sea posible.

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Hay que recordar que la nueva normalidad la alcanzarán todos los territorios que logren superar la fase 3 de desescalada. Aunque la fecha límite para llegar a ella es el 21 de junio, cuando finaliza la última prórroga del estado de alarma.

A continuación, se detallan los aspectos más relevantes del decreto de estado de alarma.

Mascarilla obligatoria e higiene como prevención

La mascarilla seguirá siendo obligatoria cuando finalice el estado de alarma. Tendrás que utilizarla en espacios cerrados, como es el caso del transporte público. También en transporte aéreo y marítimo, trenes y autobuses.

En lugares abiertos seguirá siendo de obligado uso siempre y cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad. Los menores de 6 años seguirán estando exentos de utilizarla.

Los encargados de velar por el cumplimiento de esta norma serán los ayuntamientos y gobiernos autonómicos. Tendrán que encargarse de asegurar que la mascarilla se utiliza en el ámbito educativo, laboral y comercial, siempre en los casos en los que esté indicado su uso.

Todos estos centros tienen que asegurar las prevenciones de higiene, como ofrecer gel hidroalcohólico a empleados y asistentes y desinfectar las instalaciones de forma minuciosa.

Además, las mascarillas no podrán venderse de una en una sin empaquetar excepto en las farmacias.

Evitar aglomeraciones

Las aglomeraciones seguirán estando prohibidas cuando deje de tener vigencia el estado de alarma. Si bien se permiten eventos como conciertos, actividades culturales o incluso espectáculos deportivos con público, siempre se debe mantener la distancia de seguridad de entre metro y medio y 2 metros.

"La distancia interpersonal es una medida clave", ha enfatizado el ministro de Sanidad, Salvador Illa, que también ha explicado que el Consejo Superior de Deportes será el responsable de determinar cuándo y cómo podrá acudir el público a las principales competiciones de fútbol y baloncesto, siempre primando la cautela y precaución.

En los puestos de trabajo también se debe mantener la distancia. Se recomendará reorganizar los turnos para que se eviten aglomeraciones, en caso contrario la empresa debe proporcionar equipos de protección a sus empleados.

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Eso sí, el decreto no contempla el teletrabajo siempre que sea posible, como se venía haciendo hasta ahora.

Trazabilidad en el transporte

El aumento de actividad en los medios de transporte se irá produciendo según la demanda de los viajeros, aumente. 

El decreto establece que todos los asientos deben ser numerados en transporte aéreo, marítimo, ferroviario y por carretera. Además, los operadores han de mantener los datos de contacto de cada pasajero durante al menos 4 semanas después del viaje, para así asegurar la trazabilidad en caso de que se haya producido un contagio en uno de estos trayectos.

Medidas sanitarias y de detección

Se seguirá garantizando el suministro de los medicamentos que se consideran esenciales en la gestión del COVID-19. Además, se van a aprobar nuevas medidas para garantizar su fabricación y puesta a disposición para atender la demanda.

A partir de ahora, se considera al COVID-19 como enfermedad de declaración obligatoria urgente. Esto implica que todo sospechoso de padecer la infección se someterá a una prueba de diagnóstico. También se continuarán recogiendo y analizando los datos epidemiológicos.

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