- Desde que se decretó el estado de alarma, circular en carretera sólo está permitido en ciertas causas justificadas, por ejemplo si tienes que ir a trabajar, a un centro sanitario o a comprar comida y medicamentos.
- Puede darse la situación de que necesites utilizar el coche, y que además tengas la ITV caducada.
- Durante la pandemia no puedes pasar la inspección. Sin embargo, existen excepciones para que puedas circular con este trámite caducado.
- A continuación, se detalla qué ocurre si tienes la ITV caducada y necesitar usar el coche durante el estado de alarma.
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Muchas actividades se han visto paralizadas desde que se decretó el estado de alarma. La pandemia de coronavirus ha provocado que se cierren bares y restaurantes, actividades no esenciales y muchos de los trámites que se hacían de forma presencial.
Por supuesto, el estado de alarma también ha afectado a los conductores, que sólo pueden utilizar su vehículo en algunas situaciones justificadas, por ejemplo la compra de comida y medicamentos, el desplazamiento al lugar de trabajo, el cuidado a personas vulnerables o la necesidad de acudir a un centro sanitario.
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Puede darse la situación de que tengas que utilizar el vehículo para algunos de estos casos contemplados, por ejemplo si eres de los trabajadores no esenciales que han vuelto a su actividad, y que te encuentres con la ITV del coche caducada.
No se trata de una preocupación sin importancia, ya que circular con la ITV caducada puede suponer hasta una multa de 200 euros, aunque no conlleva pérdida de puntos en el carnet de conducir.
No obstante, debido a la situación excepcional, el estado de alarma contempla estos casos. El Real Decreto 463/2020 del 14 de marzo de 2020 hace referencia a la suspensión de plazos administrativos. Esto es lo que se señala en el punto 1: "Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo".
En resumidas cuentas: durante la vigencia del estado de alarma no te pueden sancionar por conducir con la ITV de tu vehículo caducada.
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[Fuentes: La Vanguardia, Diario AS]