¿Es posible cotizar a la Seguridad Social sin trabajar?

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  • Cotizar a la Seguridad Social sin haber trabajado puede parecer una idea disparatada, ya que por norma general no es posible.
  • Sin embargo, algunas personas pueden llegar a plantearse esta posibilidad, sobre todo a la hora de intentar acceder a una prestación.
  • En realidad, existe una opción de cotizar sin haber trabajado. A continuación, se explica por qué es esto posible.
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¿Es posible cotizar a la Seguridad Social sin trabajar? Esta pregunta, aunque pueda parecer extraña, tiene una razón de ser y es habitual que algunas personas se la formulen llegadas ciertas situaciones.

Por ejemplo, para cobrar una pensión hay que haber cotizado al menos durante 15 años. Además, de este período, 2 de ellos tienen que estar comprendidos en los 15 años anteriores de solicitar la prestación.

Esto podría dificultar el acceso a la pensión a algunas personas que hayan tenido problemas para encontrar trabajo en los últimos años. Por ello, no es de extrañar que se piensen en otras posibilidades para buscar una solución.

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Sí, es posible cotizar a la Seguridad Social sin estar trabajando. Para ello, hay que firmar un acuerdo especial entre el interesado y la Seguridad Social, los conocidos como convenios voluntarios.

De este modo, el interesado abonará una cuota mensual en la que puede elegir qué cantidad paga cada mes.

Dependiendo de la cuantía que se quiera alcanzar en la pensión se debe cotizar una base más o menos elevada. Si la base de cotización es de 1.000 euros al mes, la cuota será de 266,02 euros.

Cómo solicitar el convenio voluntario con la Seguridad Social

Si quieres acceder a este acuerdo especial puedes hacerlo a través de internet, en la sede electrónica de la Seguridad Social, siguiendo este enlace.

Tendrás que descargar, cumplimentar y entregar el documento TA_0040; para ello necesitas identificarte con un certificado digital de personas físicas, DNI electrónico o el sistema de Clave Pin de la propia Seguridad Social.

También se puede pedir presencialmente en la Dirección Provincial de la Tesorería de la Seguridad Social que corresponda.

Es recomendable estar lo más cerca posible de la edad de jubilación antes de solicitar este convenio.

Requisitos necesarios

Pueden solicitar el convenio voluntario de la seguridad social aquellas personas que se encuentren en alguna de estas situaciones:

  • Trabajadores que causen baja en el Régimen de la Seguridad Social.
  • Trabajadores por cuenta ajena indefinidos y los trabajadores por cuenta propia incluidos en el Sistema de la Seguridad Social, siempre que continúen en situación de alta, tengan 65 o más años y 35 o más de cotización.
  • Trabajadores en situación de pluriempleo que cesen en alguna de las actividades por cuenta ajena o propia. 
  • Trabajadores que cesen en su actividad por cuenta propia o ajena y sean contratados con remuneraciones que den lugar a una base de cotización inferior al promedio de los 12 meses anteriores a dicho cese.
  • Pensionistas de incapacidad permanente total para su profesión habitual, que con posterioridad a la fecha de efectos de la correspondiente pensión hayan realizado trabajos y hubiesen estado incluidos en algún Régimen del Sistema de Seguridad Social y se encuentren en una de las situaciones anteriores.
  • Trabajadores que se encuentren percibiendo prestaciones por desempleo y cesen en la percepción de las mismas.
  • Pensionistas que hayan sido declarados capaces o inválidos parciales.
  • Pensionistas de incapacidad permanente o jubilación a quienes se anule su pensión en virtud de sentencia firme.
  • Trabajadores que hayan causado baja a causa de solicitud de una pensión y esta les sea denegada.

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Otro aspecto a tener en cuenta es que se tendrá que haber cotizado, mediante actividad laboral, un mínimo de 3 años dentro de los 12 años anteriores a solicitar el convenio. Aunque a esta norma existe una excepción: haber formado parte de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE).

[Fuente: Seguridad Social]

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