La nueva regulación de criptomonedas se atasca a final de año: esto es lo que debes recordar si has hecho negocio con ellas en 2022

Impuestos y criptomonedas

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  • El desacuerdo entre Hacienda y el Consejo de Estado está retrasando la publicación en el BOE de la regulación y los formularios para declarar las criptomonedas manejadas durante 2022, informa Vozpópuli.
  • Actualmente, en España solo hay obligación de declararlas si se ha ganado o perdido dinero con ellas o si forman parte de un elevado patrimonio.

Hubo un tiempo en que hablar de criptomonedas, criptoactivos, contratos inteligentes y tecnología blockchain equivalía a hacerlo de un mundo medio clandestino que se movía muchas veces en oscuros rincones de internet, lejos de leyes y regulaciones, con todo lo que ello significa: libertad a cambio de desprotección.

Pero las criptomonedas forman de un modo cada vez más claro de la conversación pública, aunque ha tardado en hacerlo más de lo que muchos vaticinaban hace años. Son ya parte del mainstream.

Lo saben los inversores y lo saben, sobre todo, el Gobierno y Hacienda, que llevan ya tiempo tratando de actualizar la normativa y los formularios para que todo el que haya operado con criptomonedas en 2022 pueda declararlas con rigor y transparencia.

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La gestión, sin embargo, está resultando más difícil de lo que parecía en un inicio. Aunque el proyecto lleva en marcha desde principios de 2022 y se llegó a especular con la publicación de los formularios y el reglamento a la vuelta de verano, los meses van pasando y el tiempo se agota para que este pueda entrar en vigor en 2023 con obligación para los contribuyentes de aportar los datos de 2022.

Entre los motivos de esta demora, explica este viernes Vozpópuli, destacan las desavenencias surgidas en los últimos tiempos entre la Agencia Tributaria (AEAT) y el Consejo de Estado, el máximo órgano consultivo en España.

En concreto, lo que ocurre, relata este medio, es que por un lado Hacienda es partidaria de establecer entre los declarantes la obligación de aportar la mayor cantidad de datos posible. Este enfoque inquieta al Consejo de Estado, que piensa que alguno de los requerimientos de información del fisco español podrían ir contra las leyes de protección de datos.

Entre unos y otros quedan por ahora los contribuyentes, que andan pendientes de la publicación de los modelos 172, dedicado al saldo de monedas virtuales; el 173, que debe informar de las operaciones que se hayan llevado a cabo con ellas, y el 721, que afectará a las criptomonedas que se manejen en el extranjero.

Actualmente, como explicó hace unos meses Business Insider España, solo hay obligación de declarar las criptomonedas si se ha hecho negocio con ellas, sea este bueno o malo. 

Esto quiere decir, por ejemplo, que no hay que hacerlo si lo único que se ha hecho durante 2022 es comprar monedas digitales.

Tampoco en el caso de que lo único que haya ocurrido es que el valor de la cartera digital haya aumentado o disminuido a lo largo del último año. En resumen, si las criptomonedas se han adquirido y, acto seguido, no se ha hecho nada con ellas, por ahora, y a falta de ver lo que dispone la nueva normativa, no hay que declararlas.

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Caso aparte aquellos en los que las criptomonedas forman parte de un patrimonio elevado. En estos contextos, aclaran los especialistas, las criptomonedas deben formar parte del archiconocido Impuesto de Patrimonio, que solo deben presentar los declarantes cuyos bienes superen los 2 millones de euros.

A falta de la publicación de la nueva normativa, por tanto, por ahora solo hay que declarar las criptomonedas si se les ha sacado rendimiento, es decir, si, tras su compra, se han vendido, haya ganancias o pérdidas.

En 2022, la segunda posibilidad es mucho más probable, dado el contexto de enfriamiento general de la economía, que lleva golpeando el mundo cripto con fuerza desde el pasado mes de abril. Con la inflación disparada, muchos inversores han optado por abandonar apuestas volátiles como las criptomonedas en favor de valores refugio como deuda nacional y oro.

Como consecuencia, por ejemplo, el bitcoin, la principal criptomoneda y la que suele tirar todos los demás, se ha desplomado desde los 40.000 euros que marcaba la pasada primavera a los algo más de 15.000 con los que va a cerrar el año.

No es del todo una mala noticia para los inversores. Dado que también conviene declarar y regularizar ejercicios de antes de 2022, dicen los expertos, las pérdidas de este año pueden compensar las ganancias de años anteriores, lo que puede facilitar que el contribuyente pague menos impuestos.

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Hay que recordar, como explicó este medio en abril, que, en el supuesto de la venta, se trata de una ganancia patrimonial derivada de una transmisión, por lo que se integra en la base del ahorro con tipos entre el 19% y 23%:

En concreto, si las ganancias de las operaciones realizadas con criptomonedas son menores de 6.000 euros, el pago del Impuesto sobre la Renta es del 19%; si son mayores de 6.000 euros, corresponde el 21%; y si son mayores de 50.000 euros, este asciende al 23%.

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